1001portales escribió:
Si se hereda un piso.¿Está el banco obligado a subrogar? Puede obligar a cancelar el préstamo?
Seguro q algún jurista nos puede aclarar este punto!!!
Gracias
Yo no soy jurista, pero intentare aportar algo con sentido común.
Con respecto a la primera pregunta, si hay hipoteca el banco siempre tendrá cogida la sartén por el mango, entiendo que no tiene que subrogarse, el banco siempre sera el dueño del piso hasta que se cancele la hipoteca.
Segunda pregunta, no te pueden obligar a cancelar nada, el banco lo que quiere es que sigan pagando puntualmente todos los meses la deuda, le importa poco, que pague quien firmo la deuda ya fallecido o su heredero.
Imagino que habrá que informar al banco del fallecimiento (aunque tendrán conocimiento) y dar los datos del nuevo heredero.
Creo que la persona mas indicada del foro, para contestar estas preguntas, es el moderador Pipiolo.