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NotaPublicado: Lun, 16 Abr 2007 4:34 pm 
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Registrado: Lun, 16 Abr 2007 4:22 pm
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hola a todos y gracias de antemano,os cuento un poco mi caso haber si me podeis ayudar voy a comprar un piso el cual esta en proceso de descalificacion,bueno por lo que me han dicho sus dueños tras muchos papeleos y mucho dinero ya estan en la fase final de descalificion, me dijeron que ya tienen la carta final en la cual dice que el piso esta descalificado pero quisiera saber si con esta carta es suficiente para poder yo comprar el piso libre ?saldra ya libre en la nota simple ?
no se si me explicado bien leere vuestras respuestas
un saludo


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NotaPublicado: Lun, 16 Abr 2007 6:50 pm 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 12:47 am
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Ubicación: FUENLABRADA (MADRID)
Hola ORZOWEI: bienvenido al Foro :D
Hasta que el Registro de la Propiedad no inscriba la "descalificación" como tal documento, seguirá apareciendo como VPO.
Con una copia de la "carta" de descalificación lo que sí puedes hacer es ir solicitando el préstamo que necesites. Deberás adjuntarlo a la Nota Simple donde conste que es VPO, y podrá servir para que a la hora de tasarlo hagan una doble tasación: como VPO (que legalmente lo es) y a precio de mercado libre (para poder aplicar ese segundo baremo en cuanto se confirme que la descalificación se ha registrado sin problemas).
Mientras no esté inscrita la descalificación NI SE TE OCURRA firmar las Escrituras de compra. Estarías comprando una VPO. Y el cambio de titularidad podría entorpecer el final del trámite de descalificación: sólo quien es dueño en el Registro de una VPO puede descalificarla. Y si quienes están descalificando son Pepe y María, y resulta que en el Registro el dueño es Orzowei..., pues como que la descalificación no será válida (se supone que al descalificar se castiga al nuevo interesado en su compra, que no podrá beneficiarse del precio máximo de venta que tienen las VPOs. Y si tú compras sin que la descalificación esté inscrita, deberás escriturar a precio VPO... porque si lo haces a precio de vivienda libre corres riesgos varios...).
Espérate unos días, y en cuanto la vivienda ya no sea VPO en el Registro, puedes hacer todos los trámites sin miedo a riesgos derivados de comprar una VPO.
Suerte, y ya nos contarás :D

_________________
ANA S.T.


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NotaPublicado: Lun, 16 Abr 2007 6:54 pm 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 8:16 am
Mensajes: 1887
Bienvenido orzowei

La resolución administrativa de descalificación se puede inscribir en el registro de la propiedad. Al tanto, no es una "carta", es una RESOLUCIÓN, que firma la dirección general competente en la materia.

Según las prisas, que la registren antes de la venta o despues. De hecho quien debería llevarla al registro es quien ha descalificado. Si firmais antes de que se registre -malditas prisas- , el notario puede reseñar en la escritura que la vivienda está descalificada por resolución de fecha tal. etc... pendiente de inscripción en el registro.

En cualquier caso, la resolución (nada de cartas) es un documento con todos los efectos legales.

Salutacions


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NotaPublicado: Lun, 16 Abr 2007 8:38 pm 
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Registrado: Lun, 16 Abr 2007 4:22 pm
Mensajes: 4
gracias por vuestras rapidas respuestas segun me habeis contado aunque la resolucion de descalificacion este hecha si no se registra podria tener problemas ,pero claro problemas yo que soy el comprador pero tambien el vendedor no ? ya que no podrian vender el piso a precio libre que es como lo tenemos firmado , que sentido tiene que no lo registren ? imagino que sera por ahorrarse el dinero del registro o quiza que cuando yo lo registre a mi nombre entonces con dicha resolucion quedara libre ? estoy hecho un lio que opinais?


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NotaPublicado: Mar, 17 Abr 2007 3:58 pm 
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Registrado: Lun, 16 Abr 2007 4:22 pm
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hola de nuevo ,segun me han comentado en la agencia como el ultimo pago ya lo han realizado la resolucion la tendran en un plazo maximo de diez dias entonces sera cuando lo registren pero que como el registro puede tardar dependiendo del "trabajo" que tengan se podria demorar incluso meses pero que con la resolucion grapada en las escrituras y que el notario lo notifique que no habria problema
ya me direis


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NotaPublicado: Mar, 17 Abr 2007 4:49 pm 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 12:47 am
Mensajes: 1737
Ubicación: FUENLABRADA (MADRID)
Hola de nuevo, ORZOWEI:
Citar:
como el registro puede tardar dependiendo del "trabajo" que tengan se podria demorar incluso meses

El registro inscribe según se hace el asiento. En el mismo orden, quiero decir. Cuando un documento entra en el Registro, se le pone un sello: es el asiento de presentación. Y cuando le toca, se inscribe... Ni aun siendo el Registro con más trabajo de España (tal y como está todo, es decir, informatizado) se tarda más de un mes en inscribir algo. Ni aún haciéndolo con plumilla y letra gótica, vamos :lol: . Lo que más se retrasa es el hecho "físico" de ir a recoger los documentos: entre que el Registro no llama hasta que no tiene bastante documento despachado (normalmente, uno de los empleados dedica una tarde a llamar a los clientes; se pone con el montón de Escrituras y va avisando), y que en muchos casos es una Gestoría quien los tramita, que sólo va a recoger cuando tiene varios pendientes, y que luego va llamando a su vez a los clientes...pues un trámite de 15 días se puede demorar 6 meses...
Como eres parte interesada, haz llamadas también tú al Registro. Verás como lo agilizan :wink:
Citar:
con la resolucion grapada en las escrituras y que el notario lo notifique que no habria problema

¿Grapada...sin registrar...?
Vamos a ver: técnicamente es posible. El Notario da fe de que se adjunta a la Escritura un documento (como da fé de cuando se adjunta el Certificado de No deudor en la Comunidad), y que este documento es la Descalificacion de la Vivienda como VPO. Pero da fé de ver el documento..., no de que la la vivienda esté descalificada. Porque según el Registro es una VPO... y de eso también va a dar fé el Notario.
Si tú necesitas financiación externa (esto es, una hipoteca), el propio Banco la va a condicionar a que la descalificación sea real. Al Banco que ya se tenga la resolución ya le sirve para tasar como libre... pero es más que probable que a la hora de firmar la Hipoteca quiera ver que en el Registro la vivienda sobre la que tienen su derecho de hipoteca ya no es una VPO: que "vale" lo que están prestando sobre ella, vamos.
Si el registro, en el peor de los casos, tarda un mes en inscribir..., viene a ser lo mismo (más ó menos) que se tarda en solicitar-firmar una Hipoteca. Por lo que ambas cosas se pueden hacer a la par. Aparte de que en el momento en que se lleva un documento al Registro... lo dicho, se hace el asiento de presentación. Por lo que aunque no estuviese "físicamente" despachado el documento por parte del Registro, sí existiría su constancia. Y antes de firmar una Hipoteca, lo habitual es que el Notario solicite al Registro una Nota Actualizada (a fecha de ese mismo día) en que consten no sólo las cargas reales... sino los asientos de presentación de otros documentos... En ese caso, la Descalificación sí sería mencionada. Además, como los documentos se inscriben en orden de presentación, primero se inscribirá la descalificación, luego la Escritura por la que tú compras y los que obtuvieron la descalificación venden (por lo que será legal vender una vivienda no VPO a precio de libre) y por último la Hipoteca. Todo en orden y todo legal.
Citar:
quiza que cuando yo lo registre a mi nombre entonces con dicha resolucion quedara libre ?

No. Tú lo que "registras" es la compra del piso y el Banco registra su hipoteca. Si la descalificación la ha solicitado el que declara ser el dueño (los vendedores) son ellos quienes lo obtienen y registran...
El problema de que esa resolución no llegase a inscribirse será que si un día tú vas a vender... estarás vendiendo una VPO, simplemente.
Hemos tenido otras consultas similares: las de propietarios que al comprar dieron por bueno que los vendedores estaban en trámites de descalificación... y que no fue hasta ir a vender ellos cuando descubrieron que el trámite se dejó a medias. Incluso es posible que el documento tenga algún defecto... y sea rehusado por el Registro.
Como lo "lento" es el trámite de descalificación (devolver la subvenciones y demás) si lo que falta es un mero trámite administrativo como es el Registro de la Propiedad... espera unos días más.
Ah: y plantéale todo esto al Notario. Es un asesoramiento gratuito. Y será quien mejor te diga si es ó no válido que firme con tal ó cual trámite a medio hacer... El reciente Reglamento Notarial les obliga a ser más transparentes e imparciales que nunca..., lo que nos favorece a todos.
Suerte :D

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ANA S.T.


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NotaPublicado: Mar, 17 Abr 2007 7:40 pm 
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Registrado: Lun, 16 Abr 2007 4:22 pm
Mensajes: 4
gracias por aclararme mis dudas,segun entiendo una vez lleven a registrar dicha descalificacion aunque todavia no tenga la nota simple al ir a firmar las escrituras el notario al pedir la nota simple ahi se notificaria que esta libre no? de todas formas si voy al registro de la propiedad me podrian informar de todo esto ?
un saludo y enhorabuena por esta pagina que para los que somos ignorantes en estos temas nos abreis los ojos


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NotaPublicado: Mié, 15 Abr 2020 9:31 am 
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Registrado: Mié, 15 Abr 2020 9:17 am
Mensajes: 6
uuh, esta un poquito dificil, en este tipo de casos es importante guiarse por alguna ayuda, en temas legales puedes contar con la gente de gumperapi seguramente podras buscar respuestas!


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