Este hilo se esta convirtiendo en un verdadero FAQ. Me gravo el link para la posteridad pq en pocas preguntas/respuestas se resume lo esencial, lo que preocupa.
Hola a todos y muchas gracias de nuevo.
El jueves por la mañana presenté en la c/. Braganza toda la documentación necesaria para la descalificación de mi vivienda VPO, me dijeron que descalificarla la descalifican seguro siempre que reuna los requisitos y devuelva todas las ayudas que en su día dieron a la vivienda. Que en el plazo de 6 meses me enviarian una carta dándome la contestación, adelantándome tras revisar la escritura del piso de que reunía todos los requisitos y que me la iban a conceder seguro.
Mi pregunta es si en esa carta vendra ya reflejadas las cantidades que tengo que devolver a cada uno de los estamentos o por el contrario tengo que averiguarlas yo presentándome en cada departamento solicitando una liquidación.
Gracias.
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Dom, 05 Feb 2006 12:41 amAsunto:
Hola CANROL.
Probablemente, en lo que fueron ayudas directas (subsidiación de intereses al primer comprador, ayudas a la entrada, ayudas a la construcción) te envíen ellos el cálculo ya hecho, ó, cuando menos, la forma de hacerlo.
Con respecto a otras ayudas (la subvención en el recibo municipal de IBI, por ejemplo) debereis contactar vosotros directamente con el Ayuntamiento para que os hagan el cálculo. Al no depender directamente ni del IVIMA ni del Ministerio de la Vivienda, no llevan cuentas del importe.
Si en la promoción tuvo algo que ver el EMSULE (ú organismo municipal que en esa época promoviese las VPO de Leganés) es probable que tampoco en el informe que te pase el IVIMA aparezca el importe de las posibles ayudas. Ya que vas a tener que ir al Ayuntamiento, pregunta si tienen algún tipo de competencia en esas viviendas en concreto (mejor pasarse de preguntar que correr el riesgo de denegación por faltar la devolución de alguna ayuda)
Gracias por tenernos informados. Un saludo _________________ Ana S.T.
Publicado: Dom, 05 Feb 2006 1:25 amAsunto: Mil gracias
Me queda bastante claro que el camino que estoy cogiendo (descalificación) es el correcto y el que menos líos me va a dar. Lo que pasa es que estaba super desanimada con el tema de los problemas que voy a tener con el Ministerio /los bancos para conseguir devolver el dinero de las subvenciones que recibieron (la verdad es que es de chiste, que para devolver dinero y además con una burrada de intereses te hacen casi arrastrarte de rodillas)
Una sola cosa sobre la 'caducidad' del derecho de tanteo y retracto.. Yo te creo, pero en mi ignorancia, y habida cuenta de que lo único que tengo en las manos es la escritura, yo me fiaba del párrafo de la misma que dice: "El patronatos de casa para funcionarios del Excmo Ayuntamiento de Madrid - es realmente la entidad 'dueña' de la promoción de VPO que nos ocupa - es titular de un derecho reservado a su favor de tanteo y retracto durante diez años a partir de la fecha de expedición de la Cédula de Calificación Definitiva - 1 de Agosto de 1984 - en el caso de transmisión intervivos de la finca descrita a terceras personas"
A no ser que la frase que viene después ("Derecho este que por razón del plazo inscrito se halla caducado pero pendiente de cancelación") signifique eso, que no caduca hasta que la vivienda no se descalifica...
Por cierto, este precioso párrafo fue el que el chorizo utilizó para engañarme... Me dijo que la 'descalificación' era un mero trámite muy sencillo, que no hacía él por falta de tiempo, pero vamos, sencillo sencillo y que era solo oficializar lo que de facto ya estaba hecho... En fin, qué joven era yo entonces...
Gracias de nuevo
Publicado: Dom, 05 Feb 2006 1:42 pmAsunto: Re: Mil gracias
AnaB escribió:
Me queda bastante claro que el camino que estoy cogiendo (descalificación) es el correcto y el que menos líos me va a dar.
Efectivamente AnaB
Cita:
Lo que pasa es que estaba super desanimada con el tema de los problemas que voy a tener con el Ministerio /los bancos para conseguir devolver el dinero de las subvenciones que recibieron (la verdad es que es de chiste, que para devolver dinero y además con una burrada de intereses te hacen casi arrastrarte de rodillas)
Ánimo, aunque sea largo y arduo vale la pena. ¿No te han pedido que rellenes un impreso dirigido al Ministerio de la Vivivenda para que te "hagan las cuentas?
Cita:
A no ser que la frase que viene después ("Derecho este que por razón del plazo inscrito se halla caducado pero pendiente de cancelación") signifique eso, que no caduca hasta que la vivienda no se descalifica...
La descalificación y el tanteo son cosas distintas. No se puede descalificar habiendo un tanteo vigente, pero en tu caso ha "caducado". Lo que pasa es que, en el registro se anotan todas las cargas, derechos etc... y cuando prescriben sigue la nota excepto que se pida expresamente su cancelación. Por ejemplo: imaginemos que había una hipoteca y ya esta toda pagada.. en el registro seguirá constando la referencia a esa hipoteca. Por eso, antes de vender, lo habitual es cancelar este tipo de anotaciones. Va a costarte un dinero pero ninguna cantidad que deba asustarte, seguro que Namar te dice el precio de cancelar una nota registral
Publicado: Lun, 06 Feb 2006 11:09 pmAsunto: Sigo con la historia
Tienes razón, nt, estamos haciendo una 'guìa' estupenda con todas las visicitudes que hay que pasar.
Hoy he ido al registro a por la certificación extensa (que ellos tb llaman de 'dominio y carga'). Es un mamotreto más o menos del mismo calibre que el Estatut , y por el que además me han cobrado 30 euritos y un mes de espera, donde viene que hubo una hipoteca a favor de la entidad que construía concedida por Cajamadrid, y el dueño (=Chorizo) que me la vendió a mí se subrogó a la misma. Luego viene toda MI Historia, es decir, la primera hipoteca mía con Cajamadrid (no subrogación), la novación que hice cuando me separé (bendito día) para ponerla a mi nombre previo pago de otro pastizal a mi ex (yo siempre bien rodeada...), etc.
Sin embargo, y en contra de lo que me decían en el M de la Vivienda, de las posibles ayudas que recibiera tanto la entidad promotora como el chorizo a nivel hipoteca, no hay nada. Vamos, que no hay descripción de la hipoteca en cuestión (según la experta del registro, por el hecho de que están canceladas). Sobre la mia, en cambio, hay toda una historia.Y ahí vamos a lo que voy a hacer mañana. Tengo dos opciones (a elegir): irme a Cajamadrid a pedirles que me saquen toda la historia de la casa, más o menos desde que Franco era cabo (y hay que tener en cuenta que ya me han dicho que "ellos solo guardan registro de cinco años" y esta hipoteca se concedio hace 21), o ir al Ministerio de la Vivienda a ver si con la certificación extensa les vale para creerse que no hubo ayudas... Puesto que ahí no pone nada. Bueno, miento, sí pone. Pero lo que pone es algo así:
AFECCION: Alegada exención del acto o contrato a que se refiere el asiento adjunto (la de la hipoteca), queda afecta en union de 34 más (la promocion inicial era por 35 viviendas que luego se dividieron y vendieron al chorizo y 34 mas) esta finca, por dos años, al pago de la liquidacion o liquidaciones que en su caso procedan, del impuesto de Transmisiones y Actos Juridicos documentados.
Luego hay otra afección, en este caso para el asiento de la compra (del chorizo a la promotora), que dice
AFECCION: Alegada exención del acto o contrato a que se refiere el asiendo adjunto, queda afecta esta finca por dos años al pago de la liquidacion o liquidaciones que en su caso procedan del impiesto de transmisiones y actos juridicos documentados.. Asimismo, esta finca queda afecta por dos años al pago del Arbitrio de Plusvalía a favor del ayundamiento de Madrid, por la transimisión objeto de la inscripción adjunta.
¿Esto qué me lleva a pensar (y confundo mis deseos con la realidad)? Pues que la UNICA subvención o ayuda que tuvo el chorizo fue la exención del pago del ITP y AJD al menos de su compra (y supongo que de la division del terreno en 35 fincas). Y digo que confundiría mis deseos con la realidad porque eso en teoría ya lo he pagado al Ayuntamiento de Madrid.
El problema que se me plantea es que aún así los del ministerio de la vivienda quieran ver las condiciones de la hipoteca que suscribió la entidad promotora y a las que se subrogó el chorizo. Si fuera así, ¿cómo puedo conseguirlo? El tiempo corre, necesito tenerlo todo hecho en dos meses para poder vender la casa o me veo pidiendo en el metro de Bilbao (el motivo de la prisa es que me traslado de ciudad y si quiero comprar algo allí, como no venda, a la hipoteca se me suma un alquiler)
Gracias de nuevo... Y perdón por la referencia al Estatut, ha sido la típica broma porque nt es catalán y 'algunos' están un poco tensos (not me, que creo que soy de las pocas que he leído al menos las partes más interesantes... Por eso sé que es mamotreto de largo y denso)
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Mar, 07 Feb 2006 12:50 amAsunto:
Hola ANAB.
Primero, aclaración:
Cita:
AFECCION: Alegada exención del acto o contrato a que se refiere el asiento adjunto (la de la hipoteca), queda afecta en union de 34 más (la promocion inicial era por 35 viviendas que luego se dividieron y vendieron al chorizo y 34 mas) esta finca, por dos años, al pago de la liquidacion o liquidaciones que en su caso procedan, del impuesto de Transmisiones y Actos Juridicos documentados.
Luego hay otra afección, en este caso para el asiento de la compra (del chorizo a la promotora), que dice
AFECCION: Alegada exención del acto o contrato a que se refiere el asiendo adjunto, queda afecta esta finca por dos años al pago de la liquidacion o liquidaciones que en su caso procedan del impiesto de transmisiones y actos juridicos documentados.. Asimismo, esta finca queda afecta por dos años al pago del Arbitrio de Plusvalía a favor del ayundamiento de Madrid, por la transimisión objeto de la inscripción adjunta.
Con respecto a esto, ni caso, te explico:
El pago de impuestos de transmisión de inmuebles se hace mediante "autoliquidación" (sistema JuanPalomo: yo decido en cuando se escritura, hecho la cuenta de cuanto debo pagar en Hacienda y lo liquido), pero, por si la liquidación no está bien hecha, y puesto que el Registro sólo da por "buenos" los documentos firmados ante Notario o dictados por Juez, pero al presentar la Escritura se le adjunta la copia del pago a Hacienda, se curan en salud con tan larga perorata: vienen a decir que vale, que el comprador ha pagado lo que se supone que corresponde, pero que igual llega Hacienda y dice que no está bien liquidado, y que ellos avisan (las Notas de Afección, que es como se llamar, van de dos a cinco años, según el Impuesto, y "caducan" pasado ese tiempo. Y se cancelan cuando se inscribe otra transmisión, si aluden a la compra, otra hipoteca, una cancelación...). LO de la Plusvalía Municipal es lo mismo: en los dos primeros años no existe la obligación de pagar la plusvalía...lo que no quiera decir que esos años no "cuenten" en el cálculo para los ayuntamientos.
Por todo lo dicho: ni caso.
Lo que creo que necesitas es la "extensa" de la finca matriz, esto es, la Nota de Registro donde se inscribieron ayudas a todo el edificio, a la construcción y hasta al terreno. Si el edificio tiene locales comerciales, la "extensa" del edificio suele ser el 1º "A"; si no hay locales, pues la planta baja "A". Cuando he gestionado cancelaciones de ayudas del Hipotecario (un clásico; en Parquesur yo era como parte del decorado a primeros de los 90) ó he tenido que demostrar que la vivienda estaba calificada antes del 78, la Nota que me han dado en el Registro es la de esos pisos (bueno, hay constructores raros que han considerado la primera finca el 1º C..., pero no es normal). En la Nota Simple de cada vivienda aluden a en qué finca-libro-tomo-folio está la finca de procedencia: pídelo así (la Nota de la vivienda donde se inscribieron las primeras ayudas todo el edificio; la "finca matriz", ó "de procedencia". Antes lo daban en el momento y era una Nota más (al precio de todas las notas simples, 3 euros y pico); desde la Ley de Protección de datos tardaban dos ó tres días en darlas porque "tachaban " todos los datos personales (DNI, direcciones, nombres completos...)
Lo que tienen estas cosas...es que se aprenden cosas, se conoce gente, se desarrolla un temple especial de nervios...
Suerte _________________ Ana S.T.
Publicado: Mar, 07 Feb 2006 9:40 amAsunto: JxxxxxxxxxxxR (Taco)
O sea, que despues de cobrarme 30 euros por la nota extensa (más los 6 de la simple) no vale para nada???? Manda h.... con los del Registro.
Pues ayer como me sospechaba algo parecido a lo que tú me dices sobre la finca matriz, estuve intentando convencer a la 'experta' del registro de que necesitaba eso.... Pues no y no...
Asi que para no equivocarme, porque las notas extensas, aparte de los 30 euritos, tardan un mes (y de verdad que el tiempo se me echa encima), si considero que, como dice mi nota extensa, "LA entidad promotora, dueña de la finca xx.xxx, flio yy, tomo zzz, inscripcion 3ª, ue es la extensa, la divide horizontalmente en noventa y nueve independientes y a favor del cual inscribo del dominio de la de este número"..., puedo pedir la nota simple o la extensa pero de esta finca, la xx.xxx, ¿verdad? Cuál de las dos pido? Lo digo por no perder tiempo ni dinero...
Lo que tu dices de la subdivsion en pisos puede ser, pero yo creo que no va a venir en ningun primero A, porque primero subdividieron los 99 en 3 y luego esos en tres a su vez, por eso mi finca tiene 35, la de enmedio creo que 29 y la otra otros 35... Con lo cual el primero A no está en mi finca, sino en la primera (para que te hagas una idea son tres portales, el 1, el 2 y el 3, y el mío sería el 3). Pero también puedo preguntar, lo que pasa es que en el registro se ponen super nerviosos cuando les pides algo un pelín más complicado...
Gracias... (Por cierto, vaya horitas de trabajo que llevas, y yo que me quejaba de las mías... )
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Mar, 07 Feb 2006 4:56 pmAsunto:
Hola de nuevo, ANAB
Pues sí, creo que la "división" habrá hecho que el Historial general de la finca matriz estén en el 1º A del primer edificio...
Explícales, a los del Registro, que lo que te piden en el Ministerio de la Vivienda (háblales ya de temas como muy oficiales, que aún hay gente que se despierta cuando se les habla de cosas así: Ministerios, Juzgados, Sedes Centrales de Bancos... ) son una serie de datos anteriores a la División Horizontal que derivó en tu finca como Independiente; por tanto, que necesitas la Finca Matriz ó Finca de Procedencia, a ver si con eso acertamos...
(Lo mío es fruto de la hiperactividad congénita y de muchos años trabajando un mínimo de 10 horas diarias seis días a la semana...,vida privada aparte. Además, que llevamos días con problemas de conexión en los Foros, y, si no es a deshoras...)
Suerte _________________ Ana S.T.
Publicado: Mar, 07 Feb 2006 5:16 pmAsunto: Tienes vida privada???
Pero eso no se puede consentir!!! Nada, nada más que trabajar, a ver si levantamos el país y Europa entera, a este paso... Es broma
OK con lo de la finca matriz (por cierto, los del Registro mío no se impresionan con nada, me miran todos con cara de pez cuando llego con estas cosas y acaban llamando a algún experto adicional, como mucho), lo que sí querría saber es si tú, que has visto más, crees que con la nota simple (barata y más rápida) bastaría o hay que pedir la extensa (pasta gansa y esperar un mes).
Otra cosa que se me había olvidado preguntarte es si las afecciones que te digo más atrás no tienen mayor importancia... ¿qué es lo que he pagado en el ayuntamiento de Madrid? Teóricamente he devuelto la plusvalía y la licencia de obras, que el Ayto subvencionó a la promotora y/o al chorizo, con sus intereses (casi 200.000 pelas de las de antes sobre un importe total de 70.000 del año 1984, para que los compis del foro se vayan haciendo una idea de cómo las gasta la administración). es decir, he devuelto una exención o subvención de tributos locales más sus intereses... Esa ayuda no consta, pues, en la nota extensa? En la nota extensa solo constarán las ayudas a la hipoteca, si las hubiera habido?
Apasionante mundo éste...
Mil gracias
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Mar, 07 Feb 2006 5:31 pmAsunto:
Hola de nuevo ANAB.
No le des más importancia a lo de las "Notas marginales", porque ya te digo que vienen a ser "comunicaciones" ante una posible revisión de Hacienda. No hay que cancelarlas, por tanto, si al Ayuntamiento ya le has pagado, no creo que te vaya a pedir nada más...Lo que te han cobrado es "su parte" de subvención (si la vivienda está construida sobre terreno cedido por el Ayuntamiento, por ejemplo, y las subvenciones sobre el IBI que tienen todas las VPO).El resto de "afecciones" caducan solas y se "cancelarán" cuando vendas el piso, directamente y sin coste.
Lo del Impuesto Municipal de Plusvalía es que tiene bastante "gracia": si vendes una vivienda antes de que pasen dos años desde la compra..., no tienes obligación a pagar la plusvalía municipal (lo que no quiere decir que esos dos años no coticen...); si vas a pagarla voluntariamente, te los cobran, si pasan tres años, pues tres años de plusvalía que te toca pagar. Aun no he encontrado explicaciones lógicas a este tema, pero, tiempo al tiempo...
Para salir de dudas, pregunta en el IVIMA (ó el Ministerio, donde hayas llegado ya en la carrera de las Descalificaciones) qué es lo que realmente necesitan: si la "historia" general de la finca matriz ú otra cosa. Yo creo que con una Extensa de la Finca de Procedencia (que antes las daban en el momento y no dejaba de ser una "prolongación" de la vivienda, por lo que no cobraban más que como Nota Simple...; ahora ya no sé qué estarán haciendo al respecto, sinceramente) te va a servir, pero...
Si, con estos temas se termina aprendiendo a hacer cosas que uno nunca se hubiese imaginado que tendría que hacer. Y eso que la vivienda es un bien de "primera necesidad" como el pan...
Un saludo _________________ Ana S.T.
Aclaración, una nota simple del registro es una descripción resumida de la finca, normalmente se limita a descripción, propietarios, cargas y poco más.
La nota extensa es una fotocopia de todas las inscripciones de la finca, desde la primera a la última, incluidas las hipotecas, las cancelaciones, notas marginales, segregaciones, embargos, obras nuevas, etc, etc. todo, pero todo, todo y de forma correlativa, sin interrupciones.
Otra cosa es el certificado de dominio y cargas que como su nombre indica es un CERTIFICADO que expide el registro para que quede constancia ante quién lo solicite del estado del dominio y cargas de la finca, este certificado se expide frecuentemente en caso de que se haya extraviado las escrituras del piso, con el se puede ir al notario y vender sin las escrituras.
Aclaro porque se puede deducir que la nota extensa y el certificado de dominio y cargas sean lo mismo y no es así. _________________ "El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda)
Hola Anab. Gracias por tu buen humor y por todo lo que vas aportando al foro... pero permíteme que te repita la pregunta: ¿No te han pedido que rellenes un impreso dirigido al Ministerio de la Vivivenda para que te calculen los importes de subvención y subsidiación? ¿Algo parecido a esto
Publicado: Mar, 07 Feb 2006 10:41 pmAsunto: Respuesta a ambos dos
Hola Pipiolo y nt
Por un lado, ya, en efecto, yo solicito nota extensa y me dan certificado de dominio y cargas. Y, no sé por qué, se emperran en que es lo mismo. El caso es que llevo desde diciembre yendo casi todas las semanas al registro. Como mañana vuelvo, pues a ver si se les mete en la cabezota que lo que quiero es la nota extensa de LAS DOS: la finca matriz y la mía. Les lloraré un poco con eso de que les estoy haciendo una visita semanal a ver si se dan un poquito más de prisa (el dinero ya hace tiempo que ha dejado de importar, porque cada vez que voy a algún sitio me pasa aquello de "Buenos días" "Pues son cincuenta euros").
Por otro, el impreso que me dices aún no he llegado a él... ¿Por qué? Porque al llamar por teléfono me dijeron todo lo que tenía que llevar y lo que me falta es justamente el punto E (Certificación de la entidad financiera sobre la hipoteca a favor del primer titular de la vivienda) que ya es conocido como 'el chorizo' o el choricete. El señor del M de la vivienda me dijo que la entidad (en este caso Cajamadrid) está obligada a dármelo y en Cajamadrid me dicen que no tienen registros de más de 5 años. Ante esto, en el ministerio me dicen que con la nota extensa en la mano, ellos me hacen una requisitoria para obligar al banco a dármelo. Por eso pensaba que con la nota extensa o la certificacion de dominio y cargas de mi finca bastaría porque ahí se ve que la hipoteca de la entidad promotora fue con Cajamadrid y luego el chorizo se subrogó. Pero parece que no va a servir, asi que por si las moscas, mañana me acerco al registro a solicitar la extensa de la finca matriz y si puedo el jueves, iré al ministerio para ver si puedo ir adelantando algo (al menos la requisitoria para el banco)
Un follón... Asi que por eso me tenéis trabajando a estas horas todos los días.. Porque como por las mañanas me suelo 'escapar' una o dos horitas, pues eso...
Publicado: Mie, 08 Feb 2006 4:38 pmAsunto: Vuelvo del registro
Y por fin una luz al final del túnel... Aunque dicha luz signifique el pago de un pastizal, pero al menos ya hay dato...
A ver, como era de esperar, Namar tenía razón y las condiciones de la hipoteca inicial están en la finca 1º 'A' de mi casa (digo lo de A entre comillas porque mi casa no empieza en la A, pero para los efectos es eso). O sea, que consejo cuando os pase lo mismo: tenéis que mirar la finca resultante de la división y ahí, si hay locales, iros a la finca correspondiente al 1º 1ª (sea A, derecha, 1ª, J o lo que les dé la gana numerar a los constructores).
Y ahí se ven por fin las famosas 'subvenciones' que recibió la entidad promotora y a las cuales se subrogaron el choricete y los restantes vecinos: en lugar del CATORCE (habéis leído bien, en el año 84 los intereses hipotecarios eran del CATORCE por ciento, ( )para que luego nos quejemos de lo de ahora..), la Caja se lo dejaba en un ONCE lo cual (amablemente te lo dicen) equivale para la parte deudora en una deducción de once ptas con quince céntimos por cada mil de préstamo en la cuota. O sea, y si no me equivoco (es que soy de Letras), esto significa que si el préstamo del choricete fue, creo de 3 millones de ptas, lo que le subvencionaron era 3.000.000 x 11,15 / 1000 = 33450 anuales. Si el préstamo tenía una vigencia de 15 años, esto hace un total de 33450 x 15 = 501750. Ahora bien, aquí me surgen varias dudas:
- Dado que el chorizo canceló la hipoteca a los diez años (más o menos), el total de las subvenciones que él recibió y yo voy a devolver (con sus intereses, supongo, y así me voy a la siguiente pregunta), fue de 334.500 ptas, no?
- Sabe alguien cuáles son los intereses desde el año 1985 hasta ahora (o más bien hasta el año 1995, puesto que la hipoteca 'subvencionada' se canceló en ese momento... O al no devolverse hasta ahora los intereses serán por todo el plazo, es decir, 21 años??? Me van a crujir!!!)
- Si bien en el momento de la formalización del préstamo éste era de un 14%, pudo bajar y de hecho bajaría, en diez años, por tanto, ¿cómo se come la cláusula de subvención? Esta dice que el interés se reducirá en tres puntos, pero si en vez de 14 es de 10, eso es un 7, por tanto los 11,15 ya no serán 11,15 sino menos. Esto también me lleva a la siguiente pregunta
- Vosotros créis que en el ministerio de la vivienda me admitirán esta nota extensa (que, por cierto, y se me olvidaba decíroslo, como ya soy como de la familia en el Registro me han dado gratis y en el día--- De alguna manera han reconocido que me la tenían que haber dado en la que me cobraron los 30 euros, no?), o aún así tendré que pedir a Cajamadrid que me haga los cálculos de la subvención (que digo yo que si yo soy capaz de hacerlos, en el ministerio de la vivienda con más motivo, no?). Porque los intereses son administrativos, ésos sí que tienen que cobrarlos ellos...
Vamos, que no sé por qué estoy tan contenta cuando la broma se me va a poner en más de un kilo de los de antes...
Bueno, perdonad por el bombardeo de preguntas, pero creo que yo voy un poco por 'delante' y´así voy abriendo camino y dando experiencia a la gente también, no?