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NotaPublicado: Jue, 04 Jun 2015 4:35 pm 
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Registrado: Jue, 04 Jun 2015 4:18 pm
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hola vendi un piso nel año 2006 pero solo firme un contrato de compra venta ,al dia de hoy el comprador no quiere escriturarlo a su nombre en dicho contrattoh ay una clausula que se le da tiempo seis meses para escriturarlo,non ostante mis cartas certificadas y denuncias no hay maneras que vamos ha escriturarlo.ademas el comprador lo alquilo a un señor a vivir y iberdrola por falta de pago le corto el suministro ,pero ademas me puso una multa a mi porque se engancho de forma abusiva a la red ,consulte varios abogados pero cada uno me dio una contestacion distinta ,agradeceria que alguien sepa del tema y me pudierra aconsejar un cordial saludo


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NotaPublicado: Jue, 04 Jun 2015 5:02 pm 
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Registrado: Lun, 31 Mar 2014 11:01 pm
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Un piso que no está elevado a escritura pública es tuyo. Para que fuese suyo, aparte del contrato privado, y darte el dinero. Ambos tendríais que cumplir una serie de normas legales. Entre los que se encuentran pagar los impuestos. Sino mira en tus datos fiscales a nombre de quien está el piso. A tu nombre. El IBI llega a tu nombre. Tú pagas los impuestos del IRPF,...


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NotaPublicado: Jue, 04 Jun 2015 8:16 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
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Ubicación: Barcelona
Tu firmaste un contrato de compraventa o un contrato de alquiler con opción a compra? Ya que son casos muy distintos...

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Y ahí lo dejo..


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NotaPublicado: Jue, 04 Jun 2015 10:59 pm 
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Registrado: Jue, 04 Jun 2015 4:18 pm
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hola yo firme un contratto de compra venta y lo cobre pero el comprador me pido un parde meses para escriturarlo ,luego descubri que este señor se dedicava a comprar pisos de sta manera y succesivamente venderlo sin que el figurava en ninguna escrittura y no pagar impuesto.detodas formas nunca pago l ibi ni comunidad que claramente vienen a mi nombre,quiero dejar claro que nel contratto hay unaestipulacion que se da al comrador 6 meses de tiempo para escriturarlo o perderia el dinero .


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NotaPublicado: Jue, 04 Jun 2015 11:35 pm 
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Registrado: Lun, 31 Mar 2014 11:01 pm
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El piso es tuyo y el dinero también. ¿Te dio todo por adelantado o una señal?
Lo que me extraña es que los abogados te den opiniones contrarias a la indicada.


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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 8:41 am 
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Registrado: Jue, 04 Jun 2015 4:18 pm
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me lo pago entero ,y me lo pago por la calle.sin recibo y sin nada .pero yo no quiero quitarle el dinero a nadie solo quiero que me paghe l ibi que estoy pagando yo ,la comunidad ,y una multa que iberdrola(5000euros) puso a un inquilino porque elcomprador se dedica ad alquilarlo a otras personas.y nel tema de abogados ne visite 4 cada uno una versione diversa,yo ademas nel año 2013 denuncie esta persona para que un juez risolvese el contratto pero no se nada.quiero ringraziare todas las persona que me pueden ayudar .


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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 10:09 am 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
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Ubicación: Madrid zona nor-oeste
Esto tiene mala pinta, tu has firmado un contrato de compraventa, has recibido todo el dinero (constará en el contrato) y no habéis elevado a público (escrituras) el mismo (Todo el proceso mal hecho, no se pueden entregar llaves (posesión) hasta el día de la firma en escrituras, AHORA el tiene llaves y un contrato con todo pagado de un piso a su nombre), mal asunto, esto es un tema muy serio como para que te busques YA un buen abogado especializado en inmobiliaria y se ponga a ello.
Aquí podemos desvirtuar el tema y sin verlo todo orientarte mal.



SUERTE

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SALUDOS.
“si, si... yo también sufro mucho”


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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 3:33 pm 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 7:32 pm
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juanjoro escribió:
Un piso que no está elevado a escritura pública es tuyo. Para que fuese suyo, aparte del contrato privado, y darte el dinero. Ambos tendríais que cumplir una serie de normas legales. Entre los que se encuentran pagar los impuestos. Sino mira en tus datos fiscales a nombre de quien está el piso. A tu nombre. El IBI llega a tu nombre. Tú pagas los impuestos del IRPF,...

Cuidado Juanjoro!!!, un contrato de compraventa privado es válido, el propietario es el comprador ya que además recibió las llaves y se le trasladó la posesión del piso y el vendedor recibió el dinero.
LO que no hay es ni fé pública ni publicidad a terceros, como ejemplo si el autor del post quisiera vender el piso a otra persona, esa persona estaría protegida por el derecho de buena fe registral ya que si en el registro figura él como propietario el comprador si lo es de buena fe tendría derecho siempre a que le devolvieran el dinero.
Respecto al caso que ocupa, no le queda otra que acudir a los tribunales para intentar que la venta se eleve a pública y luego se inscriba en el registro(esto de todos modos es voluntario, no obligatorio)o al menos conseguir que le abone todos los impuestos que gravan la propiedad y que le siguen girando a usted y que se reconozca el cambio de titularidad sobre la finca.
Como le han dicho, nunca hay que entregar las llaves antes de escriturar porque luego pueden pasar estos problemas.
En cualquier caso habría que mirar el contrato de compraventa que firmaron y sus cláusulas ya que al parecer ha dicho que si no escrituraba en un plazo perdía el dinero.

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Aunque parezca increible mañana aún puedo hacerlo mejor


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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 4:02 pm 
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Registrado: Lun, 31 Mar 2014 11:01 pm
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El contrato está incumplido, por no elevarlo a publico en el plazo indicado. Y si el piso estuviera libre, tendría derecho a cambiar la cerradurra, y entrar en su casa. Ninguna autoridad le podría decir lo contrario. En esta compraventa se ha incumplido el contrato, y por tanto, el piso es del vendedor.
Estoy de acuerdo con ambos, que lo mejor es que contrate a un abogado especialista. Sobre todo, porque hay un tercero implicado, el inquilino.
Es un ejemplo claro de operación con dinero negro. Por supuesto has obtenido una ganancia patrimonial, que deberías haber declarado en irpf.
Aunque ya ha prescrito esa deuda. Si fuese un delito del 305 del código penal, podrías incluso ir a la cárcel por no haberlo declarado, esa ganancia obtenida.


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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 6:08 pm 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
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Ubicación: Madrid zona nor-oeste
juanjoro escribió:
El contrato está incumplido, por no elevarlo a publico en el plazo indicado. Y si el piso estuviera libre, tendría derecho a cambiar la cerradurra, y entrar en su casa. Ninguna autoridad le podría decir lo contrario. En esta compraventa se ha incumplido el contrato, y por tanto, el piso es del vendedor.
.....

:shock: :shock:

Si se le ocurre cambiar la cerradura sin una sentencia judicial teniendo cobrado el dinero, habiendo un CV de por medio (no de arras penitenciales, y AUNQUE ESTÉ INCUMPLIDO) y teniendo la posesión (porque tiene las llaves entregadas de manera voluntaria por el "anterior dueño") lo lleva de colores, encima acaba en la cárcel.

[-X

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SALUDOS.
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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 8:38 pm 
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Registrado: Jue, 04 Jun 2015 4:18 pm
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bueno .bueno juanjoro la carcel me parece demasiado si cambio la cerradura saria una falta .ahora no esageramos ,venga pero te voy a escrivir lo que dice el contratto firmado por ambas partes.ESTIPULACIONES NUMERO 3 OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA .EL PLAZO PARA FORMALIZARLA ESCRITURA NOTARIAL DE COMPRAVENTA A FAVOR DEL COMPRADOR FINALIZARA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2006. ESTIPULACION NUMERO 4 PENALIZACION SI LA PARTE COMPRADORA INCUMPLISE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATTOLA PARTE VENDEDORA PODRA RESOLVER DE PLENO DERECHO EL PRESENTE CONTRATTO DE COMPRAVENTA CON PERDIDA POR PARTE DE COMPRADOR DEL 100 POR 100 DE LA CANTIDAD ABONADA QUE QUEDARAN EM
N BENIFICIO DE LA PARTE VENDEDORA COMO INDENIZACION DE DAÑO E PREDUJICIO Y PENA POR INCUMPLIMENTO DEL CONTRATTO- QUIERO ADEMAS ADJUNTAR QUE EN TODOS ESTOS AÑOS YO VEIA EL COMPRADOR Y CASI LE IMPLORAVA DE ESCRITURAR PERO SIEMPRE ME DAVA LARGA CON LA ESPERANZA DE ENCONTRAR UN COMPRADOR DE DICHO PISO ,PERO CLARO ES UN 4 SIN ACENSOR Y YA NO TIENE EL VALOR QUE ME LO PAGO ALGUIEN SABE DE ALGUN ABOGADO INMOBILIAR GRACIAS


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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 8:58 pm 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
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Ubicación: Madrid zona nor-oeste
stefano escribió:
bueno .bueno juanjoro la carcel me parece demasiado si cambio la cerradura saria una falta .ahora no esageramos ,venga pero te voy a escrivir lo que dice el contratto firmado por ambas partes.ESTIPULACIONES NUMERO 3 OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA .EL PLAZO PARA FORMALIZARLA ESCRITURA NOTARIAL DE COMPRAVENTA A FAVOR DEL COMPRADOR FINALIZARA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2006. ESTIPULACION NUMERO 4 PENALIZACION SI LA PARTE COMPRADORA INCUMPLISE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATTOLA PARTE VENDEDORA PODRA RESOLVER DE PLENO DERECHO EL PRESENTE CONTRATTO DE COMPRAVENTA CON PERDIDA POR PARTE DE COMPRADOR DEL 100 POR 100 DE LA CANTIDAD ABONADA QUE QUEDARAN EM
N BENIFICIO DE LA PARTE VENDEDORA COMO INDENIZACION DE DAÑO E PREDUJICIO Y PENA POR INCUMPLIMENTO DEL CONTRATTO- QUIERO ADEMAS ADJUNTAR QUE EN TODOS ESTOS AÑOS YO VEIA EL COMPRADOR Y CASI LE IMPLORAVA DE ESCRITURAR PERO SIEMPRE ME DAVA LARGA CON LA ESPERANZA DE ENCONTRAR UN COMPRADOR DE DICHO PISO ,PERO CLARO ES UN 4 SIN ACENSOR Y YA NO TIENE EL VALOR QUE ME LO PAGO ALGUIEN SABE DE ALGUN ABOGADO INMOBILIAR GRACIAS

juanjoro no ha sido el que te ha escrito lo de "acabar en la cárcel" he sido yo, tu por si acaso no hagas nada sin consultar un buen abogado y que el te vaya indicando-

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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 9:30 pm 
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Registrado: Lun, 31 Mar 2014 11:01 pm
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De acuerdo con Desert.


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NotaPublicado: Vie, 05 Jun 2015 10:19 pm 
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Registrado: Jue, 04 Jun 2015 4:18 pm
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ok disculpa y porsupuesto a juanjo pero de abojados ne consultados 4 y cada uno me dice una cosa estan d acuerdo solo en los honorarios que quieren sacarme,un saludo


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NotaPublicado: Sab, 06 Jun 2015 8:30 pm 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
Mensajes: 14604
Ubicación: Madrid zona nor-oeste
stefano escribió:
ok disculpa y porsupuesto a juanjo pero de abojados ne consultados 4 y cada uno me dice una cosa estan d acuerdo solo en los honorarios que quieren sacarme,un saludo

Hay veces que merece la pena gastar dinero, y la solución no te la van a dar sin que haya un contrato de gestión legal de por medio, y por lo tanto cobrar al menos una parte de sus honorarios.

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