namar en 1º lugar gracias x falicitarme respuestas.vamos a ver ami me dice el agente inmobiliario ke la cam puede trabajar cn el total keme pide la propietaria del vpo keno es el importe ke dice la junta.necesito el aval para fraccionar dinero limpio de negro ?y si lo hacen sin aval me cojo los dedos ?cmo puedo fraccionarlo para saber ke declarar yke no sino tengo aval para ke recaiga sobre el el dinero negro?gracias
Si las preguntas las haces en sms, no te va a responder nadie si no tiene traductor. No hace falta que insistas, a la gente ya les cuesta contestar cuando comprenden, así ya es imposible. _________________ "El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda)
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Publicado: Lun, 02 Ene 2006 12:06 amAsunto: Re: cam
pedrohuelva escribió:
namar en 1º lugar gracias x falicitarme respuestas.vamos a ver ami me dice el agente inmobiliario ke la cam puede trabajar cn el total keme pide la propietaria del vpo keno es el importe ke dice la junta.necesito el aval para fraccionar dinero limpio de negro ?y si lo hacen sin aval me cojo los dedos ?cmo puedo fraccionarlo para saber ke declarar yke no sino tengo aval para ke recaiga sobre el el dinero negro?gracias
Hola, PEDROHUELVA. Como te indica PIPIOLO (gracias!!! ), intenta aclarar un poco algunos terminos, please, que sino voy a tener que empezar a dar respuestas en latín, y esto igual nos queda muy culto, pero podemos terminar locos...
Primera duda: si la vivienda está en Andalucía (de ahí la limitación por parte de la Junta de Andalucía, supongo), ¿qué pinta la CAM (Comunidad de Madrid) en esta historia? ¿O te refieres a la Caja de Ahorros de Madrid (Cajamadrid, vamos)? Si es eso, te aseguro que no te van a financiar por encima del valor máximo legal.
¿Qué es "fraccionar dinero limpio de negro"?
La única forma de financiar una VPO es: que el banco te preste el máximo legal de la vivienda en cuestión, y, si la propiedad te pide un precio superior y tú estás dispuesto a pagarlo, ó lo tienes ahorrado, ó alguien te avala con su vivienda, recayendo sobre esta vivienda del avalista lo que sobrepase del valor de la VPO.
A la hora de declarar: lo que a tí te ha costado la VPO es el precio de la escritura, que vendrá a ser el valor máximo de venta por ser VPO. El resto, como si no existiera. ¿Que la VPO la valorais en 100.000,-€ y la hipoteca son 150.000,-€? Pues calculas cuanto es el 66% de los intereses pagados por la hipoteca al año, y eso es el máximo legal a aplicar como desgravación.
De todos modos, y puesto que el tema te lo lleva un profesional, es mejor que él te asesore más concretamente. Si él conoce un banco que te tasa y te presta como libre..., pues asunto solucionado. Y, a la hora de declarar (en el 2007), mejor consultarlo con Hacienda ó con un buen asesor fiscal (los hay estupendos). En estos temas, podemos dar respuestas genéricas, pero, concretar mucho, mucho... es difícil
Feliz año _________________ Ana S.T.