Pues eso, mi vivienda en una VP0 de Promoción Privada y el expediente de de obtención de la misma es de 1994 y La vivienda me la entregarón en 1997.
He llamado al 012 de Comunidad de Madrid para informarme y me dicen que han de pasar 15 años para solicitar la descalificación y 30 los años en los que se ve afectada por la VPO la vivienda.
El caso, es que no hay manera de averiguar a que plan de VPO y sus condiciones iniciales en ese plan, por la que compre la vivienda y me da en la nariz que disposiciones posteriores han cambiado las reglas del juego con caracter retroactivo, lo cual me produce una cierta indefensión.
¿Alguien me puede dar información al respecto? Quiero luchar por descalificar mi vivienda lo antes posible, ya que me temo que como no lo haga, algún día de esto me lo vuelven a cambiar sin contar con todas las partes afectadas.
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Mie, 01 Mar 2006 2:27 pmAsunto:
Hola ALBERTP
Cita:
El caso, es que no hay manera de averiguar a que plan de VPO y sus condiciones iniciales en ese plan, por la que compre la vivienda
En la Comunidad de Madrid el tema es más básico: si tiene menos de 15 años (a contar desde la fecha de otorgamiento de la Calificación Definitiva; consulta en la Escritura ó vé al Registro y que te la confirmen), puedes solicitar la descalificación, pero te la van a denegar por razón de antigüedad (se desestiman de forma sistemática).
Si es una VPO de Promoción Privada, puedes vender a precio VPO a partir de los cinco años del otorgamiento de la Calf. Definitiva (están dando los permisos de venta), pero necesitas solicitarlo en cualquier caso. El permiso lleva implícita la renuncia al derecho de tanteo por parte de la CAM (se lo van a pedir, el permiso y la renuncia, al posible comprador que precise financiación bancaria).
Si no es de Promoción Privada (los pisos "sociales", promovidos por el Ministerio ó los Ayuntamientos, y destinados en muchas ocasiones a realojos, también se definen como VPP, siendo su tradución Vivienda de Promoción Pública, no confundir con el término "con protección pública", que son en gran parte privadas y se engloban muchas cooperativas, es un pequeño galimatías), no se prevee la descalificación y la Administración puede ejercer el tanteo con independencia a su antigüedad.
Los posibles "planes" a que la vivienda pueda estar acogida solo influyen en el caso de que la CAM dé el permiso para descalificar: cada uno lleva implícita una serie de ayudas y subvenciones propia (que es lo que hay que devolver para que la descalificación sea un hecho). Para ello, necesitarás una "Nota Extensa" de la vivienda, en que conste su historial completo (incluye el de la Finca Matriz ó de Procedencia, donde se incriben los préstamos originarios al edificio entero y las ayudas a la construcción).
Espero haberte resuelto alguna duda. Un saludo _________________ Ana S.T.