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NotaPublicado: Jue, 23 Oct 2008 11:52 am 
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Registrado: Jue, 23 Oct 2008 11:43 am
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Hola,

Os expongo mi caso a ver si me podéis ayudar.

En el 2005 compré un piso bajo plano. Aún no he escriturado, todavía están acabando los pisos. En 2005 pagué mas de 9000€ por lo que me desgravé del 15%. En el 2006 lo mismo, pagué mas de 9000€ por lo que me desgravé del 15%. En el 2007 también igual.

La cuestión es que en diciembre de 2008 se termina el plazo de entrega para la promotora y estoy planteándome rescindir el contrato por incumplimiento en el plazo de entrega.

Mi duda es la siguiente: si rescindo este contrato de compraventa, ¿Debo devolver a Hacienda las cantidades por las que me desgravé en el 2005, 2006 y 2007?.

Además debo decir que desde el 2002 tengo una cuenta vivienda por la que me estuve desgravando en el 2002, 2003 y 2004.


Muchisimas gracias y un saludo.


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NotaPublicado: Jue, 23 Oct 2008 10:20 pm 
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Registrado: Mié, 02 Ago 2006 9:32 pm
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PBotika escribió:
Mi duda es la siguiente: si rescindo este contrato de compraventa, ¿Debo devolver a Hacienda las cantidades por las que me desgravé en el 2005, 2006 y 2007?.

Además debo decir que desde el 2002 tengo una cuenta vivienda por la que me estuve desgravando en el 2002, 2003 y 2004.



Parece lógico que así sea ¿no?

Si tienes un beneficio por la compra de vivienda me parece correcto, pero si luego no compras la vivienda parece que lo correcto sea devolver ese beneficio.


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NotaPublicado: Vie, 24 Oct 2008 12:37 am 
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Registrado: Jue, 23 Oct 2008 11:43 am
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Estoy de acuerdo contigo, pero entonces ¿si hago lo siguiente?. Me tienen que devolver 27000€ (9000€ por cada uno de los 3 años). Entonces me compro otra casa y doy esos 27000€ y de esos 27000€ este año no me desgravo nada.

Si hago eso, ¿tendría que devolver algo a hacienda?. Realmente estoy reinvirtiendo el dinero de la otra compra. Además la rescision de contrato no es por mi culpa, sino por incumpliento del vendedor.

Gracias y saludos.


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NotaPublicado: Mié, 12 Nov 2008 5:29 pm 
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Registrado: Jue, 23 Oct 2008 11:43 am
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He estado informandome y creo que si rescindo el contrato de compraventa antes de escriturar y reinvierto todo ese dinero en la compra de mi vivienda habitual entonces no tengo que devolver nada a hacienda.

¿Es eso correcto?


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NotaPublicado: Jue, 29 Ene 2009 3:58 pm 
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Registrado: Jue, 29 Ene 2009 3:53 pm
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PBotika escribió:
He estado informandome y creo que si rescindo el contrato de compraventa antes de escriturar y reinvierto todo ese dinero en la compra de mi vivienda habitual entonces no tengo que devolver nada a hacienda.

¿Es eso correcto?


Mi situacion es igual y en hacienda me dijeron que tendria que devolver el dinero, pero si tienes otra informacion, dime donde has preguntado.


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NotaPublicado: Mar, 10 Feb 2009 6:54 pm 
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Registrado: Jue, 23 Oct 2008 11:43 am
Mensajes: 27
Claro, tienes que devolver el dinero, pero si ese dinero lo inviertes en la compra de otro piso y no te desgravas de nuevo de ese dinero entonces no hay que devolver el dinero a Hacienda.

Me lo ha dicho un abogado especialista en impuestos.

Saludos


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NotaPublicado: Dom, 22 Feb 2009 12:56 pm 
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Registrado: Dom, 23 Nov 2008 3:07 pm
Mensajes: 74
PBotika escribió:
Claro, tienes que devolver el dinero, pero si ese dinero lo inviertes en la compra de otro piso y no te desgravas de nuevo de ese dinero entonces no hay que devolver el dinero a Hacienda.

Me lo ha dicho un abogado especialista en impuestos.

Saludos


Hola PBotika,

aunque podría presentarme en la Agencia Tributaria para resolver la duda, prefiero plantearla aquí en el foro para uso de los lectores.

Me gustaría preguntarte lo siguiente por si puedes consultarlo con el especialista de impuestos. Si no, no te preocupes que acudiré a la A.T.

En mi caso estoy pensando lo siguiente: Yo estoy obligado digamos a reinvertir por la venta de una vivienda que llevé a cabo hace 2 años, en otra vivienda /residencia habitual.

Pero, ¿qué pasa con los plazos e impuestos cara a Hacienda, si la constructora no me entrega la nueva vivienda en plazo y por consiguiente yo rescindo, no concedo prorroga al contrato?

El plazo que otorga Hacienda es de 2 años para reinvertir el dinero de la anterior venta(Plusvalia). Por supuesto, ya he pagado durante estos 2 años los recibos mensuales a la Constructora/Promotora con el 7% de I.V.A y, ya lo he hecho constar en mi Declaración de la Renta del 2007. He aplicado mis desgravación según normativa vigente.

No sé si me explico, ? ¿Algún ilustrad@?

¿Dispondría de 2 años más para buscar otra vivienda?

Gracias :D


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NotaPublicado: Jue, 22 Abr 2010 4:42 pm 
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Registrado: Jue, 22 Abr 2010 4:36 pm
Mensajes: 1
Buenas tardes,

Estoy en un caso parecido. En 2006 y 2007 me desgravo unas cantidades entregadas al promotor de la vivienda, una cooperativa. En 2009, nos damos de baja, y nos devuelven el dinero (julio de 2009).

En octubre de 2009, compramos otra vivienda.

Entiendo que no tengo que devolver nada a Hacienda por esos pagos devueltos por parte del promotor, no? Al haber comprado otra vivienda habitual, aunque sea distinta a la primera, estaría todo correcto?

Gracias de antemano y un saludo.


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NotaPublicado: Mar, 18 May 2010 10:48 pm 
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Registrado: Mar, 18 May 2010 10:22 pm
Mensajes: 2
Yo tambien me encuentro en el mismo caso. He estado pagando a una cooperativa por una VPO desde 2007 y ahora, en 2010, hemos renunciado a la vivienda. Que ocurre con el dinero que nos hemos desgravado en 2007 y 2008???Cómo debemos hacer la renta del 2009???
El dinero que hemos aportado todavía no nos lo han devuelto, por lo que entiendo que mientras no nos lo devuelvan no deberíamos de decir nada en Hacienda...y además antes de que este año termine queremos reinvertir ese dinero en otra vivienda habitual...
No se si alguien podrá ayudarme...será de gran ayuda...
Gracias.


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