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 Asunto: Engañado???
NotaPublicado: Vie, 13 Ene 2012 5:45 pm 
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Registrado: Vie, 13 Ene 2012 5:41 pm
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Hola buenas tardes tengo una duda: soy propietario de una nave y la he alquilado con opción a compra efectiva en dos años, mientras estos 2 años me pagan un alquiler que se descontatrá del precio acordado a los 2 años. Pero la inmobiliaria me quiere cobrar la comisión de la venta aunque yo entiendo que esta no se ha llevado a cabo. hay alguna ley en la que me pueda apoyar pues me parece una estafa en toda regla. No me niego a pagar la comisión pero cuando se haga efectiva la venta y mientras como mucho puedo ir aportando a cuenta del total de la comisión a medida que me van pagando a mi los aluileres. Gracias y un saludo


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NotaPublicado: Vie, 13 Ene 2012 7:06 pm 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
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Ubicación: Madrid zona nor-oeste
Están en su pleno derecho de reclamártela ahora.
Algunos efectivamente, cobramos ahora los honorarios correspondientes al alquiler y cuando se formalice la venta el porcentaje correspondiente, pero como te digo, derecho tienen todo el del mundo, eso si, lo deberíais haber tenido claro ANTES de cerrar la operación, tanto tu como ellos, lo cual me extraña bastante.

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NotaPublicado: Vie, 13 Ene 2012 10:21 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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Siento contradecirte Desert.

¿Porque están en su derecho de reclamarle?.

Se ha realizado un ALQUILER con opción a compra, cuando se realice la compra-venta se cobrara, bajo mi punto de vista.
Están en su derecho de cobrarle los honorarios de dicho alquiler como bien has expuesto y punto.

Y pongo un ejemplo:
Vamos a un restaurante a tomarnos una cerveza, comentamos al camarero que nos quedamos a comer, a la hora de pagar la cerveza el camarero pretende cobrarnos, tambien la comida.
Cobrara la comida cuando hayamos comido, no antes.

Pues esto es igual.


Saludos.


Última edición por Jesus2024 el Sab, 14 Ene 2012 7:07 pm, editado 2 veces en total

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NotaPublicado: Sab, 14 Ene 2012 6:27 pm 
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Registrado: Mar, 23 Feb 2010 11:59 am
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Ubicación: vizcaya
Estoy con jesús, que pasa si no la ejercen? Esto no es como coger unas arras y en función de la cantidad poner un plazo para escriturar. Lo que dice el cliente tiene sentido, y caso que no haya un contrato firmado que diga que hay que hacerlo de esa manera, la inmobiliaria puede reclamar, el caso es si dicha reclamación prosperará, que no lo creo.


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NotaPublicado: Dom, 15 Ene 2012 7:24 pm 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
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Ubicación: Madrid zona nor-oeste
Queridos Jesús y rojiblanco, todo depende del contrato que haya firmado, si es un contrato de alquiler con opción a compra es un contrato de compraventa venta futura, el mediador ha realizado su trabajo y tiene todo el derecho de cobrar, si después no sale la operación por el motivo que sea, ese, no es el problema del mediador, esto es sencillamente como un contrato de compraventa o arras, donde el derecho al cobro del mediador nace simplemente del acuerdo por escrito entre las partes (contrato), es más, si fuera verbal con testigos también valdría, INDEPENDIENTEMENTE DEL RESULTADO FINAL, se ejerza el contrato o no, lo siento, pero es así y así está regulado, es la ley (y no lo digo por decir), hay sentencias judiciales al respecto, ya expuse unas, y en la subforo de agentes también lo tenéis.
Si bien, yo, como he dicho antes, cobro como decís, pero que conste que podría cobrarlo todo, y así se lo explico a mis clientes.

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NotaPublicado: Lun, 16 Ene 2012 12:31 am 
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Registrado: Mar, 23 Feb 2010 11:59 am
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Ubicación: vizcaya
Pues no lo se desert, pero es que el propio nombre indica que es un alquiler, si luego se ejerce la opción ya pasará a ser una compraventa. Pero lo digo porque me parece de sentido común, no se me ha planteado nunca el caso y por tanto no conozco ni la casuística ni la normativa aplicable.

No se si en este caso habrá contrato firmado entre las partes o será verbal. A ver en que queda la cosa, fetruva.


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NotaPublicado: Lun, 16 Ene 2012 1:48 pm 
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Registrado: Vie, 13 Ene 2012 5:41 pm
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Gracias, Rojiblanco, Jesús, desert. amplio la información: no hay contrato firmado sino que hay una orden de trabajo en la que le doy a a la inmobiliaria llaves y orden para que ejerciten en ki nombre las gestiones oportunas para el alquiler o venta, eso si está firmado, nada más. repito que no me nuego a pagar la comision pero cuando yo cobre el total y dejo sobre la mesa dos motivos: 1) No tengo dinero para pagar el total de la comisión ahora, si no no estaría vendiendo mi nave, ¿no creen? 2) Y ya pensando muy mal pero....si es una confabulación entre el arrendatario y la inmobiliaria para ocupar la nave a razón de un alquiler hasta que cobre la comisión y después desaparece el arrendatario sin cumplir su opción de compra y aun perdiendo un par de meses de alquiler pero pagada ya la comisión salen ganando ambas partes y yo pierdo tiempo, y comisión (menos los meses que haya cobrado de alquiler) ¿es una posibilidad viable no?. Repito esto es rizando el rizo y con la premisa que voy a pagar.


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NotaPublicado: Lun, 16 Ene 2012 2:36 pm 
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Ubicación: Madrid zona nor-oeste
Hombre,vamos a ver, me refiero a que si se hace una alquiler con opción a compra, lo normal, es que adelanten una cantidad significativa en la firma del contrato a cuenta del precio futuro pactado, es decir si la compra a dos años se cierra en dignamos 100 que te den el 10%, es decir 10 (de modo que de para pagar los honorarios y que quede en tu poder una cantidad a cuenta importante), la agencia percibiría unos honorarios por alquiler y el porcentaje correspondiente de la venta, eso NO SIGNIFICA QUE TU TENGAS QUE PONER NADA DE TU BOLSILLO , faltaría más, y si la agencia no es capaz de negociar esta entrada tampoco es merecedora de cobrar sus honorarios.
El AoC (alquiler con opción a compra), es un contrato con el que lo que buscan los propietarios son compradores a futuro y no meros arrendatarios, de modo que si dan una cantidad inicial significativa indica muy bien el interés del comprador, además de los descuentos por las mensualidades, pero he dicho además, no solamente eso, si no dan una cantidad inicial no tienes porque darles la comisión sobre la venta, entonces será otra cosa pero no un AOC

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NotaPublicado: Lun, 16 Ene 2012 3:10 pm 
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Totalmente de acuerdo con Desert

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Y ahí lo dejo..


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NotaPublicado: Mar, 17 Ene 2012 12:18 am 
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Haciéndolo así sí pero por lo que comenta fetruva tiene más pinta de un alquiler normal de la nave en el que se mete una clausula de opción de compra, en cuyo caso me parece que se trata realmente de un arrendamiento en el que si al inquilino le va bien se asegura tener la posibilidad de comprar la nave a un precio determinado de antemano y si le va regular se queda de alquiler y si le va mal se pira. En tal caso me parece que lo que tiene la agencia es mucha jeta.


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NotaPublicado: Mar, 17 Ene 2012 10:17 am 
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Por eso expuse que: depende de lo que hayan firmado, si es un contrato de alquiler con opción a compra "como Dios manda", se debe hacer como he puesto si no es un alquiler normal que si le interesa se lo queda y ENCIMA descontándole las mensualidades entregadas, pero eso NO ES un aoc, es/son un/unos jeta/s que se aprovecha/n de un desesperado, y no creo que sea el caso.

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 Asunto: engañado??
NotaPublicado: Mar, 17 Ene 2012 1:20 pm 
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Registrado: Vie, 13 Ene 2012 5:41 pm
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Vamos a ver amigos varios detalles aclaratorios:
1) El contrario de alquiler con opción a compra se ha hecho incluso notarialmente, hasta ahí todo perfecto.
2) Yo sabia de la comisión de la Inmobiliaria en el caso de alquiler, yo sabia de la comisión de la inmobiliaria en caso de venta, lo que se me obvió, creo que con mala leche, es que la forma de pago de dicha comisión por venta (que sigo creyendo que no se ha producido)era al contado, es más me dicen que si dentro de 2 años y una vez pagada la comisión no se lleva a efecto la venta es irrecuperable por mi parte esa comisión a la inmobiliaria y que, si me interesa, volvemos al punto de partida con una nueva comisión si se produce otro "negocio" de este tipo.
3)Creo que pequé en no aclarar y pecaron en no explicar...
Gracias por vuestras respuestas


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 Asunto: Re: engañado??
NotaPublicado: Mar, 17 Ene 2012 2:46 pm 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
Mensajes: 14604
Ubicación: Madrid zona nor-oeste
Fetruva escribió:
Vamos a ver amigos varios detalles aclaratorios:
.............
3)Creo que pequé en no aclarar y pecaron en no explicar...
.............

Pues si, los negocios inmobiliarios deben de estar siempre muy claros, explicados, entendidos y acordados.

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NotaPublicado: Mié, 18 Ene 2012 2:25 am 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 7:32 pm
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A ver, todos tienen su parte de razón: una opción de compra no es una obligación de compra y no siempre se da una cantidad inicial a cuenta porque si la tuvieran los arrendatarios seguramente comprarían ya.
La inmobiliaria no debería cobrar comisión de venta hasta que no haya acuerdo de venta y na opción no es un acuerdo de venta sino una posibilidad que tiene el inquilino a comprar el inmueble hasta un afecha determinada y por una cantidad determinada, por lo tanto la agencia no debería cobrar, en cambio si fuera un acuerdo de compra aplazada a x años sí podría exigir desde ya el cobro.
La opción que comenta Desert de que se dé una cantidad considerable sí abre la posibilidad de que estando ambas partes de acuerdo la agencia cobre ya, pero aún así, sería porque el propietario ha querido no porque la agencia tenga derecho.
Eso sí, puestos a tener desconfianza, también el arrendador y el arrrendatario pueden decir a la agencia que no se ejerce la opción y después fijar la venta sin que se entere la agencia para que no cobre ésta la comisión(aunque se podría enterar fácilmente)
A mi particularmente no me gustan nada los alquileres con opción de compra pues si se fija un precio bajo el vendedor pierde si el mercado se mantiene o sube y si se fija un precio alto el inquilino decide no ejercer la opción, mientras tanto puede seguir de alquiler y mientras tanto el vendedor no vende y puede perder otras oportunidades, eso sí, al menos cobra un alquiler.
En resumen, no debería de cobrar la agencia hasta que no decida el arrendatario comprar.

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Aunque parezca increible mañana aún puedo hacerlo mejor


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NotaPublicado: Mié, 18 Ene 2012 10:46 am 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
Mensajes: 14604
Ubicación: Madrid zona nor-oeste
JRODRSAN escribió:
.....
En resumen, no debería de cobrar la agencia hasta que no decida el arrendatario comprar...........

El contrato de AOC es un modelo relativamente nuevo de contrato cuya jurisdicción no está muy clara y los juristas, como aquí, muchas veces no se ponen de acuerdo, ha florecido enormemente a la sombra de la crisis.
Las redacciones del contrato que firman las partes son sumamente importantes, se mezcla el arrendamiento con un contrato de compraventa futura, donde algunos, incluso asimilan las mensualidades entregadas como pagos a cuenta como ARRAS, por lo tanto, y si lo tengo que volver a poner por enésima vez lo pongo, el derecho al cobro del mediador nace desde el mismo momento de la firma del contrato, ya sea escrito o verbal con testigos (preferiblemente escrito), otra cosa es que se pacten cantidades de abono al mediador en la medida que aporta el arrendatario, o cobrar un porcentaje al principio y el resto en firma de escrituras, o como dije, si la cantidad inicial es importante cobrar su 100% de honorarios a la firma del contrato.
Por eso desde el principio puse: depende del tipo de contrato y acuerdo que hayan llegado (nosotros lo dejamos muy claro desde el principio, si en un futuro no sale la venta por todo lo que has expuesto, NO ES MI PROBLEMA, mi trabajo está hecho), y nosotros, personalmente (y casualmente hoy firmo uno así) cobramos el mes de gestión al arrendatario mas el 50% de los honorarios por la venta, eso sí, he conseguido el 5% del valor de la compraventa en la firma del contrato, más el mes por adelantado más la fianza, y por supuesto, la parte proporcional del mes en curso.
En fin, nosotros lo hacemos así.

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