VPO Andalucía: Planes de vivienda
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Desahucio VPP

 
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Asiduo
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Registrado: Jan 17, 2006
Mensajes: 151
Ubicación: Sevilla

MensajePublicado: Jue, 19 Ene 2006 9:57 am    Asunto: Desahucio VPP

Publicado hoy en el BOJA:

CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Almería de propuesta de resolución de expediente de desahucio administrativo núm. xxxxx, que se tramita en la Delegación Provincial contra don Pepito y doña Pepita.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 27 párrafo 1.°, del Real Decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial, y 107 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vivienda de Protección oficial, ambos en relación con el artículo 3 del Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, sobre Política de Viviendas de Protección Oficial, en fecha 22 de diciembre de 2005, se formula Propuesta de Resolución en el expediente de desahucio administrativo núm. xxxxxx, contra don Pepito con DNI núm. 22222222 y doña Pepita con DNI núm. 33333333, adjudicatarios de la vivienda sita en Lubrín (Almería), cuenta núm. xx del Grupo XXXXXXXXX de 32 viviendas VPP, expediente xxxxxxxxxx, por incumplimiento del artículo 30 sexta del Real Decreto 2960/1976 de 12 de noviembre, y artículo 138 sexta del Decreto 2114/1968 de 24 de julio, por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del arrendatario.

De conformidad con lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, en relación con los artículos 76.1 y 48.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concede un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, para que formule las alegaciones que estime oportunas ante esta Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, sita en la calle Hnos. Machado, 4, 6.ª planta de Almería. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones o propuesto pruebas, se continuará con la tramitación del procedimiento.

Almería, 22 de diciembre de 2005.- El Delegado, Luis Caparrós Mirón


¿Tiene algo que ver con la política de la nueva ley?

¿sabéis cuantas consultas, gestorías, despachos y demás negocios hay en viviendas de protección?

P.D. Quinto, tenías razón en cuanto que el Decreto 2114/1968 seguía en vigor.
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