La nueva ley del alquiler podría limitar que particulares alquilen sus viviendas a turistasEl Proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler (que ha sido aprobado por el Congreso y actualmente se tramita en el Senado) contempla que las viviendas de uso turístico dejen de estar amparadas por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y pasen a depender de las distintas regulaciones autonómicas o sectoriales, lo que abre la puerta a que un buen número de apartamentos estivales que ahora son legales dejen de serlo, según publica 20 minutos.
De este modo, muchos propietarios de vivienda podrían verse privados de su derecho a alquilarlas en verano.
Hasta el momento, la legislación permite los alquileres de verano en cualquier caso, ya que o bien se rigen por una regulación autonómica (como es el caso de Cataluña, por ejemplo) o se amparan directamente en la LAU y el Código Civil, que contemplan los alquileres de verano como una modalidad de “arrendamientos por temporada”. Pero el Gobierno, en su Plan Nacional Integral de Turismo de junio de 2012, constató un “aumento cada vez más significativo” de estas prácticas (sobre todo comercializados a través de internet), al que califica como “intrusismo y competencia desleal” para el turismo tradicional.
Así, y con estas mismas palabras, la ley ahora en trámite refleja esta situación (denunciada desde hace años por el sector hotelero). “Es toda una declaración de principios contra los alquileres por días. Ahora solo hace falta que se cree la normativa turística que convierta definitivamente en ilegal ofrecer un apartamento para alquiler de vacaciones”, explica Eliseo Martínez, secretario general de Asotur (Asociación de Gestores de Viviendas de uso Turístico de Madrid), quien alerta que esta actividad dejará de pertecer al ámbito del derecho civil para formar parte del derecho sectorial del Turismo.
Los colectivos de propietarios de apartamentos temen una futura legislación para todo el sector que impondrá límites y regulaciones a quienes quieran arrendar sus viviendas por días, algo que por ahora es un derecho de cualquier propietario. Si el alquiler por días pasa a considerarse una activiadad púramente turística, prevén, por ejemplo, que se limiten los alquileres solo a inmuebles situados en suelo de uso terciario (hoteles y apartoteles), lo que en la práctica convertiría en ilegales los arrendamientos en edificios de viviendas en suelo residencial.
Mientras, y a falta de que se apruebe una legislación sectorial o de ámbito autonómico en todas las comunidades, los propietarios podrán seguir arrendando sus pisos y apartamentos amparándose en la LAU, que permite el alquiler de temporada. “Es una especie de moratoria con fecha de caducidad”, explica Martínez.
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