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VPO / VPP Comunidad de Madrid: Mis dudas ante la compra de una VPO: Forums

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Mis dudas ante la compra de una VPO

 
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Autor Mensaje
Davidpiso
Usuario
Usuario


Registrado: Jan 15, 2006
Mensajes: 10

MensajePublicado: Dom, 15 Ene 2006 8:06 pm    Asunto: Mis dudas ante la compra de una VPO

Buenas tardes,

Os agradecería mucho si me podéis contestar a 5 preguntas que, por más que he leído los mensajes del foro no logro clarificar.

Estoy pensando en comprar un piso de protección a un particular por un precio sensiblemente inferior al del mercado libre. Quede claro que mi intención no es lucrarme (el que se lucraría sería el vendedor) sino alcanzar a comprar un piso (por el mercado libre no llego) y dejar de perder el dinero viviendo de alquiler, cosa que llevo haciendo ya demasiados años. Mis preguntas son las siguientes:

1.- La calificación provisional del piso se la debieron dar en el 1999 ó 2000 pero las obras no las terminarán hasta dentro de muy poco, por lo que calificación definitiva será de primeros del 2006. Lo digo por que sepáis que ley le afectaría. Es un VPO/VPP (no sé exactamente cual de las dos cosas) de promoción privada por medio de una cooperativa. Está en Madrid en uno de los actuales PAUs de gran desarrollo. Con estos datos: ¿Cuántos años pondrá en las escrituras que durará el derecho de tanteo y retracto: 8 ó 10? ¿podrían poner más de esos años en las escrituras?

2.- Con el gran desconcierto que hay ahora por la nueva Orden 2907/2005 ¿existe alguna confirmación ya de que si aunque en las escrituras pusiera 8 años de vigencia del derecho de tanteo, su aplicación podría ser sin embargo indefinida hasta la descalificación del piso? Veo que habéis enviado quejas al Defensor del Pueblo sobre este tema y me gustaría saber si alguien sabe algo definitivo. A mí me daría igual si la CAM dice que son 8 años a partir de la aprobación de la Orden 2907/2005, ya que como el piso me lo entregan ahora tendría que esperar 8 años de todas maneras. Pero si la aplicación del derecho fuera indefinida jamás me atrevería a venderlo y tendría que esperar hasta los 15 años para descalificarlo. No es que piense venderlo pronto pero tengo 34 años y mi vida todavía puede dar muchas vueltas y encontrarme en la necesidad de vender el piso

3.- Suponiendo que se haga oficial que el derecho de tanteo solo se aplicará en los primeros 8 años (por ejemplo), ¿podrían poner la obligación con carácter retroactivo de tener que vender el piso al que te diga la CAM que ha sido elegido de una lista de solicitantes de VPO, incluso a pesar de que ya hubieran pasado esos 8 años y ya haya extinguido el derecho de tanteo? En ese caso no podría recuperar todo el dinero B que diera hasta los 15 años, descalificando el piso

4.- Leyendo el artículo publicado por Pipiolo sobre la extensión del periodo mínimo para descalificación a 25 años en La Rioja, me pregunto: si esto lo aplicaran algún día en Madrid, ¿lo podrían hacer con carácter retroactivo? En ese caso tendría que vender siempre el piso al precio protegido y de nuevo no podría recuperar el dinero B

4.- ¿Qué problemas me puede acarrear aparte de los inherentes a comprar un piso protegido en negro el hecho de que lo que estaría comprando en este caso realmente sería una opción de cooperativista? La entrega del piso es inmediata por lo que parece que el piso está asegurado pero de todas formas me gustaría hacer firmar al vendedor un contrato privado de que si finalmente la Cooperativa no me entrega el piso me devuelva el dinero B, aunque no sé cómo hacer esto realmente ni si se me escapa algún otra posible complicación que pudiera surgir por comprar una opción y no un piso

Bueno estas son mis dudas. Os agradecería mucho que me ayudarais

Muchísimas gracias Very Happy ,

David
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nt
Moderador
Moderador


Registrado: Oct 29, 2005
Mensajes: 1121

MensajePublicado: Dom, 15 Ene 2006 9:15 pm    Asunto: Re: Mis dudas ante la compra de una VPO

Hola David... a ver si puedo aclararte algo:

Cita:
1.- La calificación provisional del piso se la debieron dar en el 1999 ó 2000 pero las obras no las terminarán hasta dentro de muy poco, por lo que calificación definitiva será de primeros del 2006. Lo digo por que sepáis que ley le afectaría. Es un VPO/VPP (no sé exactamente cual de las dos cosas) de promoción privada por medio de una cooperativa. Está en Madrid en uno de los actuales PAUs de gran desarrollo. Con estos datos: ¿Cuántos años pondrá en las escrituras que durará el derecho de tanteo y retracto: 8 ó 10? ¿podrían poner más de esos años en las escrituras?


La Orden 2907/05afecta a todas las viviendas protegidas acogidas al RDL 31/78 o posteriores. Por lo tanto, en teoria te afectaria el derecho de tanteo durante todo el periodo de protección de la vivienda (si no me equivoco la CAM ahora está calificando por 25 años). Esto al margen, puede ser que en la escritura conste otro derecho de tanteo a favor de la cooperativa.



Cita:
3.- Suponiendo que se haga oficial que el derecho de tanteo solo se aplicará en los primeros 8 años (por ejemplo), ¿podrían poner la obligación con carácter retroactivo de tener que vender el piso al que te diga la CAM que ha sido elegido de una lista de solicitantes de VPO, incluso a pesar de que ya hubieran pasado esos 8 años y ya haya extinguido el derecho de tanteo? En ese caso no podría recuperar todo el dinero B que diera hasta los 15 años, descalificando el piso


Las "listas" de solicitantes son "nuevas" (nacen como obligación para todas las CCAA por el último plan de vivienda estatal, en algunas comunidades ya existian). Por lo tanto no sabemos exactamente como funcionaran, pero la voluntad, efecivamente, es acceder por lista.

En cuanto a la descalificación, ya hemos comentado que es potestativa. Los últimos planes de vivienda son más exigentes. En la CAM, el plan 2005-2008 establece 20 años para descalificar. El plan anterior 2001-2005, son 25 años. Consulta la guia de descalificaciones de la CAM y veras exactamente los plazos.

Cita:
4.- Leyendo el artículo publicado por Pipiolo sobre la extensión del periodo mínimo para descalificación a 25 años en La Rioja, me pregunto: si esto lo aplicaran algún día en Madrid, ¿lo podrían hacer con carácter retroactivo? En ese caso tendría que vender siempre el piso al precio protegido y de nuevo no podría recuperar el dinero B


De alguna forma ya te respondo en el punto anterior. Y añado: el dinero negro es eso, negro y nadie puede garantizarte que vas a recuperarlo.

Cita:
4.- ¿Qué problemas me puede acarrear aparte de los inherentes a comprar un piso protegido en negro el hecho de que lo que estaría comprando en este caso realmente sería una opción de cooperativista? La entrega del piso es inmediata por lo que parece que el piso está asegurado pero de todas formas me gustaría hacer firmar al vendedor un contrato privado de que si finalmente la Cooperativa no me entrega el piso me devuelva el dinero B, aunque no sé cómo hacer esto realmente ni si se me escapa algún otra posible complicación que pudiera surgir por comprar una opción y no un piso


Esta se la dejo a l@s compañer@s del foro, que yo no domino el tema.

David, piensa si realmente te interesa comprar una vivienda protegida por un precio sensiblemente inferior al del mercado libre

Ah! y mi reprovación por la persona que te ofrece esta vivienda: ¿aún no se han entregado llaves y ya vende con sobreprecio? Claro que igual es otra "víctima" de las falsas cooperativas... pero entonces lo que hay que hacer es denunciar.

Salutacions

PS: David, entérate exactamente de a que regimen esta acogida la vivienda, no puede ser que estes pensando en comprar sin saberlo con exactitud: probablemente sea la inversión más importante de tu vida.
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