Publicado: Vie, 20 Ene 2006 7:12 pmAsunto: Informacion de una inmobiliaria
Hola a todos
Hoy mismo he estado hablando del tema con dos inmobiliarias de la misma ciudad en donde tengo una señal dada para adquirir una vivienda de VPO y esto es lo que me han dicho:
Inmobiliaria 1.- A finales de este mes/principio de febrero iba a salir un reglamento que va a desarrollar la ley y va a indicar concretamente los años a partir de los cuales se ejerceria el tanteo, pero que por lo visto se va a demorar. Ademas en el caso de los municipio de primer rango (entre 50.000 y 100.000 habitantes) el tanteo lo va a ejercer el Ayuntamiento y en los de +100.000 la EPSA.
Inmobiliaria 2.- No hay problema de tanteo si el vendedor y el comprador cumplen con los requisitos para vender/comprar y ellos estan mandando las solicitudes de venta, aunque todavia no les ha llegado ninguna aprobada. Lo que hacen es esperar el plazo del silencio administrativo.
Sabeis si algo de esto es verdad? Se sabe algo de la salida de la orden?
Gracias
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Vie, 20 Ene 2006 10:53 pmAsunto:
Hola ADDSER.
Espérate a que la modificación´ ó reglamentación expresa sea una realidad: todo lo demás es jugar a ser Rappel (muchos de los actuales embarcados en el no poder vender una VPO que compraron de segundamano a precio de libre ... lo hicieron porque "No pasaba nada", porque "En cualquier momento las van a descalificar todas", ó porque "Todas las VPO se descalifican siempre solas a los 15 años"). Hasta que las cosas no están aprobadas están en el aire; seamos realistas. Y tengo demasiadas cosas vistas como para dudar de que, por desgracia, sigue habiendo gente capaz de vender a su padre y negar a su madre por una comisión.
Los Ayuntamientos ejercerán el tanteo sobre viviendas edificadas sobre terrenos de cesión municipal ó promovidos con fines sociales (las clásicas adjudicaciones en sorteo). Y la Junta tendrá competencia y potestad sobre todas las demás. Que estén trasferidas las competencias en materia de vivienda y suelo desde el Gobierno central no impide la regulación interna dentro de cada Comunidad Autónoma. Y los ayuntamientos tienen muy claro hasta dónde pueden ejercer sus derechos, con independencia del número de habitantes (lo contrario igual derivaba en concesiones masivas de recalificaciones de terrenos con tal de "crecer"..., ¿no?)
Con lo que en tal caso no habrá problemas en caso de que los comparecientes cumplan con la ley es con el retracto. El tanteo parece que están empeñados en regularlo mediante la petición de permisos de venta expresamente concedidos ó denegados..., así que cuidado (por lo de siempre, porque seguimos hablando de precios reales superiores al oficial, porque si el precio real es el oficial... pues seguro que no hay problemas, al menos para el vendedor. Pero como no suele ser así...)
Suerte _________________ Ana S.T.