¡Hola! Voy a comprar una vivienda en Castilla y León, declarada VPO en 1976. Al haber transcurrido más de 30 años desde esta calificación, está libre de limitación alguna de precio. Sin embargo, tengo la duda de poder acogerme o no al tipo reducido del ITP, del 4% (en lugar del tipo general del 8%). La vivienda conserva la condición de VPO durante 50 años, y sigue apareciendo así en la nota simple. Sin embargo, algunos profesionales me indican que, al estar libre de limitación de precio de venta y renta, se pierde también la posibilidad de acogerse a dicho tipo reducido. ¿Alguien me lo puede aclarar? ¡Muchas gracias!
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