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NotaPublicado: Vie, 18 Ene 2013 10:39 am 
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Registrado: Mar, 20 Abr 2010 9:31 pm
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Hola, a mi hermano y a mi la emvs de madrid nos adjudicó una VPO de regimen gral., en 1995. Desde que la solicitamos hasta que nos las conceden (unos 4 años), mi hermano se casa y tiene un 1 hijo. Cómo no quisieron meterse a vivir, me metí yo sola. He pagado desde la 1ª psta. hasta el ultimo euro de la hipoteca (incluidos gastos notaria,escrituras, etc.). No he descalificado la vivienda, pq en ppio. seguiré viviendo en ella. Mi hermano consta en las escrituras y en el contrato compra-venta. Cómo la relación empezó a ser muy mala con él (por su parte), le pedí que se saliera de las escrituras y del contrato compra-venta y se comprara una vivienda con su mujer e hijo. Me dijo que si ya es adjudicatario de una VPO, no puede solicitar otra vpo/vpp ¿esto es cierto?. Para dejarme de propietaria a mi sola, me dice que le compre su parte de la vivienda. Si él renunciara a las buenas a la vivienda o le comprara su parte ¿sigue él figurando en el registro de la propiedad?, ¿Me puede certificar el banco que he sido yo la unica pagadora?, si es así, que resto de tramites hay que realizar? ¡¡Estoy perdida y deprimida¡¡.
Otra cosa breve: hay vecinos que han oido q el suelo ya es nuestro, le pregunto a los administradores y no lo saben con seguridad. ¿Qué significa que el suelo es nuestro?, ¿que ventaja tiene ésto?, ¿quien me puede informar con seguridad?. Si necesitais algun dato mas para mejor respuesta, decidmelo por favor. Necesito ayuda. Os agradezco pronta respuesta. Muchas Gracias y Saludos


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NotaPublicado: Vie, 18 Ene 2013 8:11 pm 
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Registrado: Mié, 02 Ago 2006 9:32 pm
Mensajes: 5109
La Ley prevee que uno de los propietarios se salga de la propiedad, esto sobretodo es útil en caso de separación matrimonial, pero también sirve para tu caso, la figura jurídica es la disolución de condominio. Pregunta a un abogado o directamente en la notaría.

Respecto a lo del suelo, depende de la promoción, leyendo la escritura se puede saber, también puedes ir a tu Registro de la Propiedad y que te informen al respecto.


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