Registrado: Dec 18, 2005 Mensajes: 30 Ubicación: JAEN
Publicado: Sab, 14 Ene 2006 4:35 pmAsunto: Criterios de aplicacion para tanteo y retracto ???
A alguien le han comuncado que criterios de decisión se aplicarán, para ejercer el tanteo y retracto, y por tanto quedarse Chaves con los pisos ?
Tengo la duda de si el comprador reune los requisitos para adquirir la vpo, a pesar de esto, Chaves ejecutará el tanteo o sencillamente autorizará la trasmisión.
uf! por fin una pregunta con sentido y sin "demagogias constitucionales".
No tengo ni idea Altisimo: pero seguro que entre todos podriamos ir haciendo una lista... no es tan difícil... por ejemplo:
-las viviendas que estan a nombre de sociedades anónimas o de personas que jamás de han empadronado en ellas
-las viviendas que llevan años y años desocupadas
-las denuncias por sobreprecio
-las viviendas que se revenden antes de 1 año a terceros
-las viviendas que han pasado por 5 manos en 5 años
-las viviendas que exigen la compra simultanea de plazas de parking libre o de muebles o mármoles o de obras artísticas varias
-...
Yo tampoco puedo decir que criterios va a tomar la administracion a la hora de aplicar el derecho de tanteo y retracto, lo unico que puedo hacer es deciros lo que me comunicaron ayer mismo en EPSA, primero y la jefa de vivienda protegida en Cadiz, despues, y es que en ambas ocasiones me dijeron que tienen orden de aplicar el derecho de tanteo y retracto sobre el 100% de las peticiones de venta, y que para ello cuentan con un prestamo estatal de 33000 millones de Euros, si es cierto o no, ya nos lo diran los primeros que lo pidan, yo desde luego luchare cuanto pueda antes de hacerlo
Registrado: Jan 04, 2006 Mensajes: 144 Ubicación: jerez
Publicado: Sab, 14 Ene 2006 8:39 pmAsunto:
Mosqueado, a mi me dijeron en la EPSA de Cádiz que los comentarios internos eran que se iban a estudiar los tanteos sobre viviendas de menos de 10 años y que en las demás no, pero que tampoco tomara ese comentario con total seguridad, que siempre cabía una ínfima probabilidad de que se ejercieran en esas otras viviendas más antiguas, no sé, pero creo que se está creando mucho miedo con todo ésto, y lo mismo es lo que se perseguía, que la gente tenga miedo a vender vpo, tengo varios conocidos y todos están ya preparando la documentación para presentar la comunicacion de venta, si la Junta decidiera ejercer el tanteo ya se vería que ocurriría, nadie puede obligar a nadie a firmar un documento de venta, así que deberan "arrebatarle" su vivienda mediante otros mecanismos, no sé si eso es el retracto, y demostrar el porqué se deja sin vivienda a una familia de mala manera, basta que ocurra ésto con un par de familias para que si se líe bien, no creo que se llegue a tanto.
Registrado: Dec 18, 2005 Mensajes: 30 Ubicación: JAEN
Publicado: Dom, 15 Ene 2006 10:00 amAsunto: En relación a los 33.000 € que el ICO ha dado a CCAA ¡¡¡¡¡
Ese dinero es para toda España:
EL MUNDO Dia 23 de Noviembre de 2005. El articulo lo tengo en formato pdf si alguien está interesado en leerlo, que me de su dirección de correo y se lo remito.
Segun el articulo el dinero es para todas las CCAA y no solo para Andalucía (EPSA)
Registrado: Dec 18, 2005 Mensajes: 30 Ubicación: JAEN
Publicado: Dom, 15 Ene 2006 10:32 amAsunto: Duda en relación a EPSA
mosqueado escribió:
Yo tampoco puedo decir que criterios va a tomar la administracion a la hora de aplicar el derecho de tanteo y retracto, lo unico que puedo hacer es deciros lo que me comunicaron ayer mismo en EPSA, primero y la jefa de vivienda protegida en Cadiz, despues, y es que en ambas ocasiones me dijeron que tienen orden de aplicar el derecho de tanteo y retracto sobre el 100% de las peticiones de venta, y que para ello cuentan con un prestamo estatal de 33000 millones de Euros, si es cierto o no, ya nos lo diran los primeros que lo pidan, yo desde luego luchare cuanto pueda antes de hacerlo
Me surge una duda:
Si la solicitud de tanteo y retracto, se presenta en la Delegación de Obras públicas (o al menos están son las instrucciones que están dando en Jaén), qué pinta EPSA en todo esto ?
Registrado: Jan 04, 2006 Mensajes: 144 Ubicación: jerez
Publicado: Dom, 15 Ene 2006 10:53 amAsunto:
A ver, segun comentaron en el foro, los encargados de ejecutar el tanteo sería la EPSA, aunque se presentara la comunicación de transmision en la Consejerìa de Obras Públicas, así que llamé por teléfono y me lo confirmaron (Cádiz), la funcionaria me explicó que aunque se presentara las comunicaciones allí, en la Epsa presentara un escrito solicitando "información acerca del estado de Tanteo que presenta la vivienda con expediente xxxx" y ellos contestarían con que "está caducado o se va a ejercer" y que lo intentarían hacer en unos 20 días, que tendría que aportar junto al escrito fotocopias de escritura y de la Comunicación de Transmisión del VENDEDOR presentada en la Junta, así como Nota Simple.
Por molestar un poco, volví a llamar a la Consejería y allí solo me hablan de las Comunicaciones de Transmisión del Comprador y del Vendedor, les hago referencia al escrito de la Epsa y me dicen "ah sí, bueno, preséntelo tambien allí, que no está de más..." !¡
Vuelta a llamar a la EPSA, me confirma que presente el escrito y me facilita via fax (un 10 a dicha funcionaria) un impreso muy similar a la Comunicación del Vendedor y me insiste en que no deje de presentarlo allí, como ya tenía preparado el primer escrito le dije que yo presentaría los dos en ventanilla y me dijo que era lo mejor que hacía, más vale que sobre que no que falte, así que la semana que viene me cargaré con la documentación de varios amigos y para allá, a hacer cola.
De todo ésto deduzco que la Consejería, cuando reciba la solicitud de transmisión le pasará nota a la EPSA que será la que conteste en que estado se encuentran las viviendas por antiguedad con relación al Tanteo y Retracto, (la chica de la Epsa me dijo que se regía según escrituras) y posteriormente verificará los datos del comprador, si la EPSA ya tiene la documentación necesaria de la finca, (nota simple, escrituras ect) se adelanta el proceso, querian contestar en unos 20 dias.
Publicado: Dom, 15 Ene 2006 1:15 pmAsunto: Respuesta a Altillo
Por lo que yo sé la razón de que EPSA intervenga en esto es que en la Consejería de Obras Públicas no tienen capacidad para afrontar lo que se les viene encima.
Ya iban justitos ocupandose solo de las calificaciones y primeras transmisiones y ahora se les vienen encima todas las segundas y ulteriores transmisiones con lo que sería muy probable que pasaran 60 días antes de que pudieran hacer las resoluciones. Transcurridos los 60 dias la gente podría escriturar y habría una fuga en el sistema.
Otra improvisación del señor Chaves, ¡el tio es un genio!.
No sé si EPSA tiene la capacidad para resolver en 60 días, pero a mí me huele mal que sea una empresa pública la que gestione el sistema.
Publicado: Dom, 15 Ene 2006 7:33 pmAsunto: La gran pregunta
La pregunta que encabeza este post me parece la gran pregunta que queda por responder y la que, en definitiva, condiciona muchas de nuestras decisiones.
Cada uno de nosotros tendrá ya formada una idea de lo que puede esperar en el futuro pero yo me niego a que mi futuro esté ligado a una hipótesis.
Por tal motivo me parece relevante divulgar que la Administración tiene la obligación de publicar regularmente instrucciones y consultas en respuesta a peticiones de los administrados (art. 37.10 LRJAP-PAC) para facilitar el conocimiento de sus criterios al interpretar y aplicar la ley.
Pues bien, ¿ Porque no los inundamos con solicitudes sobre criterios para la aplicación de los derechos de tanteo y retracto estipulados en el Art.12 de la Ley 13/2005 ?.
Esta actuación serviría para:
- Dar respuesta a una pregunta básica
- Indicar la fuerza y coordinación de los afectados.
- Ponerlos a trabajar en una dirección útil y necesaria
Yo podría preparar un impreso tipo
Por favor Pipiolo, ¿me podrias indicar como colgar el impreso?
Quinto: una sugerencia respecto a tu propuesta (no para sustituirla sino como posible complemento).
Dirigiros a los partidos políticos de la oposición pidiendo que planteen una pregunta parlamentaria al Parlamento de Andalucía respecto a qué criterios se van a utilizar para usar el derecho de tanteo. Seguro que a algún partido le interesa y al menos se iran fijando criterios. El Gobierno está obligado a responder las preguntas (sobre todo que la pregunta esté bién planteada y documentada, sinó las respuestas de van por las ramas)
Casi todos los partidos tienen paginas web y foros: pinchar no es tan difícil.
Si mandais cartas individuales lo más probable es que no respondan o os respondan al estilo de: "de acuerdo con los art. x y xx de la ley xx/xx es etc...)
una preguntilla al aire.. si se comunica a la Junta la decision de vender, no le da tiempo y pasan los 60 días, ¿como demuestras al Señor Excelentísimo Notario que debe aplicar silencio positivo? ¿como se demuestra?.