pringao escribió:
Gracias por contestar.
Se ha tenido paralizada la comercialización durante este tiempo por causas ajenas a mi persona, ya que yo he querido y quiero escriturar. Tras confirmarme el sí, he incurrido en unos gastos que ahora qué? Me tengo que responsabilizar de ello?
Te leo la clausula en la que hace referencia al tema de compraventa:
Para que tenga lugar una compraventa en relación con el inmueble será necesario que a) nuestro organo de decisión interno y control no denieguen la oferta y b) que se formalice la compraventa entre propiedad e interesado con anterioridad al fin del periodo de reserva.
El importe de reserva le será devuelto en el caso en que no se lleve la operación a cabo en los tres dias hábiles siguientes a la finalización del contrato de reserva
SObre el epígrafe a), si ellos han hablado con notaria sobre importes y fechas, es un claro indicio de que se ha aceptado la oferta
Sobre la reserva, sé que me serán devueltos los 3000.-€, lo que quisiera saber es si una persona dice sí, ocasionando daños y perjuicios a una contraparte, esta queda impune de cualquier indemnización?
Además habla de plazo para formalizar compraventa, no de plazo para denegarme una oferta.
También hay una clausula en el que dice que durante 45 días el inmueble queda fuera de comercialización, si ha sido enseñado a un tercero que ha ofertado más, no creeis que están incumpliendo un epigrafe del contrato de reserva? Se podría anular esta supuesta oferta de cantidad mayor y obligar a que acepten mi oferta tal y como ya habian hecho?
El importe de reserva le será devuelto en el caso en que no se lleve la operación a cabo en los tres dias hábiles siguientes a la finalización del contrato de reserva.Esta es la respuesta. Te lo dicen muy claro ¡no se comprometen a nada! Esa inmobiliariate te ha metido un puerro de los que suelen ser, lastimosamente, habituales en esta profesión. Por eso la mala fama bien ganada que tenemos.
Según ese documento, si tú tienes aprobada la financiación, pero luego, decides no comprar... te quedas sin la pasta.Pero si la propiedad, a última hora, digamos que no le sale del higo venderte... pues no lo hace y no pierde nada ¡te devuelven TU DINERO! Todo eso porque el pendejo de la inmbiliaria ha jugado contigo; por mala fe, o por ignorancia.
Yo prefiero no coger señales, pero si lo hago, comprometo tambiíen al vendedor, es decir; le doy el caracter de arras penitenciales aunque sea una cantidad pequeña, porque sino ¿que sentido tiene?
Pero lo lógico, es que una vez que está arreglado el tema de la hipoteca, y el notario tiene todo ok, se debe de hacer inmediatamente un contrato de compraventa apportando una cantidad suficiente, como para que las dos partes estén bien comprometidas. El 10% suele ser lo habitual. En este caso te devolverán tu dinero y listo.
De todos modos estaría bien que contaras porque no hicisteis un contrato de compraventa como es habitual ¿te lo plantearon y tu no quiesite, no quiso la vendedora, la inmobiliaria...? no, la inmobiliaria seguro que no. Es raro todo esto.