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NotaPublicado: Mar, 15 Jul 2008 2:01 am 
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Registrado: Mié, 09 Abr 2008 11:55 pm
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Muy buenas. A ver si algún alma caritativa me puede ilustrar en un tema que estoy bastante pez. Es lo siguiente:

En la vivienda del vecino A se produce una fuga de agua que, poco a poco, se convierte en una auténtica avalancha, produciendo daños de muuuuuucha consideración en la vivienda del vecino B, que está justo debajo. Cuando hablo de daños de mucha consideración hablo de: todos los techos mojados, agua cayendo durante todo un día, paredes mojadas, armarios empotrados completamente estropeados por el agua, muebles de madera echados a perder, camas... etc. Vamos, un absoluto desastre.

El vecino A dice estar asegurado y también manifiesta que ha dado aviso a su compañía. El vecino B tiene seguro, pero es de los antiguos y no le cubre prácticamente más que el incendio. Desde luego no le cubre la reclamación de daños.

El piso del vecino A ha quedado patas arriba completamente. De hecho no es posible ni utilizar la energía eléctrica, puesto que la humedad lo impide.

El caso es que -tres días después del siniestro- no se ha recibido por parte del vecino B ninguna llamada ni ninguna visita de los peritos de la compañía del seguro del vecino A, por lo que B se encuentra bastante mosqueado y acude a mí en busca de consejo. Y yo acudo a vosotros.

Preguntas:

1) ¿Sería necesario realizar una reclamación de daños y perjuicios al vecino A directamente o mejor el vecino B espera a ver si llega el famoso perito?

2) ¿Tiene derecho el vecino B a reclamar el lucro cesante de un contrato de alquiler que tenía contratado con una inquilina hasta marzo de 2009 y que se ha visto alterado (finalizado) por la inhabitabilidad de la vivienda? Existe contrato.

3) ¿Debería el vecino B machacar al A con continuas llamadas para conseguir que este actue más diligentemente?


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NotaPublicado: Mar, 15 Jul 2008 2:02 am 
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Registrado: Mié, 09 Abr 2008 11:55 pm
Mensajes: 3
Perdón, cuando digo que el piso del vecino A ha quedado patas arriba, me refería al del vecino B, el perjudicado.


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NotaPublicado: Mar, 15 Jul 2008 1:18 pm 
Asiduo
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Registrado: Jue, 28 Feb 2008 7:54 pm
Mensajes: 127
Y digo yo ¿por que te hacen a ti esas preguntas?

Estas son cuestiones para su agente de seguros. Que las sabra contestar del tiron...

Para empezar recomiendale que se haga un seguro en condiciones, no solo con reclamacion de daños, también con daños por agua. Que es la garantia por la cual le debe pagar su compañia todos los daños. Y sino... pues a esperar a que la compañia de arriba quiera aparecer y pagar, o buscar un abogado que sepa reclamar.

La perdida de alquileres, es otra de las garantias que estan en el 95% de las polizas de hogar. Claro que se puede reclamar cualquier perjuicio...

Que llame muchas veces B a A dara igual, porque ni A ni B saben como resolver el asunto. Eso es trabajo para los agentes de seguros de A y de B.

_________________
http://www.segurosenmostoles.com

http://www.angeldelamo.es


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NotaPublicado: Mié, 23 Jun 2010 6:57 pm 
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Registrado: Mié, 23 Jun 2010 5:16 pm
Mensajes: 12
Lo que me ha pasado con una casa:
Yo he sido A,y B, como estaba con inquilinos pasaban(sabiendo que sí tenían fuga)
así que he llamado como A a mi compañía y ellos han mandado un perito a B.Pero resulta que también había un B2(llámese el de un lateral) que directamente me ha denunciado.
asi que tiene esas vias:
-que A sí que sea pesado y que le envie de su compañía un perito.
-que B2 lo denuncie, total, al final va a ser A y la compañía de A quien pague cualquier gasto derivado.

Eso de " el corredor de seguros"que apoya al cliente y no a la compañía... en fin, suena a bulo,que aqui la gente cuente su experiencia porque yo no tengo y son 3 casas con 3 compañías diferentes,alguna por banco y otro por agente, y en fin...


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