mojakar escribió:
Si entrega la llave, está renunciando a la posesión de la finca, y se podría interpretar que, de forma tácita, está renunciando al arrendamiento.
Normalmente, una entrega de llaves viene a ser como un "ritual" de entrega de la propiedad o la posesión de una finca, por lo que, al haber firmado la entrega o devolución en la inmobiliaria, ningún juez creo que te fuese a reprochar el haber entrado en tu casa.
Lo que no puedes hacer es entrar en la vivienda si el inquilino sigue haciendo uso de ella como domicilio.
Si no te fías, puedes hacer que te acompañe algún agente de la autoridad (mejor que un notario, que te va a cobrar la visita) para que pueda atestiguar que en la casa no había nadie ni nada del inquilino.
Saludos,
Muchas Gracias... ya estoy mas tranquilo. Ha sido muy útil la ayuda de vosotros. Gracias.