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NotaPublicado: Dom, 10 Feb 2008 12:18 pm 
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Registrado: Dom, 10 Feb 2008 12:13 pm
Mensajes: 2
Hola a todos... agradeceria si alguien pudiera aclararme este tema:
tengo en venta un piso, ( vivienda habitual) que poseo desde hace dos años...
Voy a radicarme en el exterior... he estado mirando la ley, y para que se me reconosca como vivienda habitual, debo tenerla tres años, y se mencionas algunas situaciones a tener en cuenta en caso que la venta sea anterior, ( c ambio laboral, casamiento, etc..) pero de fijar residencia en el exterior, ni una palabra..
Cual seria mi situacion? Cuanto deberia pagar de la ganancia obtenida?
Agradecere sus respuesta


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NotaPublicado: Lun, 18 Feb 2008 9:04 pm 
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Registrado: Lun, 18 Feb 2008 8:51 pm
Mensajes: 2
Yo estoy más o menos igual. Suerte, a ver si alguien nos puede echar una manita :).


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NotaPublicado: Mié, 20 Feb 2008 11:11 am 
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Registrado: Dom, 10 Feb 2008 12:13 pm
Mensajes: 2
el tema esta complicado... aqui se paga muchisimo por sacar el capital...( por no reinvertir) lo de la venta,en otra vivienda y en argentina hay un bache legal enorme...


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