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NotaPublicado: Jue, 18 Ene 2024 11:22 am 
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Registrado: Jue, 18 Ene 2024 11:06 am
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Hola! Soy extranjero. Me ha gustado un piso y para que no vendan he firmado la senal compraventa y hice una transferencia 3 000 euros. Arras penitenciales, 1454. Pregunte la chica de la inmobilaria antes de firmar la senal, que tal con los papeles? y me contesto que todo bien, hay 3 propietarios, pero despues me enseno la nota simpe, donde esta escrito que propietario una mujer, que murio y que hay 3 herederos, pero en la senal esta escrito que hay un propietario, quien en la realidad es uno de los herederos. Y ahora no quieren devolver el dinero. No es justo, porque ademas tiene una grieta en el techo y no se, en que estado esta el piso (pense que nada malo, por la culpa de humedad, pero despues de que firme el contrato me dijo que por la culpa de cocina de carbon que esta arriba, ademas cocina de carbon esta en el piso? que quieria comprar y no se, puede ser la grieta en el piso? que esta abajo), por eso pedi un certificado, que los paredes no van a caer. y me no quieren dar nada. No tienen nota simple, no son propietarios, y ademas hay una grieta. Que dice la ley sobre tal asunto? Hay plazo 45 dias. Tengo derecho exigir la nota simple, cedula de habilidad?


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NotaPublicado: Jue, 18 Ene 2024 7:30 pm 
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Registrado: Jue, 18 Ene 2024 11:06 am
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porque nadie me contesta, he encotrado artículo sobre derechos del comprador:b) El de recibir información, incluida la suministrada por medios publicitarios, en formato accesible para personas con discapacidad o dificultades de comprensión, que sea completa, objetiva, veraz, clara, comprensible y accesible, sobre las características de las viviendas, sus servicios e instalaciones y las condiciones jurídicas y económicas de su adquisición, arrendamiento, cesión o uso.
2. Todos los agentes que, operando en el sector de la edificación y rehabilitación de viviendas y la prestación de servicios inmobiliarios, estén facultados para la transmisión, el arrendamiento y la cesión de las viviendas en nombre propio o por cuenta ajena, tales como promotores, personas propietarias y otras titulares de derechos reales, agentes inmobiliarios y administradores de fincas, deben cumplir en su actividad el deber de información completa, objetiva, veraz, clara, comprensible y accesible conforme lo previsto en esta ley, así como en la legislación de defensa de consumidores y usuarios cuando se trate de relaciones entre consumidores o usuarios y empresarios, quedando sujeta la publicidad que realicen a la legislación general que la regula, con prohibición, en particular, de cualesquiera actos publicitarios con información insuficiente, deficiente o engañosa.
Asi que tengo todos los derechos devolver mi dinero.
Si hay algo que anadir, estare agradecido


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NotaPublicado: Jue, 18 Ene 2024 8:06 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
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Hola, seguramente han vendido el piso antes de tener la aceptación de herencia inscrita en el Registro de la Propiedad.
Si las arras sólo las ha firmado uno de los herederos, el documento no es válido. Deberían haber firmado los 3 herederos.
Cuando se firma un contrato de arras se ha de entregar una serie de documentos:
-nota simple
-ficha catastral
-fotocopia de la cédula de habitabilidad
-fotocopia del Certificado energético

Igualmente, deberíamos ver el documento para saber qué dice. Podría ser que uno de los herederos firmara por poderes en nombre de los otros 2? En ese caso, deberían haber aportado dichos poderes para que los vieras.

Respecto a la grieta que comentas, la inmobiliaria no está obligada a presentarte ningún certificado del estado de la vivienda. En todo caso, si tienes alguna duda, eres tú quien tienes que ir con un arquitecto para que te de su opinión como técnico experto.

Como parece que ya no te interesa el piso, en mi caso lo que haría sería pedir una nota simple al Registro de la Propiedad, lo puedes hacer en este enlace, cuesta unos 10 €: https://sede.registradores.org/site/inv ... idufirhelp

Aquí aparecerán los propietarios o quizás todavía el anterior propietario (difunto). Envía un escrito por burofax adjuntando la nota simple y reclamando la devolución de las arras por ser un contrato nulo de pleno derecho. Diles también que, si en un plazo de 1 semana máximo no te han devuelto dicha cantidad, iniciarás una acción civil para reclamar una indemnización por los daños y perjuicios causados por los actos del vendedor que ha firmado y la mala praxis de la inmobiliaria.

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NotaPublicado: Jue, 18 Ene 2024 8:50 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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Totalmente de acuerdo con la compañera Elisabcn.
La actuación de la inmobiliaria es de poca profesionalidad, mas bien diría chapucera.
No se puede poner a la venta un piso que la propietaria es una persona fallecida.
Como bien a comentado la compañera, se ve que no han hecho Declaración de Herederos y Adjudicación de Herencia.
La persona que ha firmado, dudo que tenga autorización ó poder para firmar en nombre de los demás hermanos.
Hable con la inmobiliaria, y que le devuelvan de inmediato el dinero entregado.
Y ya le sirve de experiencia, no se fié de nadie.
Cuando entregue un dinero de Arras, asegúrese que la vivienda esta a nombre de las personas que firman el Contrato de Arras.
Si no es así, no firme nada y por su puesto no realice transferencia.

Suerte y bienvenido/a al foro.


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NotaPublicado: Jue, 18 Ene 2024 9:39 pm 
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Registrado: Jue, 18 Ene 2024 11:06 am
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Muchas gracias por las respuestas!
Arras compraventa firmo solo la chica de la inmobilaria, dice que tiene poder del uno de los herederos, y en arras compraventa esta escrito, que: Dona XXX por orden de quien actua la inmobilaria XXXXX, es duena y representante de pleno dominio do los siguentes inmuebles: XXXXX
Sobre poder del otros herederos, como me dijo la chica, que uno de los herederos va a dar poder despues del arras compraventa, pero solo uno.
La nota simple he visto, propiedad tiene mujer, que murio.
El piso me gusta, pero tanto problemas, ademas soy extranjero y no quiero asumir todos los riesgos.
Claro, que la inmobilaria no debe hacer el certificado, me refiero los herederos, que si quiern vender con tantas problemas, podrian hacer el certificado.
Ahora me mandaron notificacion, que yo debo estar en la compraventa en la semana que viene. No quieren negociarse en ninguna forma.


Última edición por alexal el Jue, 18 Ene 2024 10:06 pm, editado 1 vez en total

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NotaPublicado: Jue, 18 Ene 2024 10:05 pm 
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Lo habitual es que las arras las firmen los compradores y los vendedores, no la inmobiliaria.
La inmobiliaria tendrá un encargo de venta, no poderes de una de las propietarias.
Has dado con una inmobiliaria poco profesional.
Yo he firmado arras sin que estuviera inscrito en el Registro la aceptación de herencia, pero la aceptación ya estaba firmada en Notaria, se ponía como condicionante en las arras que se inscribiera en el Registro y, evidentemente, venían a firmar todos los vendedores.

Respecto a la grieta, habría que ver qué tipo de grieta es y para eso también necesitas a un profesional.

Si eres extranjero, lo mejor sería que contrataras a un abogado para que te asesore en todos estos temas.
Imagino ya tienes el NIE?

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NotaPublicado: Jue, 18 Ene 2024 10:07 pm 
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Registrado: Jue, 18 Ene 2024 11:06 am
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Manana voy a buscar un abogado, porque no quieren negosiarse. Tengo NIE.
Claro que necesito un profesional, pero no tengo las llaves, creo que la grieta es probrlema de los herederos, ademas yo dijo que pagaria, pero no quieren.
Sobre adjudicacion de herencia, el lunes van a tener, pero cuando firme arras, no tenian. Si no tienen la nota simple, no son propietarios?


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NotaPublicado: Vie, 19 Ene 2024 2:41 pm 
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Registrado: Jue, 18 Ene 2024 11:06 am
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Ahora estuve en la inmovilaria, pedi los poderes de la duena, y que ella es representante de otros herederos. No quieren dar las copias! Dicen que datos personales bajo proteccion , que bueno - yo debo pagar y no puedo ver los poderes!
Alguien puede aconsejarme el abogado inmobilario en Asturias?
Y una pregunta mas - puedo yo mismo contratar a un profesional, quien puede dar mi el certificado, en que estado estan los paredes? Sera prueba si algo pasara con los paredes? Como se llama empresa que hace los certificados?


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NotaPublicado: Vie, 19 Ene 2024 5:57 pm 
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alexal escribió:
Ahora estuve en la inmovilaria, pedi los poderes de la duena, y que ella es representante de otros herederos. No quieren dar las copias! Dicen que datos personales bajo proteccion , que bueno - yo debo pagar y no puedo ver los poderes!


Es que no hace falta que te den las copias, simplemente con que te dejen comprobar que efectivamente la vendedora tiene poderes de sus hermanos es suficiente, lo puedes hacer en la misma inmobiliaria, pero me parece que eso es una excusa porque no tienen poderes.

alexal escribió:
Alguien puede aconsejarme el abogado inmobilario en Asturias?

Lo siento, vivo en Barcelona.

alexal escribió:
Y una pregunta mas - puedo yo mismo contratar a un profesional, quien puede dar mi el certificado, en que estado estan los paredes? Sera prueba si algo pasara con los paredes? Como se llama empresa que hace los certificados?

Sí, deberás buscar un arquitecto.

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NotaPublicado: Vie, 19 Ene 2024 6:31 pm 
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Registrado: Jue, 18 Ene 2024 11:06 am
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Elisabcn, muchas gracias.
Ahora me dicen que debo pagar los impuestos del valor de catastro, que vale casi doble, que precio de compraventa. Es verdad?


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NotaPublicado: Vie, 19 Ene 2024 8:13 pm 
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alexal escribió:
Elisabcn, muchas gracias.
Ahora me dicen que debo pagar los impuestos del valor de catastro, que vale casi doble, que precio de compraventa. Es verdad?


Tela marinera con la inmobiliria!!! Menudos profesionales. Eso te lo tendrían que haber dicho antes de dar las arras.
Supongo que se refieren al valor de referencia (VR), que puedes consultar en la web de la sede del catastro. Es posible que dicho valor de referencia sea más alto que el precio de venta y, en ese caso, lo recomendable es pagar los impuestos, es decir el ITP, en base al VR y, en todo caso, más tarde reclamar a Hacienda.

Desde hace unos años, Hacienda da un valor de referencia a todas las fincas, en base al precio de venta medio de las viviendas que se han vendido en la zona, pero no tiene en cuenta: antigüedad edificio, estado de la vivienda, altura del piso...así que muchos expertos coinciden que no es una referencia demasiado válida, pero hoy por hoy, es lo que hay. Antiguamente, el precio mínimo de Escritura se calculaba en base al valor catastral multiplicado por un coeficiente corrector que se publicaba cada año.

Si no pagas los impuestos en base al VR, Hacienda te enviará una complementaria y además, te pondrán una multa. Por tanto, dependiendo de la cantidad de la que estemos hablando, te recomiendo que con posterioridad reclames.

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NotaPublicado: Vie, 19 Ene 2024 8:37 pm 
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Registrado: Jue, 18 Ene 2024 11:06 am
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Elisabcn, muchas gracias!


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NotaPublicado: Vie, 19 Ene 2024 9:45 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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alexal escribió:
Ahora estuve en la inmovilaria, pedi los poderes de la duena, y que ella es representante de otros herederos. No quieren dar las copias! Dicen que datos personales bajo proteccion , que bueno - yo debo pagar y no puedo ver los poderes!
Alguien puede aconsejarme el abogado inmobilario en Asturias?
Y una pregunta mas - puedo yo mismo contratar a un profesional, quien puede dar mi el certificado, en que estado estan los paredes? Sera prueba si algo pasara con los paredes? Como se llama empresa que hace los certificados?

No hace falta que vaya un arquitecto, un albañil profesional, que este dado de alta como autónomo ó que tenga una empresa, seria suficiente para que vaya, vea el estado del piso, deje reflejado lo que esta viendo en un documento y lo firme.
Tienen la obligación de abrirte ó dejarte las llaves, si no te abren, dile que denunciaras por existencia de vicios ocultos en el piso.


Última edición por Jesus2024 el Vie, 19 Ene 2024 10:03 pm, editado 1 vez en total

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NotaPublicado: Vie, 19 Ene 2024 9:59 pm 
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alexal escribió:
Muchas gracias por las respuestas!
Arras compraventa firmo solo la chica de la inmobilaria, dice que tiene poder del uno de los herederos, y en arras compraventa esta escrito, que: Dona XXX por orden de quien actua la inmobilaria XXXXX, es duena y representante de pleno dominio do los siguentes inmuebles: XXXXX
Sobre poder del otros herederos, como me dijo la chica, que uno de los herederos va a dar poder despues del arras compraventa, pero solo uno.
La nota simple he visto, propiedad tiene mujer, que murio.
El piso me gusta, pero tanto problemas, ademas soy extranjero y no quiero asumir todos los riesgos.
Claro, que la inmobilaria no debe hacer el certificado, me refiero los herederos, que si quiern vender con tantas problemas, podrian hacer el certificado.
Ahora me mandaron notificacion, que yo debo estar en la compraventa en la semana que viene. No quieren negociarse en ninguna forma.


La chica de la inmobiliaria tendrá un encargo de venta, como te ha comentado Elisabcn, pero seguramente no poderes para firmar el contrato de Arras Penitenciales.
Como figura la persona fallecida en el Registro de la Propiedad, mientras no se cambie, NO son propietarios.
Imagina que ahora uno de los herederos no quiere vender.
El ingreso de los 3.000 euros a que cuenta fue, a la inmobiliaria o donde?
Que te devuelvan tu dinero, y olvídate de ese piso. si no te lo quieren devolver, dile a la inmobiliaria que vas a ir el día de la firma a notaria y el notario levantara acta de las irregularidades e ilegalidad que tiene el Contrato de Arras.


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NotaPublicado: Vie, 19 Ene 2024 10:25 pm 
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Registrado: Jue, 18 Ene 2024 11:06 am
Mensajes: 21
Citar:
El ingreso de los 3.000 euros a que cuenta fue, a la inmobiliaria o donde?

en la cuenta esta escrito nombre de la chica de la inmobilaria. igual que en arras compraventa
Citar:
Imagina que ahora uno de los herederos no quiere vender.

creo que no, porque quierian hacer la cita de compraventa el lunes.
Citar:
Que te devuelvan tu dinero, y olvídate de ese piso

Es que estoy buscando ya un mes y este piso me gusta mas, que otros, no tengo mucho dinero, asi que no tengo mucha opcion, pero podre comprar otro si pasara algo que no me cuadra
Citar:
No hace falta que vaya un arquitecto, un albañil profesional, que este dado de alta como autónomo ó que tenga una empresa, seria suficiente para que vaya, vea el estado del piso, deje reflejado lo que esta viendo en un documento y lo firme.
Tienen la obligación de abrirte ó dejarte las llaves, si no te abren, dile que denunciaras por existencia de vicios ocultos en el piso.

Citar:
Como figura la persona fallecida en el Registro de la Propiedad, mientras no se cambie, NO son propietarios.

Citar:
notario levantara acta de las irregularidades e ilegalidad que tiene el Contrato de Arras

Muchissimas gracias por aclararme mis dudas!!!!


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