Ray escribió:
Hola comunidad,
Me encuentro con las siguientes dudas que necesito aclarar. El caso que estoy pensando comprar una vivienda a un familiar, y mi idea seria venderla seguidamente. El caso es que algo habia leido de que no es posible vender sin que haya transcurrido un año desde la compra.
Esto es cierto ?
Con respecto a la Cedula de habitabilidad...(fecha compra :Abr.2009)
1. El vendedor perdio las escrituras de la vivienda, dispone de la nota simple del registro en condiciones correctas, entonces tiene la misma validez ?
2. He leido que hay que presentar un certificado bancario...pero la vivienda se compro sin ningun prestamo hipotecario, por lo tanto el certificado bancario es necesario ?
Gracias y salu2
Haber si me entero, para que quiere Ud. comprar una vivienda y venderla seguidamente?
Esta operación le vendría muy bien solamente a Hacienda, Ud. pagaría escritura, impuesto de Hacienda, Registro de la propiedad, cambio de titularidad de contadores de suministros, y si ha obtenido beneficios, a pagar en la declaración de la renta del año siguiente.
1. No tiene la misma validez, si el vendedor predio las escrituras tiene que ir a la notaria que figure en la nota simple y pedir una copia de las escrituras.
2. Si se compro sin préstamo hipotecario, para que va a necesitar un certificado, no lo necesita.