Cambiar tamaño de la fuente


Publicar un nuevo temaPublicar una respuesta Página 1 de 7   [ 101 mensajes ]
Ir a página 1, 2, 3, 4, 5 ... 7  Siguiente
Autor Mensaje
NotaPublicado: Vie, 29 Ene 2010 10:43 am 
Participante
Participante

Registrado: Jue, 28 Sep 2006 10:17 am
Mensajes: 88
¿Alguien sabe ya algun valor real? No dice nada de valor por zonas. ¿ que pasa en las zonas malas si muchos no compran, merece la pena? ¿solo tien interés para descalificar? Gracias a los que opineis.


http://www.munimadrid.es/portales/munim ... 0ca8c0RCRD

28.01.2010

Más de 10.000 titulares de derecho de superficie podrán adquirir las viviendas en las que residen

Ya es posible comprar los pisos del Plan 18.000
El Ayuntamiento pone fin a una situación jurídica compleja y da respuesta a una reivindicación vecinal de hace más de diez años
El Programa -vigente hasta el 31 de diciembre- se extenderá a 108 parcelas del Patrimonio Municipal del Suelo repartidas en 15 distritos de la ciudad. Hay 8.559 viviendas protegidas y 2.107 garajes y locales
Los expedientes concretos para la enajenación del suelo pueden comenzar de forma inmediata al estar ya aprobados los requisitos jurídicos necesarios
Dada la actual situación de crisis inmobiliaria serán precios de venta asequibles: por ejemplo, por una vivienda de 72 metros cuadrados útiles con plaza de garaje se pagarían 26.900 €, más IVA

El Gobierno de la Ciudad de Madrid ha elaborado un nuevo Programa de Enajenación de Suelo de las viviendas protegidas que se construyeron en el marco del denominado Plan 18.000, que data de 1984. Con este proyecto el Ayuntamiento pone fin a una situación jurídicamente compleja, que da viabilidad y respuesta a una reivindicación vecinal planteada hace más de diez años: adquirir la plena propiedad de los inmuebles en los que residen. La iniciativa beneficia a más de 10.000 titulares de derecho de superficie, de los que 8.559 son familias residentes en viviendas protegidas.

Un régimen más flexible es la novedad de este Programa de Enajenación, que facilitará que los residentes, exista o no unanimidad de su comunidad o mancomunidad de propietarios, puedan ahora optar a la compra de la cuota de suelo que les corresponda.

El Programa se extenderá a de 108 parcelas del Patrimonio Municipal del Suelo, sobre las que se constituyeron derechos de superficie para la construcción de vivienda protegida, fundamentalmente en el marco del denominado Plan 18.000. De las 108 parcelas, 18 están situadas en el distrito de Ciudad Lineal, 14 en San Blas, 12 en Villaverde, 10 en Hortaleza, 9 en Fuencarral-El Pardo, 9 en Latina, 9 en Moratalaz, 6 en Usera, 5 en Arganzuela, 4 en Tetuán, 4 en Moncloa-Aravaca, 4 en Carabanchel, 2 en Vicálvaro,1 en Puente de Vallecas, y 1 en Barajas.

Las parcelas objeto del Programa tienen una superficie total de 816.100 metros cuadrados edificables, y en ellas están construidas 8.559 viviendas protegidas, de las cuales 4.899 son de Régimen General y 3.660 de Régimen Especial. Además, existen 2.107 plazas de garaje y locales, con lo que el número de unidades registrales cuyas cuotas de suelo son susceptibles de enajenación alcanza la cifra de 10.666.

Plan 18.000

Este Plan data de 1984, cuando el Ayuntamiento de Madrid inició una política de puesta en el mercado de diversas ofertas de suelo con destino a la construcción de viviendas de protección oficial en régimen cooperativo, mediante la fórmula de constitución de derechos de superficie con carácter gratuito sobre parcelas municipales, a favor de los adjudicatarios resultantes de diversas convocatorias.

Como consecuencia de este planteamiento, el dominio sobre los edificios construidos se dividió entre el Ayuntamiento -titular del suelo- y los residentes en las viviendas, legalmente denominados superficiarios por ostentar exclusivamente un derecho sobre lo construido en la superficie. El resultado práctico fue que los residentes no pudieron inscribir en el Registro de la Propiedad el pleno dominio de sus viviendas protegidas.

En 1992, y previo acuerdo del Pleno municipal, se llevó a cabo un primer intento que no alcanzó su objetivo al exigirse como requisito imprescindible que el acuerdo fuera adoptado por unanimidad en las respectivas comunidades de propietarios. El resultado final fue la enajenación de sólo 8 parcelas.

Tramitación

Gracias a la aprobación de este Programa de Enajenación de Suelo pueden comenzar de manera inmediata los expedientes concretos para la enajenación del suelo a cada uno de los titulares superficiarios que estén interesados en ellos.

Para su venta, el suelo se valorará teniendo en cuenta los módulos vigentes en materia de vivienda protegida, siempre que se trate de pisos, plazas de garaje vinculadas, anejos y demás elementos incluidos en las calificaciones definitivas de protección oficial. En el caso de cuotas correspondientes a plazas de garaje no vinculadas a las viviendas y locales comerciales, serán de aplicación para el cálculo del valor de suelo los métodos de mercado. No obstante, dada la actual situación de crisis inmobiliaria, la diferencia de valor derivada de la aplicación de uno u otro régimen no será significativa, por lo que en ambos casos se tratará de precios de venta asequibles para los posibles compradores.

Por ejemplo, una vivienda de protección oficial de régimen general, con una superficie de 72 metros cuadrados útiles y una plaza de garaje vinculada de 25 metros cuadrados, cuyo titular posee un porcentaje en la división horizontal del 0´81%. En este caso, la cantidad a pagar sería de 26.900 euros, más el IVA correspondiente. Esta cantidad disminuiría si la vivienda estuviera sujeta al régimen especial, dada la diferente valoración del módulo de vivienda protegida.

Notificación individualizada

Será el propio Ayuntamiento el que inicie el proceso de enajenación, remitiendo a cada titular superficiario una notificación individualizada en la que se hará constar la identificación registral de la finca o vivienda afectada, la cuota de suelo que corresponde a cada titular según el porcentaje de participación en la división horizontal y el precio de venta fijado. Las notificaciones comenzarán a efectuarse en este primer trimestre del año, y a partir del momento en que sean recibidas por los interesados, podrán ejercer su derecho de compra.

Quienes quieran participar en este Programa de Enajenación, que estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre sin perjuicio de posibles prórrogas, pueden acceder a las condiciones y requisitos a través de la web del Ayuntamiento de Madrid y de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo. Para cualquier consulta, los interesados tienen a su disposición las oficinas de la EMVS situadas en el número 11 de la calle Fray Luis de León, y en el teléfono 91 516 85 70./


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Lun, 01 Feb 2010 12:45 am 
Moderador
Moderador
Avatar de Usuario

Registrado: Mié, 02 Ago 2006 9:32 pm
Mensajes: 5109
Enhorabuena Plan18000, porque si no recuerdo mal estabas interesado en la compra.

:lol:


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Jue, 04 Feb 2010 4:50 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Vie, 13 Abr 2007 12:35 pm
Mensajes: 13
Excelente noticia....
La pregunta/duda que tengo ahora y que por más que busco la respuesta no la encuentro es ¿Cuanto dura el régimen de protección de este plan 18000?
un saludo a todos


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Vie, 05 Feb 2010 10:00 am 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Vie, 05 Feb 2010 9:51 am
Mensajes: 2
Hola buenos días,

El derecho de superficie de las viviendas del plan 18000 es de 75 años, si permiten la enajenacion del suelo es porque el ayuntamiento está endeudado hasta las cejas, teniendo en cuenta que el valor calculado de las viviendas de protección en Madrid ronda los 1000 euros por metro cuadrado (si no estoy mal informado), supone una nueva hipoteca que a pocos nos interesa ...

A pesar de todo siempre habrá a quién pueda interesarle (aunque no quede con que especular)


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Vie, 05 Feb 2010 2:49 pm 
Participante
Participante

Registrado: Jue, 28 Sep 2006 10:17 am
Mensajes: 88
Duracion del regimen: muy sencillo, 75 años, luego TODO revierte al Ayuntamiento.
Interesa: tambien dudo, el que tenga el piso bien situado, un negocio genial, para el resto como dices, dudoso. Puede interesar para evitar tramites a la hora de vender, pero economicamente con la crisis ...


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Vie, 05 Feb 2010 3:42 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Vie, 13 Abr 2007 12:35 pm
Mensajes: 13
Lo de los 75 años y despues todo para el ayuntamiento lo sabía, pues tú lo que adquieres es la propiedad de lo que se llama "vuelo", es decir, lo construido. Pero a los 75 años como bien decis el propietario del terreno (ayuntamiento) recupera el terreno y lo construido en el.
Lo que preguntaba es si el régimen de protección como VPO desaparece al cabo de los años (20, 30, o nunca). Ya sé que a partir de los 15 años de la calificación definitiva se puede pedir con ciertas garantias de exito. Pero devolviendo ayudas y tal, creo.
La pregunta viene a cuento de que para qué comprar el terreno si luego esta descalificación "automática" no se va a producir nunca y si la pides y tienes que pagar un montón de dinero en ayudas recibidas, intereses, compensaciones y demás, pues no veo posible rentabilidad o revalorizacion por ningún lado a esta operación.
Que conste que no estoy pensando actualmente en desprenderme de mi vivienda, pero ya se sabe que el futuro siempre es incierto.....
Un saludo.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Lun, 08 Feb 2010 12:45 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Lun, 08 Feb 2010 12:19 pm
Mensajes: 1
Hola:

Me acabo de registrar en el foro. Ayer me enteré de que nos iban a ofrecer el suelo de nuestras viviendas. Yo también quiero comprar, pero al enterarme del precio, me pillé un cabreo de tres pares de narices.
No se como podeis estar de acuerdo. Cuando compramos los pisos nos ofrecieron el terreno por 1.200.000 ptas. no se pudo comprar pues era por unanimidad de todos los vecinos y siempre hay alguien que en ese momento no puede.
¿Porqué hoy han cambiado de opinión y lo ofrecen individualmente?
¿Porque esa diferencia de precio?
¿Que pasa, que hoy nuestro querido alcalde está hasta el cuello y quiere hacer liquidez a costa de todos nosotros?
No me parece justo. Lo suyo es una cantidad equilibrada entre el 1.200.000 ptas. que nos ofrecieron y los 26.900 euros + iva + escrituras etc. que nos ofrecen hoy. (este es el precio que ofrecen por una vivienda de 72 m.
Esperaremos a ver por donde salen.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Lun, 08 Feb 2010 4:58 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Lun, 08 Feb 2010 4:52 pm
Mensajes: 2
Hola también soy nueva en este foro. Necesito información: el IVA es el 16%: Por qué??????? el suelo y la vivienda no es el 7%? cuando yo compro cualquier casa, el inmueble completo (construcción y suelo) el IVA que ingreso en Hacienda es el 7%. Por qué ahora y sólo por el suelo es el 16%. Necesito que alguien me aclare esto, o necesito orientación para reclamar.
Saludos a todos!


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Lun, 08 Feb 2010 6:28 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Lun, 08 Feb 2010 4:52 pm
Mensajes: 2
Perdonar que insista, pero tengo dudas sobre el punto 8 LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN DEL DERECHO DE SUPERFICIE. Esta mañana he llamada al tfno de información, de primeras me indican que una vez que escrituro el suelo ya es mio de pleno derecho, pero cuando he leido el punto 8.1 han quedado en llamarme para verificar lo expresado.
Por otro lado, he preguntado si para la compra del suelo se puede pedir un crédito hipotecario y me han dicho que los bancos les están preguntando lo mismo.....
En fin, que si alguien puede darme algo de luz, lo agradecería.
Salu2

:roll:


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Lun, 01 Mar 2010 3:36 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Mar, 04 Ago 2009 5:36 pm
Mensajes: 3
La vivienda en la que resido esta calificada como VPO de régimen especial y con cesión gratuita de suelo, perteneciente al plan 18000 de viviendas del ayuntamiento de Madrid.
Lo de que a los 75 años toda la propiedad revierte al ayuntamiento, soy consciente de ello y no tengo nada que objetar, puesto que en su día firmé las escrituras y en ellas se hace referencia a esto, al igual que también tengo claro que dentro esos 75 años tengo el pleno derecho tanto del suelo como de lo construido.
Lo que a mi me indigna es que el ayuntamiento este utilizando en estos momentos este argumento como amenaza para meter miedo a la gente y obligarnos a comprar el suelo por una media de 35.000 € por vecino.
Viene a decir que si en el plazo que ellos estipulan unilateralmente no haces frente al pago, mas tarde no podrás hacerlo y se hacen con la titularidad de todo... ¿y que?
¿Es que acaso no sabemos que eso ocurrirá dentro de 75 años?
¿A que viene tanta prisa?
¿Por que dan un plazo tan breve y amenazan con que después no se podrá?
Esta clarísimo (DESINFORMACIÓN + PRISAS + AMENAZAS + MIEDO)= DINERO RÁPIDO


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Jue, 25 Mar 2010 3:16 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Jue, 25 Mar 2010 10:55 am
Mensajes: 1
Comunico que el numero de telefono que se indica para informacion no es el correcto. Yo he llamado y es el telefono de un alto cargo de la empresa al que no hacemos nada más que interrumpir con nuestras llamadas. Os indico el numero correcto para aquellos que tengais que llamar es 91 126 34 94 y tienen un correo de consulta plan18000@emvs.es. En este telefono son muy amables. Si no te lo cogen hay un contestador donde dejas tus datos y en el mismo dia te devuelven la llamada.
Un saludo.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Lun, 05 Abr 2010 10:50 pm 
Nuevo
Nuevo
Avatar de Usuario

Registrado: Lun, 05 Abr 2010 10:34 pm
Mensajes: 2
A mi me ha llegado la carta del ayuntamiento, me piden 28000 euros + IVA.
La verdad es que no se que ventaja puedo tener al comprar el suelo ahora o esperar a la proxima (si se produce...) por que la informacion que te dan es como si te metieran miedo y prisa para que la compres... estoy en un mar de dudas... :cry:


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Mar, 13 Abr 2010 7:03 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Mar, 13 Abr 2010 6:54 pm
Mensajes: 1
hola a todos. yo ya he ido a la EMVS con los papeles que me han pedido, voy a comprar el suelo para que la propiedad sea completamente mía. La proteccion oficial de la vivienda aún comprando el suelo no se va hasta los 30 años, lo pone en la escritura que tenemos de lo construído. lo peor es el prestamo hipotecario con el banco, yo estoy loca, porque te cancelan el prestamo que te queda y te hacen una nueva y los gastos ascienden a unos 2000 o mas dependiendo de lo que quede. te piden de todo no se fian y una vez que des el dinero de las arras no te puedes echar atras porque no te lo devuelven.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Lun, 19 Abr 2010 11:05 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Lun, 19 Abr 2010 10:48 pm
Mensajes: 6
Acabo de leer que el banco no amplía el préstamo con las mismas condiciones, es deicr, ahora que casi todos hemos pagado los intereses de nuestros préstamos hipotecarios, y por lo tanto en la mayor parte de los casos sólo estamos pagando el principal, ahora lo que quieren es que cancelemos toda y pidamos nuevamente un préstamo por lo pendiente para que sobre eso paguemos intereses. MENUDOS SINVERGÜENZAS. Por esto me gustaría saber si realmente ellos no están obligados a realizar una hipoteca con las mismas condiciones puesto que sigue siendo una vpo con características especiales (en mi caso). ¿Pueden obligarnos a hacer eso para poder comprar el suelo? ¿ No debería regirse por el mismo régimen jurídico en el que se encuadra el plan 18000?¿Es normal que este procedimiento perjudique al comprador cuando si esto se hubiese realizado en su momento hubiésemos salido más beneficiados que ahora?


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
 Asunto:
NotaPublicado: Lun, 19 Abr 2010 11:10 pm 
Nuevo
Nuevo

Registrado: Lun, 19 Abr 2010 10:48 pm
Mensajes: 6
Jabs usted comenta que en el plazo de 75 años tendríamos la pleno derecho sobre el suelo como de lo construido, no lo entiendo ¿qué diferencia hay entre que la propiedad revierta al ayuntamiento y el pleno derecho?


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Publicar un nuevo temaPublicar una respuesta Página 1 de 7   [ 101 mensajes ]
Ir a página 1, 2, 3, 4, 5 ... 7  Siguiente


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 3 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro

Saltar a:  
cron




© 2003 de LaInmobiliaria.org, salvo los comentarios que son propiedad de sus respectivos autores.
Gracias a [p h p B B] por facilitarnos el código del programa.