Alquileres y arrendamientos en general: informacion sobre garantias para alquilar
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Alquileres y arrendamientos en general: informacion sobre garantias para alquilar: Forums

La Inmobiliaria :: Ver tema - NECESITO MI PISO PERO ESTA ALQUILADO
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NECESITO MI PISO PERO ESTA ALQUILADO

 
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Autor Mensaje
JUAN PI
Invitado





MensajePublicado: Mar, 14 Mar 2006 2:45 pm    Asunto: NECESITO MI PISO PERO ESTA ALQUILADO

Hola, en el asunto, creo que resumo perfectamente la situación, pero me extiendo un poco para que tengaís todos los datos y por favor, me ayudeís. En estas fechas, estoy en proceso de superación, como es muy probable que tenga que dejar la vivienda que comparto con mi mujer, lo lógico es que me vaya a un piso de mi exclusiva propiedad, pero el caso es que está alquilado, los inquilinos llevan ya seis años, cinco de contrato y la correspondiente prórroga, pero me han comunicado que dicha prórroga es de TRES AÑOS, aunque este estipulada en la misma que es de carácter anual, ¿es esto cierto?. Pues lo dicho, aunque el destino de mi vivienda sea el de la ocupación por mí parte, puedo indicarselo y pasar a recuperar su disfrute. Ah, por cierto, me pagan sin problemas, el caso es que son un poco "guarretes", pero claro ellos deciden su forma de vivir.

Un saludo y gracias por las respuestas
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JRODRSAN
Moderador
Moderador


Registrado: Jul 20, 2005
Mensajes: 517

MensajePublicado: Mar, 14 Mar 2006 5:36 pm    Asunto:

Sí,es cierto que la prórroga es de tres años.
Sólo te queda la posibilidad de negociar.
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NAMAR9988
Moderador
Moderador


Registrado: Jun 07, 2005
Mensajes: 2289
Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)

MensajePublicado: Mar, 14 Mar 2006 9:17 pm    Asunto:

Hola JUANPI.
Aplicando la LAU al pie de la letra, los contratos de arrendamiento son por años, con un máximo de 5 años y una prórroga de 3 más. Lo de los "cinco" son obligatorios para el propietario, si los inquilinos no deciden irse antes (en cuyo caso no se les puede reclamar por el posible "impago" del tiempo que falte hasta los 5 años Laughing ) y pagan sin problemas. Si el propietario necesitase para sí mismo ó un familiar en primer grado la vivienda antes de los 5 años, lo normal será comunicarlo a los inquilinos antes de que concluya el plazo de cada año natural (con dos meses de antelación) y cruzar los dedos para que los inquilinos acepten irse...Por descontado, esta necesidad debe ser demostrable, la renta debe haberse declarado en Hacienda, y la vivienda, en caso de aceptar los inquilinos irse, debe ser habitada DE INMEDIATO por quien declaró necesitarla...Y si el dueño decidera venderla una vez vacía, los inquilinos tienen derecho de tanteo y retracto (comprarla al precio que el dueño pida) y, si lo que desean es recuperarla como vivienda en alquiler, denunciar el tema (tienen todas las de ganar)
Lo mismo se aplica en la prórroga de los 3 años.
Comunícales tu necesidad de recuperar la vivienda... y cruza los dedos. En ocasiones, también hay inquilinos que "entran en razón" con una compensación económica (que en ningún caso es obligatoria ni puede ser exigida por los inquilinos como "contrapartida" para irse.... pero que es práctica habitual).
Buscar otra vivienda para los inquilinos, de precio similar y pagarles la mudanza... suele funcionar. Es una sugerencia Laughing
Suerte Very Happy
_________________
Ana S.T.
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Precio Justo
Invitado





MensajePublicado: Mie, 15 Mar 2006 2:37 am    Asunto:

La posibilidad de ocupar el piso del dueño debe estar contemplada en el contrato de arrendamiento. Si no es asi, no vas a poder entrar.

Eso si, siempre puedes decirles que la ley te ampara y tal y cual, y si cuela, cuela...

Aparte de esto, suscribo lo dicho por los compañeros.
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JUANPI
Invitado





MensajePublicado: Mie, 15 Mar 2006 9:55 am    Asunto: Muchas gracias, intentaré la via de la negociacion.

Es la que me queda, otra buena sugerencia es la de pagarles la mudanza, muchas gracias por todas las respuestas.

Un saludo.
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