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NotaPublicado: Mié, 04 Jul 2007 11:08 am 
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Registrado: Lun, 02 Jul 2007 9:55 am
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Hola,

he leido algunos post sobre este tema, pero sigo teniendo algunas dudas, a ver si podéis asesorarme un poco.
Por motivos personales, no voy a poder habitar mi piso de VPP (entregado hace 4 meses), por lo que me estaba planteando alquilarlo (por suspuesto legalmente) para que alguien pueda beneficiarse al ser mas barato el alquiler y ademas alguien lo aprovecha y no se queda sin habitar. Logicamente tambien me beneficio yo recibiendo ese dinero para ayudarme a seguir pagandolo.

Por lo visto, el precio maximo es 7,37€ por metro cuadrado de piso y 4,42€ por metro de garaje y trastero.

A ver si podéis responderme a algunas preguntas:

1. Me han comentado que para poder alquilarlo hay que cancelar el prestamo, es esto verdad?
2. Tengo que alquilar obligatoriamente el garaje y trastero junto al piso?
3. Me imponen un precio maximo a pedir, pero ese precio nunca va a subir? lo digo porque a mi me subirá la hipoteca pero no podré subir el precio del alquiler entonces?
4. Si no puedo pasarme del precio maximo fijado entonces me pagarán lo mismo si lo dejo con muebles que sin ellos? estoy obligado a poner cocina o algun mueble?
5. Quien pagaria la comunidad? (los gastos de luz, agua y gas imagino que logicamente lo paga el inquilino).
6. El contrato de alquiler debe ser de un minimo de años o puedo alquilarlo por un año o menos?
7. Es cierto, lo q he leido q a los metros de garaje y trastero hay q sumarles la parte correspondiente de zonas comunes?

Gracias anticipadas y espero vuestra ayuda!
Saludos.


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NotaPublicado: Mié, 04 Jul 2007 2:58 pm 
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Registrado: Vie, 29 Jun 2007 7:07 pm
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Estoy en el mismo caso que tu y ahora vego de informarme de la AV de asturias

1.- efectivamente tienes que cancelar el prestamo cualificado por uno libre

2.-Si

3.-Los precios iniciales se actulizan anualmente con el ipc

4.- Efectivamenre te pagaran lo mismo con o sin muebles

5.-Tu, no puede sobrepasar el alquiler el precio maximo fijado

6.-El contrato minimo es de un año, prorrogable hasta 5 años forzosos si el inquilino quiere

7.- No lo se


Una vez cancelado el prestamo cualificado , tienes que depositar la fianza de un mes en la calle basilica, junto con el justificante de deposito,2 copias del contrato de arrendamiento con unas clausulas que tienes que agregarle que te las dan en las AV de asturias mas copia de la calificacion definitiva lo tienes que visar en la calle maudes o en la av de asturias.

Si no tienes fotocopia de la calificacion definitiva completa vete al registro de la av de asturias y solicita que te la menden por correo es necesaria para el alquiler

SI TE ENTERAS DE ALGO QUE YO NO SEPA HAZMELO SABER de todo esto me han informado hoy y espero que el funcionario que me ha informado lo haya hecho bien, porque cuando me entregaron la casa hace un mes me MAL informo otro funcionario alli mismo y me dijo que no se podia alquilar con el consecuente quebradero que me ha ocasionado durante un mes que he estado a punto de venderla perdiendo dinero por el tema de iva, notario, registro, bancos


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NotaPublicado: Mié, 04 Jul 2007 4:24 pm 
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Registrado: Mar, 20 Mar 2007 1:01 pm
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Yo la he alquilado ya (la semana que viene tengo que ir a Maudes a llevar los contratos). Lo que yo sé es lo siguiente:
1. Me han comentado que para poder alquilarlo hay que cancelar el prestamo, es esto verdad? -
Debe de serlo, en tu caso. En el mío, como hace más de 5 años, en ningún momento me dijeron que hubiera que cancelar el préstamo cualificado ni que el inquilino tuviera que cumplir las condiciones de VPO.
2. Tengo que alquilar obligatoriamente el garaje y trastero junto al piso?
Si
3. Me imponen un precio maximo a pedir, pero ese precio nunca va a subir? lo digo porque a mi me subirá la hipoteca pero no podré subir el precio del alquiler entonces?
El IPC, como te han dicho. Incluyelo en el contrato expresamente
4. Si no puedo pasarme del precio maximo fijado entonces me pagarán lo mismo si lo dejo con muebles que sin ellos? estoy obligado a poner cocina o algun mueble?
Lo que te permite la LAU es pedir un mes más de fianza por los muebles. De este modo, aunque uno de los meses lo depositas a nombre de la CCAA, el otro te lo puedes quedar y si al dejar el piso hay algún desperfecto en los muebles, te puedes quedar de la fianza lo que corresponda a dicho desperfecto. Obviamente no cubrirá el valor total, pero algo es algo.
5. Quien pagaria la comunidad? (los gastos de luz, agua y gas imagino que logicamente lo paga el inquilino).
La LAU te permite que lo pague el inquilino (el IBI también). Lo sumas al importe máximode alquiler por VPO y lo desglosas en el contrato para que quede claro qué corresponde a qué.
6. El contrato de alquiler debe ser de un minimo de años o puedo alquilarlo por un año o menos?
Según la LAU, un mínimo de 1 año prorrogable a cinco
7. Es cierto, lo q he leido q a los metros de garaje y trastero hay q sumarles la parte correspondiente de zonas comunes?
si, es así. Los metros totales los tienes en la cédula de calificación. Te conviene porque tienes más metros que multiplicado por el precio por metro, resulta en un mejor importe...


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NotaPublicado: Mié, 04 Jul 2007 11:43 pm 
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Registrado: Vie, 29 Jun 2007 7:07 pm
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Hola orbitandoo


Seguramente tu prestamo por su antiguedad no esta acogido a las medidas de financiacion del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio por lo cual no tienes que cancelarle pero con toda seguirida el mio como el de kakinga al habernos entregado la viviendas hace unos mese si estan acogido y hay que respetar el articulo 13 de este real decreto, si no lo cumples se aplica el regimen sancionador en materia de viviendas protegidas de la comunidad de madrid de la ley 9/2003, de 26 de mayo tipificado como falta muy grave con una multa que puede oscilar de 6000 a 60000 euros NINGUNA BROMA PARA ARRIESGARSE, por lo demas es todo igual que tu caso.


Muchas gracias


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NotaPublicado: Jue, 05 Jul 2007 8:41 am 
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Registrado: Lun, 02 Jul 2007 9:55 am
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Buenos días,

Ante todo, gracias por la información.

Os comento los mismos puntos para aclararlos del todo contrastando la diferente informacion.

1. Imagino que molina tiene razon y tenemos que cancelar el prestamo. De todas formas, menuda informacion que dan por tlf en la Avd. Asturias...he llamado varias veces y en la primera me decian que tenia que cancelarlo y el otro dia me dijeron que NO, que solo hay q cancelarlo para venderlo, pero no para alquilarlo. Cualquiera se fia!!
Menuda putada tener que cancelar el prestamo...

2. Queda claro que el garaje y trastero hay q alquilarlo junto con el piso.

3. Según me decis el precio se incrementa cada año con el IPC correspondiente. Por tlf me dijeron que no se puede subir el precio por encima del maximo fijado, y en otra llamada q hice me dijeron q el maximo lleva sin subir desde el año 2004.....por tanto no me queda claro si se puede sumar el ipc cada año.

4. Como me pagarian lo mismo con o sin muebles, pues cuantos menos muebles deje mejor.

5. Segun molina la comunidad la pagaria yo porque no puedo pasarme del precio maximo fijado para VPP (por tlf me dijeron lo mismo).
Según orbitandoo la podria pagar el inquilino aunque me pase del maximo. Aqui sigo con la duda!

6. Ambos coincidis en q el contrato de alquiler seria de un año prorrogable a 5 si el inquilino quiere.

7. Parece ser q a los metros de garaje y trastero hay que sumarle los pertenecientes a la zona comun.
..
.
Bueno Orbitandoo, ya nos contarás cuando vayas a visar el contrato a ver si te ponen alguna pega o te piden algun requisito mas.
A mi lo que mas me jode es tener q cancelar el prestamo ya q pierdes un buen interes, pagas una pasta de cancelacion, apertura de otro nuevo, etc...

Saludos!!!


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NotaPublicado: Mié, 11 Jul 2007 9:05 am 
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Hola chicos,
Orbitandoo que tal ha ido el tema del alquiler? ya lo has cerrado? no te han puesto ninguna queja?

Molina como van tus gestiones? tienes alguna informacion mas acerca del alquiler y eso?

Mi mayor duda ahora mismo es si tengo o no que cancelar el prestamo para alquilar el piso y la otra es que al preguntar a la CAM me han dado 2 versiones:
- que si pido las ayudas directas mi piso pasa a estar protegido 30 años en lugar de los 20 años q tiene ahora, ya q aunque sea del decreto anterior al escriturar en feb-07 estoy vinculado directamente al decreto nuevo afectandome lo de los 30 años de proteccion.
- que al ser del decreto anterior (11/2002) que no me amplian los años aunque pida las ayudas.


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NotaPublicado: Mié, 11 Jul 2007 2:54 pm 
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Hola kakinga:

Yo no se si te comente que me pasaba lo mismo telefonicamente con la av de asturias (la informacion es penosa ) unas veces dicen que si hay que cancelar y otras que no el prestamo cualificado yo la semana pasada fui en persona, me atendio un administrativo y dijo QUE SI HAY QUE CANCELAR y devolver todas la ayudas.
Yo ya he contactado con mi banco y voy ha cancelar los gastos son mas o menos de 2000 euros
Tambien tienes que solicitar en la av de asturias certificado de la calificacion definitiva para adjuntar al contrato de arrendamiento y incluir unas clausulas para la vpp
Si quieres una copia del contrato te lo paso
Ya lo tengo casi alquilado en espera de cancelar el prestamo

Si sabes algo mas hazmelo saber


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NotaPublicado: Jue, 12 Jul 2007 8:37 am 
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Hola molina,
la verdad es que la información que nos dan es malisima, a ver si se ponen de acuerdo porque cada vez que llamas dicen una cosa diferente.

molina, asegurate bien antes de cancelar el prestamo porque a mi el otro dia me dijeron que tuvieron dudas con este tema pero que al final no hay q cancelarlo. Y hace un mes fui en persona y me dijeron que si, asi que vete tú a saber cual es la informacion buena. Voy a intentar, a traves de una persona, preguntar a gente que sabe del tema. Ya te contaré.

2.000€ solo por la cancelacion del prestamo? joooder.

Ya tienes el contrato preparado? pues si me pasas una copia me vendria muy bien.

Al final se puede pedir el precio maximo y a parte pedir tambien q la comunidad la paque el inquilino aunque esto haga q el precio supere el maximo fijado?

Para los metros de garaje y trastero has tenido en cuenta los metros de zona comun tal y como nos dijo "Orbitandoo"?

Saludos


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NotaPublicado: Jue, 12 Jul 2007 9:18 am 
Moderador
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Mensajes: 943
Ubicación: Gijón
Hola chicos, lo estáis llevando muy bien :wink:

Esto de las CC.AA es un caos, ¿por qué en Castilla y León no se puede alquilar una VPO?

Alguien de la Junta de visita por aquí???

Suerte a los madrileños.


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NotaPublicado: Jue, 12 Jul 2007 10:32 am 
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Registrado: Lun, 02 Jul 2007 9:55 am
Mensajes: 24
Perdón, he puesto decreto 11/2002 cuando queria decir 1/2002 del 11 de Enero.

kakinga escribió:
Hola chicos,
Orbitandoo que tal ha ido el tema del alquiler? ya lo has cerrado? no te han puesto ninguna queja?

Molina como van tus gestiones? tienes alguna informacion mas acerca del alquiler y eso?

Mi mayor duda ahora mismo es si tengo o no que cancelar el prestamo para alquilar el piso y la otra es que al preguntar a la CAM me han dado 2 versiones:
- que si pido las ayudas directas mi piso pasa a estar protegido 30 años en lugar de los 20 años q tiene ahora, ya q aunque sea del decreto anterior al escriturar en feb-07 estoy vinculado directamente al decreto nuevo afectandome lo de los 30 años de proteccion.
- que al ser del decreto anterior (11/2002) que no me amplian los años aunque pida las ayudas.


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NotaPublicado: Vie, 13 Jul 2007 3:19 pm 
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Registrado: Vie, 29 Jun 2007 7:07 pm
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ULTIMA NOTICIA


Hoy he estado en Maudes con el jefe de seccion del regimen juridico , es decir. el que firma los contratos de alquiler. y literalmente me contesta que en la av de asturias no tienen ni idea,NO HAY QUE CANCELAR EL PRESTAMO CUALIFICADO, hay un vacio legal en el que no dice nada.


Referente a los gastos de comunidad parte de ellos es decir, excluyendo seguros de incendios y varios se les puede sumar a la renta maxima a pagar y tambien el IBI

Esto como ya os digo es informacion de primera, no hacer caso a los de la AV de Asturias,


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NotaPublicado: Lun, 16 Jul 2007 10:39 am 
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Registrado: Lun, 02 Jul 2007 9:55 am
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Hola molina,

joder, menudo jaleo de informacion. En un sitio te dicen una cosa y en otro te dicen lo contrario.
Yo ya no sé que pensar ni que hacer...

Entonces no hace falta cancelar el prestamo? pero las ayudas si las pides si que tienes que devolverlas, no?
Ojala sea verdad lo de no tener q cancelar el prestamo, a ver si el jefe q te lo ha dicho está en lo cierto.
De todas formas imagino que si no lo cancelas y te visan el contrato de alquiler....no podrán luego denunciarte ni hacerte cancelarlo ni nada, no? una vez visado ya se comprometen a q lo has hecho todo legal digo yo...

molina, como llevas tus tramites? al final lo vas a alquilar ya o que?
Y tú Orbitandoo, te lo han visado ya?


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NotaPublicado: Mar, 17 Jul 2007 9:05 am 
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hola a todos
Fui... Pero me tuve que dar la vuelta porque me faltaba 'un' papelito, que es el compromiso de los inquilinos de empadronarse en tres meses como mucho (o bien el certificado de empadronamiento, pero teniendo en cuenta que en Madrid no te empadronan como no lleves una factura a tu nombre y aún tienen que dar de alta el teléfono.. Pues tres meses tratándose de Telefónica u Ono, no es descabellado :-) )
La pega es que los tenemos de vacaciones, asi que igual hasta la semana que viene no puedo ir. De todas formas, no te lo dicen en el momento... De hecho me dijeron en Maudes que si queria no tienia ni que ir, que con mandarlo por correo bastaba. Pero que quereis que os diga, yo prefiero casi ir, no hay demasiada gente y merece la pena asegurarte de que lo reciben en mano y te ponen el sellito y todo.
Unos dias (o meses) despues, ellos ya contestan en positivo o en negativo, si falta algo, etc.
Os ire manteniendo informados (ah, me alegro de ver que no hace falta que canceleis el prestamo...)


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NotaPublicado: Mar, 17 Jul 2007 9:24 am 
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Registrado: Lun, 02 Jul 2007 9:55 am
Mensajes: 24
Hola orbitandoo,

respecto a no tener que cancelar el prestamo, ojala tenga razon el que informó a molina porque en Avd. Asturias siguen diciendo que si hay que cancelarlo. En fin, no es normal que en cada sitio digan una cosa diferente.

Asi que ya tienes el tema casi cerrado, no? que bien.
cuando te den el visto bueno y te visen el contrato no te olvides de nosotros e infórmanos un poquito de los pasos que nos faltan a nosotros, jeje.

A ver si terminas todo pronto y cierras el tema. Suerte!

Saludos


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NotaPublicado: Mar, 17 Jul 2007 3:10 pm 
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Registrado: Vie, 29 Jun 2007 7:07 pm
Mensajes: 38
Confirmado rotundamente ,las viviendas de VPP de promocion privada se pueden alquilar y no hay que cancelar el PRESTAMO CUALIFICADO, otra cosa son las de promocion publica (las del ivima) no se pueden alquilar sin autorizacion de este.


Al precio maximo de renta se le puede sumar el IBI y La comunidad exceptuando el seguro de las viviendas ( incendio etc.....) todo debe de ir desglosado en el contrato.

A parte del mes de fianza que se debe depositar en el ivima se puede pedir cualquier importe en efectivo o mediante aval en concepto de garantia.

Para rescindir el contrato se puede poner la clausula de la mediacion a traves de la corte de arbitraje:
http://www.pnag.es/index.html

Sumisión a arbitraje.- El arrendador y el arrendatario manifiestan su voluntad inequívoca de que las posibles controversias derivadas del incumplimiento del presente contrato de arrendamiento se diriman mediante arbitraje de equidad, conforme a la Ley 60/2003, por la A.Corte Española de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad, aceptando expresamente el convenio arbitral suscrito en este acto y sus estipulaciones al reverso.

Con esto si las cosas van mal el inquilo esta fuera como maximo en tres meses


saludos


Última edición por molina el Mié, 25 Jul 2007 4:02 pm, editado 1 vez en total

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