Ultimamente se ofrecen muchos trabajos solo a comision, en ningun momento es recomendable por la dureza del sector. Deberias formarte.
Antes era necesario tener unos estudios de diplomatura y pasar un examen tipo oposición, ahora no (adjunto articulo 3 RD), aunque es evidente que es necesario formarse. Te adjunto también, la dirección de un blog donde puedes saber más.
https://academiapinospuente.blogspot.co ... iario.htmlReal Decreto-ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario y Transportes.
Artículo 3. Condiciones para el ejercicio de la actividad de intermediación inmobiliaria.
Las actividades enumeradas en el artículo 1 del Decreto 3248/1969, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Junta general, podrán ser ejercidas libremente sin necesidad de estar en posesión de titulo alguno ni de pertenencia a ningún Colegio oficial.
Otro link más de la cámara de comercio de Madrid para que se pueda comprobar
http://www.promocion.camaramadrid.es/Pr ... apartado=2He subrayado y puesto en negrita lo interesante….
Copio y pego su contenido:
“Son Agentes de la Propiedad Inmobiliaria las personas físicas que desarrollan actividades de mediación y corretaje en la compra-venta, permuta, cesión, arrendamiento o traspaso de fincas rústicas y urbanas, así como en las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria sobre este tipo de fincas.
La obtención del título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria se encuentra condicionada a la superación de las pruebas que a tal efecto se convocan por el Ministerio de Fomento del Consejo General de los Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria.
Para tener acceso a las pruebas es necesario:
Ser español o nacional de algún otro Estado miembro de la UE, o de los demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Estar en posesión de, o en condiciones de obtener, el título universitario oficial de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico u otro título oficial que esté expresamente equiparado a éstos, legal o reglamentariamente.
Una vez superadas las pruebas, para cuya convocatoria no existe un calendario fijo, y demostrando reunir los requisitos antes señalados, se concede, por parte del Ministerio de Fomento, el título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria.
Por otra parte, desde el año 2000 todas las actividades mencionadas anteriormente podrán ser ejercidas libremente sin necesidad de estar en posesión de título alguno ni pertenencia a ningún Colegio oficial.” Si das el paso, formate; solo asi seras util en tu trabajo. Si te ofrecen el trabajo a comision, no te forman (en serio) y ademas no ponen pegas al hecho que no tengas in idea ... malo ....