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NotaPublicado: Jue, 04 Jun 2015 11:43 am 
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Registrado: Dom, 25 Nov 2007 5:00 pm
Mensajes: 46
Ubicación: Catalunya
Se me plantea un tema que no es fácil de solucionar al afectar a unos pocos de una comunidad de 150 propietarios.
Una piscina que esta al lado de solo 3 bloques de pisos con 40 propietarios. El resto, también propietarios de la piscina están lejos de dicha piscina y no afecta el ruido que se produce en ella, por lo que dicen que permanezca abierta hasta la 00 h. de la noche. Los que estamos al lado, evita el descanso y perturba la paz. como solo afecta a unos pocos propietarios el resto no se preocupa por el ruido, que generalmente producen los jóvenes de la urbanización y los que alquilan los apartamentos que no respetan norma alguna. (Para evitar esto habría que cerrar con candado o llave a las 00 h.)
La piscina esta cerrada con valla y hay que entrar con una tarjeta, pero se puede entrar a cualquier hora ya que no se cierra con llave ni a las 00 h.
Pregunta: Existe norma que obligue a respetar el descanso de los vecinos a partir de las 21 0 22 h.? o es a partir de las 00 h.?
En junta no va haber acuerdo al haber minoría de afectados.
Las urbanizaciones que los bloques rodean a la piscina, hay acuerdo ya que el ruido afecta a todos los propietarios homogéneamente. Conozco varias de estas zonas y no hay este tipo de problemas, pero en zonas residenciales que están más escampadas hay cierto egoísmo al no afectar a todos por igual.
Salu2 a todos

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Cuando los que mandan pierden la vergüenza, los que obedecen, pierden el respeto. Georg Christoph Lichtenberg (1742-1799) Profesor de física y científico alemán.


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NotaPublicado: Mar, 24 Nov 2015 6:49 am 
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Registrado: Mar, 24 Nov 2015 6:37 am
Mensajes: 2
Ubicación: Madrid
Buenos días,

Tendrá que comprobar si en los estatutos de su comunidad se hace referencia a las normas de uso de la piscina. De la misma manera tendrá que personarse en el ayuntamiento del municipio donde se encuentre ubicado la finca para que le informe sobre la normativa municipal referente a los ruidos.

Espero haber podido ayudado.

Reciban un cordial saludo.

José Manuel Lorente
Administrador de fincas
G3 Fincas
http://g3fincas.es


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NotaPublicado: Lun, 30 Nov 2015 8:46 pm 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 7:32 pm
Mensajes: 7116
Buenas tardes G3, gracias por tu aporte, bienvenido al foro.

_________________
Aunque parezca increible mañana aún puedo hacerlo mejor


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NotaPublicado: Mar, 22 Mar 2016 9:25 pm 
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Registrado: Dom, 25 Nov 2007 5:00 pm
Mensajes: 46
Ubicación: Catalunya
G3 fincas escribió:
Buenos días,

Tendrá que comprobar si en los estatutos de su comunidad se hace referencia a las normas de uso de la piscina. De la misma manera tendrá que personarse en el ayuntamiento del municipio donde se encuentre ubicado la finca para que le informe sobre la normativa municipal referente a los ruidos.

Espero haber podido ayudado.

Reciban un cordial saludo.

José Manuel Lorente
Administrador de fincas
G3 Fincas
http://g3fincas.es


Gracias G3 por la ayuda.
Contesto tarde al haber estado fuera.
Salu2 a todos

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Cuando los que mandan pierden la vergüenza, los que obedecen, pierden el respeto. Georg Christoph Lichtenberg (1742-1799) Profesor de física y científico alemán.


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