Publicado: Vie, 10 Feb 2006 12:24 pmAsunto: Consulta a Namar/Ana
Te agradeceria mucho si puedes opinar o si conoces algun caso de las opciones que puse en mi post ¿se puede descalificar antes de los 15 años?, que entre otras eran ( alli esta mejor explicado):
- contrato privado de alquiler con opcion a compra.
-intercambio por otra propiedad.
Y otras dos cosas vistos los ultimos mensajes:
- la web de la Cam pone que hay que devolver el iva al descalificar, es correcto?, porque puede ser bastante dinero y en mi caso puede no merecer la pena.
- Aunque no podamos pedir la descalificacion hasta dentro de unos años ( 5 en mi caso), puede ser interesante pedir ya la informacion bancaria de las ayudas recibidas, antes de que pase mas tiempo. Te parece buena idea?
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Sab, 11 Feb 2006 4:42 pmAsunto:
Hola PLAN18000:
Ir haciéndoos una lista con las posibles devoluciones y a qué organismos tendríais que hacer en caso de descalificación no creo que os venga mal..., lo que pasa es que el montante económico no lo vas a saber hasta el momento en que te toque pagarlo (básicamente, porque se incrementan los intereses desde el momento en que se dieron las ayudas hasta el que se liquidan..., y de aquí a 5 años el plazo transcurrido es, eso, cinco años mayor ).
La "opción a compra" realmente la tienen todos los alquileres: los inquilinos, salvo renuncia expresa por su parte, son los primeros "candidatos" a comprar la vivienda donde residen si el propietario decide venderla. ¿Pactar con ellos que parte de la renta que te han ido abonando "compute" como entregada a cuenta del precio? Ya propuse algo similar en su momento (porque se supone que mientras están alquiladas, las VPOs no pueden ser descalificadas..., salvo permiso expreso del inquilino. Si se pacta con éste que a cambio del permiso le pueden ser convalidadas las cantidades correspondientes a la renta abonada -menos lo pagado por la comunidad y el IBI, por ejemplo-en caso de estar interesado en su compra, creo que será más fácil que acceda a firmar el permiso. (Al decir que todos los contratos tienen opción a compra, que nadie se lo tome tan al pié de la letra: quiero decir que lo habitual cuando se pone en venta un inmueble, y si no se ha firmado la renuncia por el inquilino, en el contrato, a su derecho de tanteo y retracto, éste será el primer candidato a comprar la vivienda).
Al descalificar, lo que el propietario debe devolver son todas las ayudas y subvenciones recibidas tanto por la vivienda (ayudas a la construcción) como al propietario (subvención en intereses, ayudas a fondo perdido, créditos sin interés -vamos, que el interés sí existía, pero no se pagó por el beneficiario-). ¿El IVA? Pues se me escapa qué IVA van a cobrar...El que consideren subsidiado por parte de la Administración, si acaso. Porque tú pagarías el tuyo (supongo), la promotora el suyo según fue construyendo ( por materiales, instalaciones...). Ya digo que hacen un cómputo total de qué gastos suponen la descalificación, y varían de una a otra vivienda.
¿Permuta en VPOs? No sé cómo estará previsto este tema en la actualidad. Hace años sí se podía: por traslados de provincia derivados del trabajo, el beneficiario de una VPO que vendía podía solicitar otra en el sitio donde iba trasladado, ó proponer una "permuta" con alguien que tuviese el mismo "problema" en sentido geográfico contrario. Pero como las competencias de vivienda están trasferidas a las CCAA, actualmente no sé cómo estará planteado este tema (sólo conozco, y de oidas, el de cambios entre provincias: no sé qué pasaría dentro de la misma provincia).
Espero haberte resuelto alguna duda. Un saludo y suerte _________________ Ana S.T.