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NotaPublicado: Mié, 06 Jun 2018 12:16 am 
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Registrado: Mar, 05 Jun 2018 11:56 pm
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Buenas,

La duda es la siguiente, estoy pensando en comprar un atico, el cual tiene terraza, pero... no aparece en la nota simple. A la terraza se accede por dos sitios, o bien por varias puertas del atico, o bien por una puerta que dan las escaleras comunes del edificio. Me surgen varias dudas:
1.- Significa algo que el atico tenga acceso directo a la terraza, es decir, le otorga algun derecho mas que el resto de vecinos? La inmobiliaria repite todo el rato “acceso directo y al mismo nivel a la terraza”....quiere decir esto algo?
2.- La inmobiliaria me dice que podría poner elementos removibles en la tearraza, a fin de adecuarla a mis necesidades, es esto así?
3.- La inmobiliaria también me indica que solo tienen llave de la puerta comun el presidente y el administrador, en cualquiera caso, cualquier otro vecino podría subir si quiere? Y verme directamente en micama o incluso en la cama.... esto no iria algo en contra de mi privacidad?
4.- Qué es mejor, en general, que la terraza sea de uso privado y si hay algun desperfecto o arreglo tenga que pagarlo, o por el contrario que sea comunitaria?

Disculpad tanta pregunta pero no tengo ni idea de estos temas.

Gracias de antemano


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NotaPublicado: Mié, 06 Jun 2018 8:10 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
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Opino que, si en la descripción de la vivienda no aparece la terraza, es que no le pertenece.
Además comentas que tiene uno de sus accesos por la escalera comunitaria.

Yo lo que haría sería hablar con el administrador de la Comunidad y con el Presidente a ver qué te cuentan. Quizás inicialmente era comunitaria y en alguna reunión de acordó ceder el uso al propietario del ático o quizás no. En todo caso, eso debería estar reflejado en el acta de dicha reunión.
Esto se debería poder arreglar en escritura, pero no debe ser tan fácil porque es posible que al ceder la terraza si era comunitaria, cambien los coeficientes de todos los pisos del edificio, osea un marrón.
Respecto a tus preguntas:
1) La inmobiliaria dice "acceso directo y al mismo nivel a la terraza", vale, no es ninguna mentira, pero dice uso privativo? porque si no tienes el uso privativo, cualquier día te puedes encontrar a un vecino en tu terraza y estará en su derecho.
2) Elementos removibles a que se refieren exactamente? A un toldo o algo similar? Porque si te están hablando de algún cerramiento de aluminio, ya te digo que eso no se puede hacer, por normativa municipal (no sé de que ciudad estás hablando pero creo que esta normativa es bastante genérica).
3) Lo que te he dicho en el punto 1
4) Actualmente las terrazas, en la escritura de división horizontal, constan como comunitarias pero de uso privativo de la vivienda a la que correspondan. Esto es más beneficioso de cara al propietario del piso porque si, por ejemplo, hubieran goteras, la reparación iría a cargo de toda la comunidad, siempre y cuando las goteras no las haya producido por mal uso el propietario de la vivienda.

A parte también te digo que la inmobiliaria con la que estás tratando son bastante patatas, porque todo este tema tendrían que tenerlo claro desde que pusieron el piso a la venta y se supone pidieron la documentación (Escrituras etc) al propietario actual.
las inmos que son profesionales cobran para daros soluciones, no para pasaros marrones a los clientes y vendedores.

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Y ahí lo dejo..


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NotaPublicado: Mié, 06 Jun 2018 8:55 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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Totalmente de acuerdo en el comentario de Elisabcn.
Y por añadir algo, no siempre figura en la escritura las terrazas ó patios, lo incluyen muchas veces en el coeficiente de participación del edificio.

Saludos y bienvenido/da al foro.


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NotaPublicado: Mié, 06 Jun 2018 9:57 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
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Jesus2018 escribió:
no siempre figura en la escritura las terrazas ó patios, lo incluyen muchas veces en el coeficiente de participación del edificio..


Jesús, esto contradice lo que yo he dicho. Yo no he visto nunca una escritura donde no aparezca descrita la terraza o jardín de una vivienda, tú si? Quizás en tu zona es lo habitual...
Y lo de que lo incluyen en el coeficiente de participación, me lo puedes explicar?

_________________
Y ahí lo dejo..


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NotaPublicado: Mié, 06 Jun 2018 10:31 pm 
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Registrado: Sab, 02 Feb 2008 8:31 pm
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Hablaria con el administrador a ver si tiene la escritura de division horizontal.
Aunque aqui todo pinta que la terraza pertenece a la comunidad.
Queda saber que se ha acordado en junta referente al uso de dicha terraza.


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NotaPublicado: Mié, 06 Jun 2018 11:08 pm 
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Registrado: Dom, 07 Oct 2007 11:30 am
Mensajes: 14604
Ubicación: Madrid zona nor-oeste
Puede ser de la comunidad pero el uso y disfrute lo tiene cedido al vecino de ese piso, eso si, en algún sitio debería venir reflejado esto.

_________________
SALUDOS.
“si, si... yo también sufro mucho”


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NotaPublicado: Jue, 07 Jun 2018 11:02 am 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
Mensajes: 4821
Elisabcn escribió:
Jesus2018 escribió:
no siempre figura en la escritura las terrazas ó patios, lo incluyen muchas veces en el coeficiente de participación del edificio..


Jesús, esto contradice lo que yo he dicho. Yo no he visto nunca una escritura donde no aparezca descrita la terraza o jardín de una vivienda, tú si? Quizás en tu zona es lo habitual...
Y lo de que lo incluyen en el coeficiente de participación, me lo puedes explicar?


Elisabcn, yo si he visto varios, hace unos meses tuve un piso en venta, un bajo que tenia dos accesos a un patio de unos 20 M/2, un acceso por la cocina y otro acceso por el salón y en la escritura no figuraba en ningún sitio ese patio, por eso te lo digo, con conocimiento de causa.
Te puedo enviar si quieres a tu correo privado la escritura y fotos del patio.
Y estamos hablando de terrazas y patios en pisos, no estamos hablamos de jardín en una casa que ese es otro tema.
Con respecto al coeficiente de participación, creo recordar que este piso del patio tenia un 17% de participación y otro piso similar en cuanto a metros y en la misma planta pero sin patio el coeficiente era de un 12%, hay es donde saque la conclusión.


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NotaPublicado: Mié, 29 Ago 2018 6:04 pm 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 7:32 pm
Mensajes: 7116
Si no tiene acceso exclusivo desde el ático cualquier vecino podría entrar, además no aparece en las escrituras del piso lo que implica que se considera comunitario.
Aparte de todo ello: si apareciera que es comunitaria pero de uso y disfrute exclusivo del ático, sólo el propietario del ático lo podría disfrutar, esto puede aparecer en la escritura en los estatutos de la comunidad, si en ninguno de los dos casos aparece, la terraza es comunitaria, en este último caso habría dos opciones, que el acceso fuera sólo desde el ático por lo que el dueño se podría negar a dejar pasar a algún vecino si tiene que entrar por su casa y no hay servidumbre al respecto y en ese caso vendría a ser también de uso exclusivo del piso o como en este otro caso que sí hay acceso dese la comunidad y cualquier vecino podría subir a la terraza a tomar e sol o tender salvo que en estatutos se haya fijado otra cosa.
Ni que decir tiene que evidentemente el precio no es el mismo cuando la terraza es en propiedad o al menos tiene el piso el uso y disfrute que cuando no lo tiene.

_________________
Aunque parezca increible mañana aún puedo hacerlo mejor


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