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NotaPublicado: Mié, 23 Ene 2008 12:33 am 
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Registrado: Mié, 23 Ene 2008 12:12 am
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Necesito darle solución a mi situación personal, para ello os comento, he sido agraciada con una VPO, la cual acepte en el contrato de compra y venta, asumiendo yo sola con todos los pagos.

Mi novio me propone que en el momento que se escriture se ponga tambien a su nombre, dandome la mitad de los pagos hasta el momento efectuados. ¿Quisiera saber si esto es posible?

Además si decidiera escriturar a mi nombre y nos decidieramos casar a posteriori, ¿que derecho tendría sobre la misma en cada uno de los regimenes economicos existentes en el matrimonio?

Gracias de antemano a TOD@S.


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NotaPublicado: Mié, 23 Ene 2008 1:00 am 
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Registrado: Mié, 02 Ago 2006 9:32 pm
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Gran pregunta y muy bien planteada. :lol:

Voy a fijar este tema al principio del foro para que sirva de referencia y aglutine todas las consultas y respuestas que se vayan produciendo.


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NotaPublicado: Mié, 23 Ene 2008 1:08 am 
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Registrado: Mié, 02 Ago 2006 9:32 pm
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En respuesta a la pregunta planteada, cuando se trata de una vivienda VPO no es posible la transmisión intervivos sin autorización de la Administración, como es el caso que nos planteas, y no creo que te concedan ese permiso en este caso. Por tanto, lamentablemente no veo posibilidades reales de cambiar la situación actual.

En cuanto a un posterior matrimonio, siempre va a depender del régimen matrimonial escogido por los cónyuges, y por tanto en separación de bienes desaparece cualquier derecho sobre el bien por parte del esposo/a (salvo los derivados del hogar conyugal para hijos, etc.) y en el régimen de gananciales los bienes de ambos pasan a formar parte de la comunidad de gananciales.


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 Asunto: UNA ULTIMA DUDA
NotaPublicado: Mié, 23 Ene 2008 11:52 pm 
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Registrado: Mié, 23 Ene 2008 12:12 am
Mensajes: 3
Gracias por la respuesta me ha quedado claro y me habeis ayudado mucho pero quisiera a ser posible que me hicieras una puntualización al respecto del régimen de gananciales:

Si yo escrituro antes del matrimonio contraido en gananciales, quedando pendiente una hipoteca del 80% del valor del piso, ¿la otra parte podría reclamar el 50% de esa parte restante o bien del valor actualizado que en ese momento tenga la VPO?

Si no es así quisiera que me lo aclarais.

Un saludo.


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NotaPublicado: Mar, 21 Abr 2009 12:57 pm 
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Registrado: Mar, 21 Abr 2009 12:43 pm
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Buenas tardes,
¿esto quiere decir que desde el momento en que te casas mediante bienes gananciales el piso pasa a ser de los dos? ¿Podría desgravar por las aportaciones que haga desde ese momento el nuevo propietario?
Gracias


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 Asunto: duda
NotaPublicado: Mié, 17 Jun 2009 11:42 pm 
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Registrado: Lun, 15 Jun 2009 5:01 pm
Mensajes: 9
Me parece muy interesante vuestros comentarios y tengo entendido que cuando has comprado antes de casarte y el piso esta solamente a tu nombre tengo entendido que tu futuro/a no tiene derechos sobre el piso ;otra cosa es que no habiendo separacion de bienes un juez puede estimar la parte proporcional de las aportaciones que el futuro/a haya aportado: muebles ,hipoteca,gastos de vivienda...etc y por supuesto al ser gananciales irán al 50%.Pero el piso seguirá siendo del titular .Por supuesto no entro en el caso de hijos por medio u otros casos.

Tal vez me equivoque pero es la información que tengo así que si alguien mas ducho en estos labores nos ayuda mejor :) SALUDOS


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NotaPublicado: Mar, 27 Oct 2009 12:32 pm 
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Registrado: Mié, 02 Ene 2008 4:23 pm
Mensajes: 3
entonces mi pareja le ha tocado una vpo y para el año q viene para el teema de hacienda quien se lo desgraba??? pq los dos estamos en el prestamo pero no en las escrituras.

y tambien me gustaria saber las subvenciones q hay para poder pedirlas.


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NotaPublicado: Vie, 18 Dic 2009 2:19 am 
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Registrado: Vie, 18 Dic 2009 1:47 am
Mensajes: 1
Bueno creo que visto como se redactó la respuesta de ganaciales y separación de bienes, lleva a muchos equivocos.
Son bienes privativos los que uno posee antes del matrimonio en ambos regímenes, con lo cual la titularidad del mismo no cambia, si se rompe el vinculo del matrimonio=> divorcio, (con la separación sola el vinculo no esta roto por lo que tampoco la sociedad cualquiera de las dos), en la separación de bienes lo que se explicita durante todo la vida común de nuestra sociedad-matrinonio son las partes, así que a la hora de aportar las partes tienen que explicitarlo sino se entiende que uno da al otro o viceversa, en ganaciales esto se sobreentiende y las aportaciones no se explicitan y se consideran a la par, al 50%... por lo que se dice que todo se aporta a la sociedad de gananciales y se genera un único patrimonio social. En el caso de que se rompa el vinculo en este segundo régimen (aunque es el más común en los reinos castellanos) él de gananciales, se hace la división de la sociedad y las titularidades se parten en dos si son adquiridas después del matrimonio, si son antes se parten en dos, los pagos para el disfrute del bien durante la vida común de la cual en la sentencia de divorcio se hace como un inventario a cortar.
Con lo cual si las cosas están bien hechas, es decir, o se ha dejado constancia del recorrido común, sea explicito, como no, da lo mismo... por eso las capitulaciones es para dejar claro las partes. Lo que si influirá es en la responsabilidad subsidiaria, así si una de las partes es empresario, este puede responder con todos sus bienes presentes y futuros de la quiebra de alguna de sus sociedades, por lo que pueden sus deudores ir en contra de la sociedad ganancial, global, y es por lo que los autónomos no deberían estar en régimen de gananciales, por si aconteciese una ruina, para no llevar la posible quiebra a su otra empresa, la afectiva, por otras... y en separación de bienes irían contra los bienes en los que tenga alguna titularidad (sean estos homogéneos o no).


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NotaPublicado: Mar, 14 Feb 2012 9:22 pm 
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Registrado: Mar, 14 Feb 2012 7:32 pm
Mensajes: 1
de antemano quiero disculparme porque no se andar por aqui, es mi primer dia.
mi duda que seguramente estareis cansados de resolver es:
a mi pareja le concedieron un piso de vpo en oviedo (asturias) de alquiler con derecho a compra.
yo no deseo tener derechos sobre ese piso pero si ir a vivir con el.me dijeron que si me empadronaba en la vivienda tendria que pagar alquiler (a mi eso no me importa). ese dinero del alquiler serviria para bajar luego el precio que resta para pagar del piso en caso que comprarlo?
tengo 27 años y es la primera vez que nos meteremos en esas cosas.
repito que el piso no lo quiero simplemente vo justo que mientras viva con el deberia ayudarle a pagarlo.
se podria simplemente firmando un acuerdo mediante notario?
muchas gracias


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NotaPublicado: Mié, 01 Jul 2015 11:07 pm 
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Registrado: Lun, 08 Jun 2015 7:00 pm
Mensajes: 5
cuando dices que hay gente que les ha tocado una VPO no se como no se a que te refieres.
Pero si te toca legalmete no se que objecion pones al que la quiera vender . tu se honesto y dime que harias en este caso. mi caso
Me toca una VPO en ppiedad cuando mi sueldo es de 125000 pts mes. , la compro y me la quedo. ahora mi sueldo es mayor y me podria comprar una casa mejor porque ademas tengo pareja. ?que hago ? pido que me expropien ? Vamos hombre, el problema es que LA LEY es injusta en si misma. el problema no es de las personas.


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