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NotaPublicado: Lun, 25 Oct 2010 11:13 pm 
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Registrado: Lun, 25 Oct 2010 11:09 pm
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hola, puedo vender mi vivienda vpo antes de los 10 años q marca en la escritura devolviendo la subvencion que se me dio en su día? unos 10.000€

hemos tenido 2 hijos en estos 7 años, me puede ayudar de cara a venderla antes de los 10 años??? el piso tiene 70 m2, no se si el caso del incremento de miembros es solo para casos de familia numerosa

en la escritura indica q hasta los 15 años no podre descalificarla


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NotaPublicado: Mar, 26 Oct 2010 2:54 pm 
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Registrado: Jue, 31 Jul 2008 4:44 pm
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Ubicación: Andalucía
Hola,

puedes vender tu vivienda antes de los 10 años, siempre y cuando puedas justificar una de las razones que entiende la Junta como válidas: traslado a otra localidad, cuidado de una persona enferma a tu cargo... No creo que si justificas la venta por haber tenido 2 hijos te autoricen venderla, al fin y al cabo 70m2 no es algo tan pequeño.

La Junta te indicará el precio máximo de venta de la misma, aunque también lo puedes calcular tú mismo desde la web de la Junta para hacerte una idea.

Nosotros podríamos ayudarte a realizar este trámite e incluso aumentar un 10% el precio máximo de venta que establezca la Junta de Andalucía.

Un saludo,

SOLUCIONES VPO

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Soluciones VPO
Asesoría jurídica especializada en vivienda protegida de Andalucía
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NotaPublicado: Mar, 26 Oct 2010 8:50 pm 
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Registrado: Lun, 25 Oct 2010 11:09 pm
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no lo entiendo, que varía entre esperar 10 años o vender a las 8 si de todos modos tendré que devolver las subveciones (alrededor de 10.000€ + intereses), no me enriquezco en nada, al contrario me perjudica estar amarrado a un lugar donde no estoy agusto

vivimos en alcala de gdra y trabajo en sevilla, mi mujer antes trabajaba ha trabajado en alcala cerca de 6 años pero trabajaba en sevilla cuando nos concedieron la vpo, serviria esa excusa? me mudo a otro pueblo pues mi mujer ahora ya no trabaja en alcala y yo trabajo en sevilla???

simplemente queremos vender y cambiar por no estar comodos en el bloque, etc e intentar mejorar de vivienda (una con mas metros) a consta de irnos mas lejos de sevilla......


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NotaPublicado: Mié, 27 Oct 2010 12:53 pm 
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Registrado: Jue, 31 Jul 2008 4:44 pm
Mensajes: 14
Ubicación: Andalucía
Si, puedes solicitar la autorización de venta alegando que ninguno trabaja ahora en esa localidad. Tienes que saber muy bien lo que pones y como lo pones para evitar que te lo denieguen, pero puede ser un motivo de traslado, claro que si.

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NotaPublicado: Mié, 24 Nov 2010 4:53 pm 
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Registrado: Lun, 16 Ago 2010 11:04 pm
Mensajes: 19
Ubicación: Sevilla
Yo creo que no vas a poder venderla de forma legal antes de cumplir los 10 años, solo te puede autorizar esa venta por varios motivos justificados y tipificados, como traslado a otra ciudad, o enfermedad de algun familiar y sea pertinente cambiar de casa, pero aun asi con 2 niños yo creo que no te van a autorizar dicha venta, pero quien sabe, sino pruebas no sabras.

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 Asunto: mismo caso
NotaPublicado: Mar, 12 Abr 2011 12:34 am 
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Registrado: Mar, 12 Abr 2011 12:30 am
Mensajes: 1
Ubicación: Alcalá de Guadaira
Estimado marnic23, estoy en tu misma situación salvo que yo tengo que cambiar de vivienda por temas de salud -minusvalía- tengo la vivienda en Alcalá de Gra. y es de 2004, el caso es que tengo un posible comprador pero el cual creo que no cumple los requisitos ya que posee vivienda en propiedad, mi gozo en un pozo???

El caso es que después de ir a la pza. San andrés para pedir los impresos nadie me aclara cuales son los pasos para vender y si es posible o no a una familia con una vivienda en propiedad que a la vez tienen en venta.

Alguien podría orientarme? he escrito a SOLUCIONES VPO, espero que ellos me dén alguna solución.

Un saludo.


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NotaPublicado: Dom, 22 May 2011 12:23 am 
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Registrado: Sab, 21 May 2011 12:04 pm
Mensajes: 3
eduledu, creo que esto puede ayudarte,pues puedes conseguir otra VPO, y para conseguir la nueva y venderla pasate por el Registro Municipal de Demantantes.

ORDEN de 10 de noviembre de 2008, de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012.
Artículo 28. Presentación de solicitudes para el sorteo.
5. Podrán participar en el procedimiento de selección las personas que necesiten una vivienda de mayores dimensiones por haber adquirido la condición de familia numerosa o por necesitar una vivienda adaptada cuando alguno de los componentes de la unidad familiar se encuentre discapacitado con movilidad reducida o en situación de dependencia, y sean titulares del pleno dominio de una vivienda protegida o de una vivienda libre cuando, en este último supuesto, su valor, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre T. Patrimoniales, no exceda del 40 por ciento del precio máximo de una vivienda de precio general en el mismo municipio. En el supuesto de resultar beneficiario en el sorteo, el adjudicatario debe trasmitir la vivienda con anterioridad a la fecha de formalización del contrato.


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NotaPublicado: Dom, 22 May 2011 12:31 am 
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Registrado: Sab, 21 May 2011 12:04 pm
Mensajes: 3
marnic23, tu caso es mas difícil, pero si tu piso es de 70 m2 construidos intentaría basarme, en el siguiente artículo de la ORDEN de 10 de noviembre de 2008, de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012.
Artículo 4. Justificación de la «intención de convivir».
4. Las viviendas que se adjudiquen a unidades de convivencia deberán tener una superficie útil de, al menos, dieciocho metros cuadrado por persona.
Si la superficie de 70 m2 es útil, lo tienes muy difícil, porque rebasas solo en 2 m2 dicho límite. Espero te sirva de ayuda. Un saludo a todos.


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NotaPublicado: Sab, 07 Jul 2012 2:01 pm 
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Registrado: Sab, 07 Jul 2012 1:49 pm
Mensajes: 1
Buenas yo adquiri una vivienda cuando tenia 2 hijos,la vivienda tiene 70m.
Ahora hemos tenido otro hijo y estamos buscando otra vivienda algo mas grande.Mi pregunta es si me puedo desvincular de esta vivienda para poder adquirir la otra,saber tambien que lo unico que pido es la cantidad que he pagado por ella ni mas ni menos y la otra pregunta yo tengo que buscar el comprador o la junta en este caso buscan ellos el comprador.Gracias.


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NotaPublicado: Vie, 05 Oct 2012 5:43 pm 
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Registrado: Vie, 05 Oct 2012 5:27 pm
Mensajes: 1
Hola a todos me presento me llamo Sergio y soy de un pueblo de la sierra de cadiz, pues bien mi pregunta es la siguiente:
Adquirí una Vpo en Enero de 2005, cuando entonces tenia trabajo temporal y era a lo que podía agarrarme, entonces decía "su piso por 180€/mes" un carajo pago 293 y no tengo ayudas, si tuve una ayuda de 10.000 euros en la compra que religiosamente tuve que declarar en hacienda durante 4 años y no veas que bien que tuve que devolver todos los años a hacienda, pues bien en 2006 me caso y en 2007 me hago indefinido pero en una población a 90km de la Vpo y mi mujer ídem de lo mismo pero a 10km de nuestra Vpo, pues bien por motivos del trabajo no puedo vivir en un radio de mas de 50km de mi trabajo, cosa que ya estoy incumpliendo, y ahora la pregunta, puedo vender a la junta de Andalucía para adquirirle otra en la ciudad donde actualmente trabajo??, y si no fuera posible, podría recuperar solo la inversión de lo amortizado en el piso para poder darlo de entrega en otra casa o simplemente vender por lo invertido y hacer un traspaso de lo que queda de hipoteca para el que necesite una vivienda, saludos y haber si recibo alguna respuesta o información al respecto.
Ejemplo piso de 72.000€ me quedan 35.600€ de hipoteca y solo pido 30.000€ para mi (para entregarlo en la vivienda nueva, eso sí, solo se quedarían los aires y la cocina los muebles me los llevo)


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NotaPublicado: Mar, 15 Ene 2013 12:39 pm 
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Registrado: Mar, 15 Ene 2013 10:58 am
Mensajes: 3
Sergio_Cadiz escribió:
Hola a todos me presento me llamo Sergio y soy de un pueblo de la sierra de cadiz, pues bien mi pregunta es la siguiente:
Adquirí una Vpo en Enero de 2005, cuando entonces tenia trabajo temporal y era a lo que podía agarrarme, entonces decía "su piso por 180€/mes" un carajo pago 293 y no tengo ayudas, si tuve una ayuda de 10.000 euros en la compra que religiosamente tuve que declarar en hacienda durante 4 años y no veas que bien que tuve que devolver todos los años a hacienda, pues bien en 2006 me caso y en 2007 me hago indefinido pero en una población a 90km de la Vpo y mi mujer ídem de lo mismo pero a 10km de nuestra Vpo, pues bien por motivos del trabajo no puedo vivir en un radio de mas de 50km de mi trabajo, cosa que ya estoy incumpliendo, y ahora la pregunta, puedo vender a la junta de Andalucía para adquirirle otra en la ciudad donde actualmente trabajo??, y si no fuera posible, podría recuperar solo la inversión de lo amortizado en el piso para poder darlo de entrega en otra casa o simplemente vender por lo invertido y hacer un traspaso de lo que queda de hipoteca para el que necesite una vivienda, saludos y haber si recibo alguna respuesta o información al respecto.
Ejemplo piso de 72.000€ me quedan 35.600€ de hipoteca y solo pido 30.000€ para mi (para entregarlo en la vivienda nueva, eso sí, solo se quedarían los aires y la cocina los muebles me los llevo)



A ver Sergio.... las viviendas de VPO pueden venderse antes de los 10 años pero siempre pidiendo autorización. Si vosotros trabajais en localidades distintas es más que motivo suficiente para que te den la autorización, sólo tendrías que aportar junto con la solicitud de venta el contrato de trabajo y comunicar que deseas trasladarte a otra localidad mas cercana a tu puesto de trabajo.

Para ello deberás devolver las ayudas y lo que te hayan dado para el prestamo con intereses.

Lo que si vas a tener que hacer siempre, hasta que tu vivienda deje de ser protegida, es comunicar la venta, una vez que encuentres comprador deberás comunicar la venta a la Delegacion de Fomento y Vivienda de tu provincia para ello tu comprador debe cumplir los requisitos para acceder a una vivienda protegida, no tener vivienda en propiedad y no superar unos ingresos determinados dependiendo de si tu vivienda es de reg especial o general.

Si necesitas más ayuda puedes escribirme a ayudavpo@hotmail.com

Un saludo.


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NotaPublicado: Mié, 08 Oct 2014 10:04 pm 
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Registrado: Mié, 08 Oct 2014 9:55 pm
Mensajes: 1
Hola, he leído que si vendes tu vivienda VPO antes de los diez años tienes que devolver la subvención, pero a ver si alguien puede aclararme si tengo que devolverla si la vendo pasados los diez años. Gracias


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