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NotaPublicado: Mar, 28 Dic 2021 2:43 pm 
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Registrado: Mar, 28 Dic 2021 12:52 am
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Hola buenas tardes, soy nuevo en el foro, antes de nada quiero agradecer a sus administradores, moderadores y usuarios por haberme admitido en éste y a continuación paso a formular mi consulta con la esperanza de que algún forer@, me pueda responder: en mi comunidad de propietarios hemos realizado obra de aislamiento térmico de la fachada (SATE), pero ni en el contrato ni en la factura consta el tiempo de garantía de la obra, tan solo en el contrato se hace la siguiente mención: " si después de finalizada la obra, surgiera algún problema se tratará dentro de la garantía técnica existente".
Mi duda es ¿Cuál es el tiempo de garantía? Si son 3 o 10 años, ya que en la LOE no especifica este supuesto concreto, o al menos yo no lo veo claro.
Y otra duda, relacionada con lo mismo, es que si durante el tiempo de garantía de la obra que corresponda, surgiera algún problema se puede reclamar aunque ésta no conste ni en el contrato ni en la factura. Muchas gracias anticipadas y saludos cordiales para todos.


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NotaPublicado: Mar, 28 Dic 2021 10:00 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
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Bienvenido al foro, no soy especialista en este tema pero me viene a la cabeza la Ley de ordenación de la edificación: https://www.aestimatioabogados.com/10552-2/

Se aplica básicamente para los pisos de obra nueva, pero leyéndola, entiendo que sería de aplicación esto en cuanto a la garantía de la obra de la fachada de tu edificio:

Durante tres años: de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad del apartado 1, letra c), del artículo 3.

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NotaPublicado: Mar, 28 Dic 2021 10:20 pm 
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Registrado: Mar, 28 Dic 2021 12:52 am
Mensajes: 3
Muchas gracias Elisabet por tu bienvenida y por tu pronta respuesta, si, yo también he leído la LOE y también soy de la misma opinión que tú, pero tengo dudas porque comentándolo con algún amigo opinan que la garantía puede ser de 10 años. Muchas gracias otra vez.


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NotaPublicado: Mié, 29 Dic 2021 7:24 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
Mensajes: 11662
Ubicación: Barcelona
10 años seguro que no, porque hace referencia a fallos estructurales, que no es el caso.

Durante diez años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

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NotaPublicado: Mié, 29 Dic 2021 7:35 pm 
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Registrado: Mar, 28 Dic 2021 12:52 am
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Muchas gracias elisabcn por tus respuestas.saludos cordiales


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NotaPublicado: Sab, 01 Ene 2022 8:42 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
Mensajes: 11662
Ubicación: Barcelona
juanmanel escribió:
Muchas gracias elisabcn por tus respuestas.saludos cordiales


De nada!!

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