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NotaPublicado: Lun, 17 Dic 2018 11:27 am 
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Registrado: Vie, 12 Mar 2010 12:55 pm
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Como el Gobierno no ha limitado los precios, creo que una forma de poder disponer del piso al cabo de 3 años sería subir el precio por encima del IPC, con lo cual el inquilino buscaría otro más barato.

¿Sería legal la siguiente clausula?:

"Finalizados los tres primeros años y al inicio del cuarto año se incrementará la última renta pagada, con el IPC correspondiente y una cantidad añadida de 100€ mensuales el cuarto año. El quinto año se incrementará la renta pagada en el cuarto año con el IPC y una cantidad añadida de 100€ mensuales"

Si el inquilino es bueno e interesa seguir alquilándolo, se puede rescindir el contrato y firmar uno nuevo en mejores condiciones
Si el inquilino no es bueno o bien necesitamos el piso. A los 3 años tenemos más posibilidades recuperarlo

¿Como lo veis?


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NotaPublicado: Lun, 17 Dic 2018 1:44 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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Se puede hacer, siempre y cuando lo acepten las dos partes, se podría considerar legal.
Lo que has comentado subirle 100 euros al cuarto año, etc... seria un contrato un poco chapucero bajo mi punto de vista.
Como bien dices si es bueno, creo que lo mejor seria mantener el precio sin aplicarle subida para que no se vaya y si es malo, avisando con 2 meses de antelación, que se vaya al cumplir el año, no esperar mas.

Y si se queda, porque es bueno, cuando pasen los 3 años mas el otro año de prorroga, contrato nuevo y punto.


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NotaPublicado: Lun, 17 Dic 2018 1:51 pm 
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Registrado: Vie, 12 Mar 2010 12:55 pm
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Jesus2018 escribió:
Se puede hacer, siempre y cuando lo acepten las dos partes, se podría considerar legal.
Lo que has comentado subirle 100 euros al cuarto año, etc... seria un contrato un poco chapucero bajo mi punto de vista.
Como bien dices si es bueno, creo que lo mejor seria mantener el precio sin aplicarle subida para que no se vaya y si es malo, avisando con 2 meses de antelación, que se vaya al cumplir el año, no esperar mas.

Y si se queda, porque es bueno, cuando pasen los 3 años mas el otro año de prorroga, contrato nuevo y punto.



Me estoy refiriendo a la nueva Ley que ahora entra en vigor y que eleva los arrendamientos de vivienda a 5 años y para algunos propietarios es mucho tiempo


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NotaPublicado: Lun, 17 Dic 2018 1:54 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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AFG escribió:
Jesus2018 escribió:
Se puede hacer, siempre y cuando lo acepten las dos partes, se podría considerar legal.
Lo que has comentado subirle 100 euros al cuarto año, etc... seria un contrato un poco chapucero bajo mi punto de vista.
Como bien dices si es bueno, creo que lo mejor seria mantener el precio sin aplicarle subida para que no se vaya y si es malo, avisando con 2 meses de antelación, que se vaya al cumplir el año, no esperar mas.

Y si se queda, porque es bueno, cuando pasen los 3 años mas el otro año de prorroga, contrato nuevo y punto.



Me estoy refiriendo a la nueva Ley que ahora entra en vigor y que eleva los arrendamientos de vivienda a 5 años y para algunos propietarios es mucho tiempo


Pero siempre los contratos se van renovando anualmente, si no esta de acuerdo una de las partes no hay posibilidad de renovación.


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NotaPublicado: Lun, 17 Dic 2018 2:39 pm 
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Registrado: Vie, 12 Mar 2010 12:55 pm
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Para el propietario será obligatorio tener el piso arrendado 5 años (hasta ahora 3). Es el arrendatario el que puede decidir marcharse antes de dicho periodo.
Con esta nueva Ley muchos propietarios, van a dejar de alquilar los pisos ante la duda de si los van a necesitar para ellos, sus hijos o venderlos. Por eso digo de poner un aumento especial a partir del momento en que se cumplan los 3 años.


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NotaPublicado: Lun, 17 Dic 2018 5:07 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
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Ubicación: Barcelona
AFG escribió:
Como el Gobierno no ha limitado los precios, creo que una forma de poder disponer del piso al cabo de 3 años sería subir el precio por encima del IPC, con lo cual el inquilino buscaría otro más barato.

¿Sería legal la siguiente clausula?:

"Finalizados los tres primeros años y al inicio del cuarto año se incrementará la última renta pagada, con el IPC correspondiente y una cantidad añadida de 100€ mensuales el cuarto año. El quinto año se incrementará la renta pagada en el cuarto año con el IPC y una cantidad añadida de 100€ mensuales"

Si el inquilino es bueno e interesa seguir alquilándolo, se puede rescindir el contrato y firmar uno nuevo en mejores condiciones
Si el inquilino no es bueno o bien necesitamos el piso. A los 3 años tenemos más posibilidades recuperarlo

¿Como lo veis?


En los contratos prevalece lo que pacten ambas partes, siempre que no contradiga la Ley.
Con el nuevo Decreto Ley de la LAU, a falta de que salga publicado mañana, creo que una de las normas es que la renta se revisará anualmente según el incremento del IPC.

Si el arrendatario está de acuerdo en firmar un contrato con esos incrementos, entiendo que no habría problema, pero dudo que alguien lo firme (yo por lo menos no lo haría).

No sé en qué zona estás, pero en la mía (Barcelona provincia) los alquileres han subido como la espuma durante el 2017/2018 y ahora parece que la tendencia va a ser a la baja, ya que por primera vez desde hace muchos años hay bastante oferta de pisos en alquiler, en gran parte debido a:
-que en los últimos años han vuelto a comprar muchos inversores y una gran parte lo ha hecho en promociones de obra nueva que se iniciaron en el 2016 y se han entregado en el 2018.
-muchos inquilinos también han comprado, con lo que dejan su piso de alquiler vacío.

Así que es bastante probable, bajo mi punto de vista, que en 2019 se inicie un descenso en los precios del alquiler, por tanto, ante esta expectativa, cómo voy a estar de acuerdo que en el 4º año me subas el alquiler 100 €/mes. Además no especificas que % representarían esos 100 € en la mensualidad, no es lo mismo alquilar un piso de 600 €/mes que una casa de 3.000 €/mes.

A parte no estoy de acuerdo con lo que comentas que que muchos propietarios van a dejar de alquilar pisos. Eso dependerá del tipo de propietario que tengas, si es un patrimonialista que no necesita el piso para vivir él, de toda la vida se han preferido contratos de larga duración a que el inquilino esté cambiando cada 2 x 3 con el coste que eso conlleva.
Y de cara al inquilino, también le da una seguridad y puede tomar decisiones a más largo plazo.

El Decreto del PP, bajo mi punto de vista, sólo sirvió para ayudar a los bancos, que en aquel momento se encontraban con una gran cantidad de pisos embargados y que no tenían salida en el mercado de la compraventa, así que no les quedó más remedio que alquilar a la espera de que llegaran mejores tiempos.

Tendremos que ver lo que dice el nuevo Decreto mañana, pero si no recuerdo mal, en la LAU del 94 había la opción de añadir una cláusula donde, si el propietario del piso necesitaba la vivienda como su residencia habitual, avisando al inquilino con 3 meses de antelación, podía disponer de ella.

_________________
Y ahí lo dejo..


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NotaPublicado: Lun, 17 Dic 2018 9:26 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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Elisabcn escribió:
AFG escribió:
Como el Gobierno no ha limitado los precios, creo que una forma de poder disponer del piso al cabo de 3 años sería subir el precio por encima del IPC, con lo cual el inquilino buscaría otro más barato.

¿Sería legal la siguiente clausula?:

"Finalizados los tres primeros años y al inicio del cuarto año se incrementará la última renta pagada, con el IPC correspondiente y una cantidad añadida de 100€ mensuales el cuarto año. El quinto año se incrementará la renta pagada en el cuarto año con el IPC y una cantidad añadida de 100€ mensuales"

Si el inquilino es bueno e interesa seguir alquilándolo, se puede rescindir el contrato y firmar uno nuevo en mejores condiciones
Si el inquilino no es bueno o bien necesitamos el piso. A los 3 años tenemos más posibilidades recuperarlo

¿Como lo veis?


En los contratos prevalece lo que pacten ambas partes, siempre que no contradiga la Ley.
Con el nuevo Decreto Ley de la LAU, a falta de que salga publicado mañana, creo que una de las normas es que la renta se revisará anualmente según el incremento del IPC.

Si el arrendatario está de acuerdo en firmar un contrato con esos incrementos, entiendo que no habría problema, pero dudo que alguien lo firme (yo por lo menos no lo haría).

No sé en qué zona estás, pero en la mía (Barcelona provincia) los alquileres han subido como la espuma durante el 2017/2018 y ahora parece que la tendencia va a ser a la baja, ya que por primera vez desde hace muchos años hay bastante oferta de pisos en alquiler, en gran parte debido a:
-que en los últimos años han vuelto a comprar muchos inversores y una gran parte lo ha hecho en promociones de obra nueva que se iniciaron en el 2016 y se han entregado en el 2018.
-muchos inquilinos también han comprado, con lo que dejan su piso de alquiler vacío.

Así que es bastante probable, bajo mi punto de vista, que en 2019 se inicie un descenso en los precios del alquiler, por tanto, ante esta expectativa, cómo voy a estar de acuerdo que en el 4º año me subas el alquiler 100 €/mes. Además no especificas que % representarían esos 100 € en la mensualidad, no es lo mismo alquilar un piso de 600 €/mes que una casa de 3.000 €/mes.

A parte no estoy de acuerdo con lo que comentas que que muchos propietarios van a dejar de alquilar pisos. Eso dependerá del tipo de propietario que tengas, si es un patrimonialista que no necesita el piso para vivir él, de toda la vida se han preferido contratos de larga duración a que el inquilino esté cambiando cada 2 x 3 con el coste que eso conlleva.
Y de cara al inquilino, también le da una seguridad y puede tomar decisiones a más largo plazo.

El Decreto del PP, bajo mi punto de vista, sólo sirvió para ayudar a los bancos, que en aquel momento se encontraban con una gran cantidad de pisos embargados y que no tenían salida en el mercado de la compraventa, así que no les quedó más remedio que alquilar a la espera de que llegaran mejores tiempos.

Tendremos que ver lo que dice el nuevo Decreto mañana, pero si no recuerdo mal, en la LAU del 94 había la opción de añadir una cláusula donde, si el propietario del piso necesitaba la vivienda como su residencia habitual, avisando al inquilino con 3 meses de antelación, podía disponer de ella.


Si es correcto, pero cuidadito con esto, si a los dos meses no esta viviendo en la vivienda el propietario ó un familiar, tiene derecho a volver el inquilino saliente y el dueño del piso le tiene que pagar los gastos de la mudanza.


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NotaPublicado: Lun, 17 Dic 2018 9:30 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
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AFG escribió:
Para el propietario será obligatorio tener el piso arrendado 5 años (hasta ahora 3). Es el arrendatario el que puede decidir marcharse antes de dicho periodo.
Con esta nueva Ley muchos propietarios, van a dejar de alquilar los pisos ante la duda de si los van a necesitar para ellos, sus hijos o venderlos. Por eso digo de poner un aumento especial a partir del momento en que se cumplan los 3 años.


No es así AFG, como a comentado Elisabcn, prevalece lo que pacten ambas partes, y si en el contrato dice que se renovara anualmente SIEMPRE que estén de acuerdo ambas partes, si el propietario no quiere renovar, cuando lleve un año el inquilino se tiene que ir, eso es por Ley.


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NotaPublicado: Mar, 18 Dic 2018 12:11 am 
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Registrado: Sab, 02 Feb 2008 8:31 pm
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A mi que la duracion vuelva a pasar a 5 años no es lo que mas me preocupa.
Pero resulta gracioso que un inquilino pueda abandonar la vivienda despues de 6 meses de renta (recuperando su fianza si avisa con un mes de antelacion) y que un dueño tenga que esperar 5 años.
A los dueños no les interesa cambiar de inquilino cada dos por tres. Todo lo contrario.
Si siguen “favoreciendo” al inquilino no conseguiran que haya mas pisos en el mercado. El mayor problema en varias comunidades. Y tampoco conseguiran a que bajen los precios.

Eso si, lo que plantea AFG no lo veo.


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NotaPublicado: Mar, 18 Dic 2018 10:41 am 
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Anteriormente la duración minima era de 1 año, vamos a esperar a ver que dicen respecto a este tema.
Tampoco creo que sea muy habitual que un inquilino se marche a los 6 meses, generalmente la gente quiere estabidad y no estar haciendo mudanzas cada 6 meses.

_________________
Y ahí lo dejo..


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NotaPublicado: Mar, 18 Dic 2018 12:10 pm 
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Registrado: Sab, 02 Feb 2008 8:31 pm
Mensajes: 10915
1 año pero con posibilidad de abandonar la vivienda a partir de los 6 meses. Eso si las partes pueden acordar una penalizacion en caso de desestimiento.
No te creas Elisa en zonas donde el trabajo es “de temporada” los inquilinos pueden llegar a necesitar el inmueble unos 6 meses.
Luego hay mas factores que hacen que los inquilinos dejen el piso antes (cambio de trabajo, separacion..).
Conozco mucho mas inquilinos que dejaron el piso antes que los que acabaron los 3 años actuales o los 5 años anteriores.


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NotaPublicado: Mar, 18 Dic 2018 12:58 pm 
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Registrado: Lun, 29 Mar 2010 11:23 am
Mensajes: 4821
Arnau escribió:
A mi que la duracion vuelva a pasar a 5 años no es lo que mas me preocupa.
Pero resulta gracioso que un inquilino pueda abandonar la vivienda despues de 6 meses de renta (recuperando su fianza si avisa con un mes de antelacion) y que un dueño tenga que esperar 5 años.
A los dueños no les interesa cambiar de inquilino cada dos por tres. Todo lo contrario.
Si siguen “favoreciendo” al inquilino no conseguiran que haya mas pisos en el mercado. El mayor problema en varias comunidades. Y tampoco conseguiran a que bajen los precios.

Eso si, lo que plantea AFG no lo veo.


Siempre que sean puntuales en el pago y mantengan el piso limpio y ordenado.
En caso contrario, ningún propietario quiere que siga mucho tiempo este tipo de inquilinos.


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NotaPublicado: Mar, 18 Dic 2018 4:17 pm 
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Registrado: Sab, 02 Feb 2008 8:31 pm
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Obvio.


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NotaPublicado: Mar, 18 Dic 2018 6:03 pm 
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Registrado: Vie, 28 Sep 2007 7:07 pm
Mensajes: 11643
Ubicación: Barcelona
Arnau escribió:
No te creas Elisa en zonas donde el trabajo es “de temporada” los inquilinos pueden llegar a necesitar el inmueble unos 6 meses.
Luego hay mas factores que hacen que los inquilinos dejen el piso antes (cambio de trabajo, separacion..).
Conozco mucho mas inquilinos que dejaron el piso antes que los que acabaron los 3 años actuales o los 5 años anteriores.


Sí, tu zona es muy turística e imagino eso debe pasar a menudo.

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