He metido la nariz en una VPP de la Avenida de Asturias, el problema es que ya tengo una vivienda de renta libre en otra comunidad, y esta la quiero comprar como segunda residencia, ni para alquilar, ni para especular que quede claro, pero aparte de que tiene que pasar 30 años para desclasificarla y que el derecho de tanteo y retracto ya pasó, ¿estoy obligado a que mi vivienda habitual sea la de vpp teniendo que residir por fuerza en ella y no esporadicamente?. Me urge porque el Viernes he quedado con el dueño para darle las arras, y la hipoteca ya esta concedida aunque no la he firmado todavía lógicamente, me urge por si inclumplo algo que pueda ser sancionable y entonces deshago toda la operación y me dejo de aventuritas con vpp. Esta sería ya la 3ª transmisión de dicha vivienda. POR FAVOR CONTESTARME QUE ADMITO SER UN IGNORANTE.
Está sujeta a este real decreto: Real decreto 1133/84 de 22 de febrero.
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