Primero comentarte que nunca he tabajado con el Sareb y por tanto mis respuestas son por lógica o por la experiencia que tengo en trabajar con pisos embargados de bancos, que más o menos es lo mismo.
basico escribió:
*Tengo la intención de comprar un inmueble intervenido por el sareb a través de un consulting inmobiliario ya que según ellos, tuvieron la exclusividad en su día con la constructora y ahora siguen teniéndola.¿quien debe de firmar el contrato de arras ,ellos como mediadores o mediante un poder o alguien en representación del Sareb?
El contrato de arras siempre lo ha de firmar un apoderado de la Sareb, por tanto, o alguien del consulting inmobiliario tiene poderes o han de enviar a una persona que los tenga. Solicita que te muestren los poderes y que la persona se identifique.
basico escribió:
*Dicho inmueble es de "nueva construcción"pero lleva construido mas o menos 7 años y presenta algún que otro desperfecto por el paso del tiempo.¿puedo solicitar algún tipo de garantía/subsanación de daños?
En este tipo de compras, no puedes reclamar ningún tipo de garantías, ni subsanación de daños, así que tendrás que valorar si el precio que vas a pagar compensa los daños que puedan aparecer en la vivienda, que pueden ser los visibles y los no visibles.
basico escribió:
* El inmueble que me interesa hacia las veces de piso piloto y el consulting inmobiliario me solicita el pago de el mobiliario con una cantidad +IVA pero no me deja claro que cantidad se aplicaría y sin ningún tipo de garantía de lo que en la factura se detalle.¿que porcentaje de IVA se aplica al inmueble que a mi entender es de 2º mano?
Me parece que el consulting inmobiliario es muy "listo" y se quiere embolsar un dinero "by the face".