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NotaPublicado: Mar, 11 Nov 2014 3:20 pm 
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Registrado: Mar, 11 Nov 2014 3:04 pm
Mensajes: 1
Buenas a todos, soy propietario de una VPP desde hace 7 años, tengo intención de vender, al empezar a mirar sobre las gestiones y trámites que hay que realizar para la venta del piso me encontré con la desagradable sorpresa de que la EMV exige el pago del 20% del total del importe de la venta, alguien sabe algo de esto? En algunos sitios he visto que podría existir la posibilidad de evitar ese pago, aunque leyendo las escrituras figura esta cláusula.
Si alguien sabe algo sobre esto estaría muy agradecido cualquier información
Saludos


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NotaPublicado: Mié, 08 Abr 2015 5:11 am 
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Registrado: Mié, 08 Abr 2015 4:55 am
Mensajes: 2
Hola
Estoy en tu misma situación que Davcar y quería saber si alguien a encontrado la forma de evitar pagar ese 20% a la emv. Lo único que se me ocurre es intentar vender el piso a traves de ellos, pero parece bastante improbablel, ya que sería
de tontos renunciar a un importante pellizco.


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NotaPublicado: Jue, 09 Abr 2015 8:03 pm 
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Registrado: Mié, 29 Jul 2009 2:54 pm
Mensajes: 17
Hola, en mi escritura de vpo aparece esta clausula, pero pone que solo es efectiva los 5 primeros años...a lo mejor vpo y vpp tienen diferentes caracteristicas...un saludo


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NotaPublicado: Mar, 14 Abr 2015 11:59 am 
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Registrado: Sab, 31 Ene 2009 4:54 pm
Mensajes: 98
angel.serrano escribió:
Hola
Estoy en tu misma situación que Davcar y quería saber si alguien a encontrado la forma de evitar pagar ese 20% a la emv. Lo único que se me ocurre es intentar vender el piso a traves de ellos, pero parece bastante improbablel, ya que sería
de tontos renunciar a un importante pellizco.


A mi me dijo un familiar que si vendía a través de ellos no había penalización, pero de esto hace ya 3 o 4 años y no me fío nada de que se mantenga el mismo planteamiento. Si sabéis algo nuevo, sería interesante que lo posteeis. Gracias


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NotaPublicado: Mar, 02 Jun 2015 11:06 am 
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Registrado: Mié, 08 Abr 2015 4:55 am
Mensajes: 2
Buenos días.

Hace unas semanas y dada la poca claridad que hay en este asunto, me pase por las oficinas de viviendaprotegidasi para hacerles la consulta de los pasos a dar para vender mi vivienda de vpp promovida por la emvs así como mis obligaciones o cargas. Allí me hicieron un informe en el que me comentaron que si lo vendía antes de los 10 años trascurridos desde la concesión de calificación definitiva, primero debía solicitar autorización de venta y renuncia del derecho de tanteo y retracto a la Consejería de Transportes, infraestructuras y Vivienda de la comunidad de madrid, incorporando un certificado emitido por el banco en el que se manifieste que el préstamo que grava la vivienda es libre. Si este fuese convenido deberíamos proceder a la novación/cancelación del mismo.
Segundo solicitar autorización de venta y renuncia del derecho de tanteo y retracto a la Empresa Minicipal de la vivienda y suelo de Madrid, indicando las circunstancias personales por las cuales quiere vender la vivienda.
Con respecto al 20% al que se refiere la EMV que hay que entregarles si lo vendemos por nuestra cuenta, desde este despacho me comentan no debo hacer frente a este pago ya que no se reflejo en las escrituras.


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