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NotaPublicado: Sab, 01 Sep 2007 1:34 am 
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Registrado: Mar, 07 Ago 2007 1:34 pm
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Buenas noches,

Hace un par de meses firmé el contrato de compra de una VPO que se ha empezada a construir este verano. Es en régimen general de compra y el suelo donde se construye lo ha cedido el ayuntamiento de mi ciudad.

El caso está en que en los datos de la vivienda figuran 25 metros cuadrados de parking, que dice lo siguiente: "con zona de rodamiento y maniobra", por lo que los metros cuadrados del parking en si deben de ser unos 12, 13 o 14 (lo habitual, es un parking de rayas).

El cálculo del precio, se han cogido los metros cuadrados útiles del piso y los metros cuadrados del garaje (con zona de rodamiento y maniobra) y los metros útiles del trastero.

¿Es correcto eso? O sea, cobrar estos 25 metros cuadrados y no los 13 (para poner un ejemplo)

Como dato anecdótico: El parking me cuesta casi el doble que el precio medio de un parking libre en las misma zona!! (contando lo que me cuesta con los 25 metros cuadrados -> más de 20 mil euros).

Gràcies,

Gually


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NotaPublicado: Sab, 01 Sep 2007 7:34 pm 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 8:16 am
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Bona tarda Gually

Creo que siguen aplicando los criterios del D. 3148/78 (enlaces de interes), art. 4.

Transcribo en parte (está en mayúsculas, excusas por los "gritos"):

D 3148/78. art. 4

SE ENTIENDE POR SUPERFICIE UTIL LA DEL SUELO DE LA VIVIENDA, CERRADA POREL PERIMETRO DEFINIDO POR LA CARA INTERIOR DE SUS CERRAMIENTOS CON EL EXTERIOR O CON OTRAS VIVIENDAS O LOCALES DE CUALQUIER USO. ASIMISMO INCLUIRA LA MITAD DE LA SUPERFICIE DE SUELO DE LOS ESPACIOS EXTERIORES DE USO PRIVATIVO DE LA VIVIENDA TALES COMO TERRAZAS, MIRADORS, TENDEDEROS, U OTROS HASTA UN MAXIMO DEL DIEZ POR CIENTO DE LA SUPERFICIE UTIL CERRADA....

EN EL CASO DE LAS EDIFICACIONES A LAS QUE SE EXTIENDA LA PROTECCION OFICIAL DE ACUERDO CON EL ARTICULO SEGUNDO DEL PRESENTE REAL DECRETO, SE ENTENDERA POR SUPERFICIE UTIL LA QUE RESULTE DE MULTIPLICAR LA SUPERFICIE CONSTRUIDA POR CERO COMA OCHENTA.


Esto al margen, la superfície máxima protegible del garage es de 25 m2 y del trastero 8 m2 y el precio de venta del 60% del módulo aplicable.

Salutacions

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Verifica siempre la información que obtengas en internet sobre VPO en la Consejería de Vivienda de tu CCAA.


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NotaPublicado: Dom, 02 Sep 2007 1:35 am 
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Registrado: Mar, 07 Ago 2007 1:34 pm
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Bona nit nt,

Gracias por tu respuesta.

Mm... a partir de esto hago una afirmación:

- El 80% de la superficie total construida de la planta del garage restando los metros cuadrados de los trasteros no puede ser superior al total de plazas de garaje multiplicado por 25 (contando que a cada vecino nos están cobrando 25 metros cuadrados de garaje).

¿Es cierta?

O sea, si hay 20 plazas de garaje a 25 metros cuadrados (contando zona de rodamiento y movimiento) es un total de 500 metros cuadrados. Esos metros cuadrados, tienen que ser el 80%, por lo tanto quiere decir que la superficie construida de la planta del garaje sin contar los trasteros tiene ser de como mínimo 625 metros cuadrados. Si hay 20 trasteros de 5 metros cuadrados, son 100 metros cuadrados. Eso quiere decir que como mínimo la superficie construida de la planta del garaje tiene que ser de 725 metros cuadrados.

¿Que pasa si la planta del garaje es inferior a 725 metros cuadrados? ¿Nos estan cobrando algunos metros cuadrados "repetidos" a cada persona?

Salutacions,

Gually


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NotaPublicado: Dom, 02 Sep 2007 10:17 am 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 8:16 am
Mensajes: 1887
Hola de 9

Lo primero seria confirmar que efectivamente siguen aplicando el D 3148/78 (lo supongo porque en el D. 157/2002 no regulan una fórmula de cálculo alternativa para los garages/trasteros). Para confirmarlo, puedes plantear la pregunta por internet a este correo: sia.dmah@gencat.net

Si fuera así, tus cálculos son correctos, excepto que:

((20*25)+(20*5))/0,8 = 750 m2 construidos

750 * módulo * 0,6 = precio máximo de los anexos

En el cédula de calificación definitiva de la promoción indican exactamente la superfície protegible de cada vivienda y anexo y el precio máximo. Los cálculos los realiza la propia Generalitat en base al proyecto y a la inspección posterior. En los contratos tienen que reflejarse esas mismas superfícies y precios.

Salutacions

PS1: al tanto como computas los m2 construidos, no puedes limitarte a medir la planta del edificio (por ejemplo, tienes que tener en cuenta las rampas, nº de plantas, accesos, etc.)

PS2: no he acabado de entender si los 25 m2 que os cobran son solo garage o garage+trastero. ¿Os cobran 25 m2 por las dos cosas o os cobran 25+5? Los cálculos los hemos hecho pensando que pagais 30!

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NotaPublicado: Dom, 02 Sep 2007 4:17 pm 
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Registrado: Mar, 07 Ago 2007 1:34 pm
Mensajes: 25
Hola nt!

Pagamos lo siguiente:

- Metros cuadrados útiles del piso (al precio por metro cuadrado estipulado según la zona)
- Metros cuadrados útiles del trastero (al 60% del precio por metro cuadrado estipulado según la zona)
- 25 metros cuadrados de garaje con zona de rodamiento y maniobra (al 60% del precio por metro cuadrado estipulado según la zona).

O sea, si que pagamos los 25 metros cuadrados en concepto de garaje más los metros cuadrados útiles del trastero (esto al 60%), y luego los metros útiles de la superficie del piso (al 100%).

Los 5 metros cuadrados del trastero ya son útiles y por eso no los había contemplado al 80% sino al 100% (para calcular los 725/750 m2 construidos)

En la planta salen 6 viviendas que el total de m2 útiles es de 420 m2 (6 x 70), por lo que cuento que los m2 construidos deben de ser unos 500. La planta del parking es mas grande, tiene aparta la zona de la rampa y una part de los trasteros... por lo que ya puede ser que los m2 construidos sean de 725/750.

El decreto es el D 255/2005, que efectivamente habla de los 25 m2 como máximo, pero por lo que parece habla de superficies útiles, no construidas:

"13.3 El preu màxim per metre quadrat de
superfície útil dels garatges i trasters no podrà
superar el 60% del preu màxim de venda de l’habitatge.
En el supòsit dels habitatges amb protecció
oficial de preu concertat, el percentatge
es redueix al 50%. La superfície màxima computable
per determinar el preu de venda dels
garatges i trasters no podrà superar els vint-i-cinc
metres, en el cas del garatge, i els vuit metres,
en el cas del traster."

Fins ara,

Gually


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NotaPublicado: Dom, 02 Sep 2007 7:39 pm 
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Registrado: Jue, 03 Ago 2006 8:16 am
Mensajes: 1887
Gually escribió:

El decreto es el D 255/2005, que efectivamente habla de los 25 m2 como máximo, pero por lo que parece habla de superficies útiles, no construidas:

"13.3 El preu màxim per metre quadrat de
superfície útil dels garatges i trasters no podrà
superar el 60% del preu màxim de venda de l’habitatge.
En el supòsit dels habitatges amb protecció
oficial de preu concertat, el percentatge
es redueix al 50%. La superfície màxima computable
per determinar el preu de venda dels
garatges i trasters no podrà superar els vint-i-cinc
metres, en el cas del garatge, i els vuit metres,
en el cas del traster."


El decret 255 és el pla aplicable per aquest periode. El normatiu és el 157, i en defecte la legislació estatal.

L'art. 13.3 no t'especifica com calcular els m2 útils del annexos: aquest és el problema que em fa suposar que se segueix aplicant la normativa estatal. Només t'indica els preus màxims per m2. Si ho pots confirmar t'agrairem el retorn de la informació :)

D'altra banda el promotor em sembla que ha tret el màxim rendiment dins la legalitat: acumular el 80% de la construïda en el garatge, no atribuïnt superfície perduda als trasters... així arriba als 25 m2 màxims per garatge. Si en la qualificació la Gene ho ha acceptat... no us toca altre remei que pagar.

Salutacions i sort en les gestions

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NotaPublicado: Dom, 02 Sep 2007 10:52 pm 
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Registrado: Mar, 07 Ago 2007 1:34 pm
Mensajes: 25
Bona nit nt!

Gràcies altra vegada per la teva resposta.

Sí, tens raó que no queda gaire clar si es refereix a metres útils o a metres construïts. Miraré a veure si puc esbrinar-ho, perquè aquests 11 metres quadrats de més (per dir alguna cosa) ja representen uns 10.000€.

Si en tinc novetats, no dubtis que ho deixaré aquí apuntat!

Fins aviat,

Gually


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