JLVA escribió:
Supongamos que una pareja de novios adquiere una VPPL en la Comunidad de Madrid, sin ayudas ni préstamo cualificado y cumpliendo todos los requisitos, obviamente. Con esto pueden sumar ingresos y afrontar más cómodamente los pagos de la hipoteca, a nombre de los dos.
Ojo que cuando digo pareja de novios, podría ser matrimonio, 2 amigos, 2 hermanos…
Una de las condiciones en VPPL es residir y que se trate de vivienda habitual de los 2 titulares.
Pero como en esta vida nada es para siempre, resulta que pasados 8 años la pareja se separa (y el que se va se empadronará en otra ciudad, también en Com. Madrid) y ninguno de los dos tiene dinero como para comprarle al otro su parte.
¿Qué opciones tienen?
1: Venderla a precio de módulo y repartirse al 50% el dinero.
2: Alquilarla a precio de módulo a un tercero y repartirse lo recaudado mes a mes. ¿En este caso, el tercero tendría que usarla como vivienda habitual? Y este tercero, por tratarse de segunda transmisión, ¿tendría que cumplir condiciones de VPPL o podría ser ya propietario de otra vivienda en Madrid?
3: ¿Podría hacer un alquiler de su parte el titular que se va al titular que se queda, por un importe simbólico, incluso en precario?
4: Podrían continuar como si nada hasta que mejoren su situación económica
5: En todo caso ¿hay que informar? ¿O al seguir residiendo uno de ellos, no habría ningún problema?
Cualquier comentario o respuesta aunque sea parcial será siempre bienvenida.
Hola JLVA.
Este caso creo que lo mejor es que lo pongan en manos de una persona conocedora, ó que
les informen en vivienda de la Comunidad de Madrid.
Te voy a dar mi modesta opinión, sin conocer a fondo el tema:
1.- No es mala solución.
2.- Esta vivienda no tengo tan claro que se pueda alquilar, tan fácilmente y de la forma que dices, ni se les ocurra, se complicarían la vida, seguro.
3.- Lo mismo que la segunda.
4.- Seria una solución.
5.- Siempre, y si se hace contrato de arrendamiento, con mas motivo.