Hola AGUACATE:
Como en muchas cosas, no existe una "ley" al respecto, por lo que nos atendremos a la costumbre.
Si se reserva a través de una agencia, es habitual reservar con el equivalente a una mensualidad ordinaria (en tu caso, 1000,-€). Obviamente, te tienen que dar un recibo por la entrega de esa cantidad, y dejar claro para lo que es: como parte de pago de alquiler ó como primera mensualidad del mismo.
Normalmente, y salvo que se acuerde lo contrario, se deja claro que si el futuro inquilino se echa atrás, pierde esa cantidad, y que si es el dueño quien no quiere alquilar, deberá devolverla. Si se reserva a través de una agencia, ésta pondrá en el documento que la reserva queda condicionada a la aceptación del propietario..., si éste no comparece en ese acto. Si comparece, no vendrá de más que acepte devolver el doble si decide no alquilar.
Citar:
si luego no nos ponemos de acuerdo con las clausulas del contrato, pierdo la señal?
Lo ideal, y lo lógico, es que las condiciones se hablen antes de intercambiar cantidades... Cuando se hace una pre-reserva, lo que realmente se está indicando que hay interés por las partes en suscribir el contrato en las condiciones pactadas verbalmente. Y si una de las dos incumple, ya digo que se podrá rescindir con las correspondientes indemnizaciones... Y si se hace una pre-reserva y no el acto de firma del contrato, directamente... puede ser por dos razones: la vivienda está aún habitada (e igual no se quiere firmar con fecha de hoy... cuando hay un contrato vigente hasta dentro de 15 días, por mucho que en el contrato sea válido especificar en qué fecha empezará a contar el tiempo real contratado -a partir del día tal de tal mes-), ó porque es físicamente imposible para alguna de las partes estar presente en ese momento para firmar el contrato (caso de los reservados en agencias) y la pre-reserva lo que hace es fidelizar el deseo de suscribir el contrato... acordando ya una fecha para esto.
Saludos