A ver, por partes como cada empresa es un mundo estas empresas o inversores o incluso financieras son fiables en la medida en que hagáis un contrato en el que aparezca reflejado el precio, lo que entregan de señal, que prevee el contrato en caso de incumplimiento y fecha de escritura expresa, así, si incumplen lo mínimo suele ser que pierdan la señal entregada.
Si gana algo en esa venta o no se deberá a que saque por su parte más que lo que haya venido pagando hasta ahora, normalmente estas empresas compran a la baja cuando es una operación de este estilo, además tienen que ver un beneficio a medio plazo muy claro.
No se va a librar de pagar a Hacienda el 18% del beneficio que saque por la venta, sólamente estaría exento si fuese su vivienda habitual desde hace por lo menos tres años ( no cumple, el requisito), y reinvirtiese la ganancia patrimonial en la adquisición de otra vivienda habitual para lo que tendría de plazo dos años desde la venta de su parte.
Si no consigue venderlo puede pedir judicialmente la disolución de condominio y que el juzgado ordene la venta judicial si no se llega a un acuerdo, esto lo bueno que tiene es que a las otras partes no les va a merecer la pena porque se sacaría menos dinero que a precio de mercado, lo malo es que tu pareja también sacaría menos.
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