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NotaPublicado: Sab, 30 May 2020 1:33 pm 
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Registrado: Sab, 30 May 2020 1:20 pm
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Hola,

A finales de Diciembre mi pareja y yo firmamos un contrato de arras para comprar un piso, pagando el 10% de su valor de compraventa. La parte vendedora son 5 herederos (hermanos).
Uno de ellos está declarado incapaz, por lo que el contrato quedó pendiente de que recibiera una autorización judicial para realizar la compraventa.
En el contrato de arras pusimos explícitamente que si llegado el 30 de abril aún no habían obtenido la autorización judicial, nosotros (parte compradora) podíamos decidir o bien que nos devolvieran las arras entregadas o bien pactar una prórroga.
En caso de que la parte vendedora decidiera no continuar con la compra, nos tendrían que devolver el doble de las arras.

Seguimos interesados en la compra del piso y la fecha del 30 de abril ya ha pasado, por lo que nos interesa pactar una prórroga. La inmobiliaria nos ha dicho que uno de los 5 herederos ha fallecido durante estos meses y los nuevos herederos no quieren continuar con la venta - por lo que nos devuelven las arras pagadas.

El contrato de arras es vinculante también para los nuevos herederos? Nos deben devolver el doble de las arras pagadas al haber rescindido ellos del contrato?

Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.


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NotaPublicado: Sab, 30 May 2020 3:08 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
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Sí, es vinculante siempre que acepten la herencia, eso quiere decir que se subrogan en los derechos y obligaciones del fallecido. Por tanto, si no quieren vender el piso, deberán devolver las arras dobladas, tal como pactasteis en el contrato.
Igualmente, para asegurarlo al 100% deberíamos ver qué dice el documento.

El resto de propietarios qué dicen?

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Y ahí lo dejo..


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NotaPublicado: Dom, 31 May 2020 2:42 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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Hola Anana.
Mi consejo es que recupere Ud, la cantidad entregada, puesto que aunque quisieran vender los herederos del fallecido, entre autorización Judicial de la persona que esta mal, aceptación de herencia, escrituras, registro, etc, se puede ir a 6 meses mínimo.
No tengo tan claro que el contrato sea vinculante y le devuelvan tan fácilmente las Arras duplicadas, por ser un caso de fuerza mayor, tendría que meterse en un proceso Judicial, lo podría ganar ó perder.
Por lo que nos ha contado, el contrato esta mas a favor de Ud. que de la parte vendedora, y un Juez lo interpretaría rápidamente.

Por lo tanto, mejor hacer lo que le he puesto al principio y punto.


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NotaPublicado: Dom, 31 May 2020 4:34 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
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Ubicación: Barcelona
Yo opino que los contratos están para cumplirlos, la forera ha puesto "Seguimos interesados en la compra del piso ", por tanto entiendo que tiene una prisa relativa en tener la posusión.

Si han de tramitar la autorización judicial, mientras tanto pueden tramitar los herederos la aceptación de herencia, no veo que eso tenga que alargar mucho los tiempos.

Si ya han decidido que no quieren vender, deberán devolver las arras dobladas. Por eso le preguntaba qué opinaban el resto de los vendedores, ya que esa decisión les afecta a todos.

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NotaPublicado: Dom, 31 May 2020 5:10 pm 
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Registrado: Mar, 23 Feb 2010 11:59 am
Mensajes: 6352
Ubicación: vizcaya
Estoy más bien con Elisa, pero creo que habría que leer el contrato con detalle por un lado y por otro creo que es una cuestión para la que debiera buscar asesoramiento de un especialista en lugar de en un foro como este. Que consulte con un abogado que lea el contrato, vamos.

Pero a priori creo que como dice Elisa sí parece que debieran devolver las arras dobladas para rescindir el contrato, al fin y al cabo el entonces propietario lo firmó en pleno uso de las facultades (salvo que justo fuese el incapacitado).


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NotaPublicado: Lun, 01 Jun 2020 12:28 am 
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Registrado: Sab, 30 May 2020 1:20 pm
Mensajes: 2
Muchas gracias por las respuestas.

No tenemos clara la postura de los demás propietarios, la inmobiliaria lo está gestionando directamente con ellos y en los próximos días tendremos más noticias.
No tenemos prisa por tener el piso, por lo que esperar unos meses no es un problema, ya contábamos con ello (y más con la situación actual).

Entendemos que es un caso complejo, como sugerís, buscaremos un abogado para que nos asesore.

Muchas gracias!


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NotaPublicado: Lun, 01 Jun 2020 10:08 am 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
Mensajes: 4821
Elisabcn escribió:
Yo opino que los contratos están para cumplirlos, la forera ha puesto "Seguimos interesados en la compra del piso ", por tanto entiendo que tiene una prisa relativa en tener la posusión.

Si han de tramitar la autorización judicial, mientras tanto pueden tramitar los herederos la aceptación de herencia, no veo que eso tenga que alargar mucho los tiempos.

Si ya han decidido que no quieren vender, deberán devolver las arras dobladas. Por eso le preguntaba qué opinaban el resto de los vendedores, ya que esa decisión les afecta a todos.


Lo ha decidido un parte, otros si quieren vender, dile ahora a los que si quieren vender, que tienen que devolver su parte de Arras doblada, veras lo que te van a decir. :smt018
Tendrían que ponerse de acuerdo todos los vendedores y eso a veces es complicado.
Y por rizar el rizo, :lol: creo que tendrían que devolver doblada, la parte que le corresponda a los que no quieren vender, porque los demás, porque van a devolver la parte que les corresponda doblada, si quieren vender.

Es un tema complejo, no es tan fácil.


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NotaPublicado: Lun, 01 Jun 2020 12:49 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
Mensajes: 11643
Ubicación: Barcelona
Jesus2020 escribió:
Lo ha decidido un parte, otros si quieren vender, dile ahora a los que si quieren vender, que tienen que devolver su parte de Arras doblada, veras lo que te van a decir. :smt018
Tendrían que ponerse de acuerdo todos los vendedores y eso a veces es complicado.
Y por rizar el rizo, :lol: creo que tendrían que devolver doblada, la parte que le corresponda a los que no quieren vender, porque los demás, porque van a devolver la parte que les corresponda doblada, si quieren vender.

Es un tema complejo, no es tan fácil.


En todo caso Jesús, eso es un problema interno de la familia vendedora, son ellos los que se tienen que aclarar con los sobrinos (imagino serán los hijos del difunto) que no quieren vender.
Lo que esta claro es que si la compradora ha pagado una cantidad y ahora no quieren vender, le han de devolver el doble, eso es lo que dice la Ley, siempre que el contrato de arras esté bien redactado.
Si el dinero lo ponen los sobrinos o toda la familia, ya no es problema de la compradora.

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