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mirenba Invitado
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Publicado: Jue, 16 Mar 2006 10:10 am Asunto: ayuda |
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| el credito para la compra de vivienda me la concede un particular .Unica exigencia por parte que se lo page en diez años . me han comentado que lo que me interesa es que no sea cuota fija , que sea variable pagaderas en cualquier momento del año . el unico plazo que se cierra es el diez años . Necesito urgentemente ayuda pues el lunes 20/03/2006 firmo los papeles de la compra del piso en el notario .Esto puede hacerse asi , que tiene que constar en el contrato por escrito . Ayer se lo consulte a un asesor y se me puso bastante borde .que datos tendrian que constar? |
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pipiolo Administrador


Registrado: Dec 13, 2003 Mensajes: 1213
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Publicado: Jue, 16 Mar 2006 8:10 pm Asunto: |
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¿Es con garantía hipotecaria?
¿A que tipo de interés?
¿Porqué se puede pagar en cualquier momento del año?
¿Sólo una cuota?
Debes facilitarnos el máximo de datos para que te podamos ayudar, sin datos es imposible.  _________________ "El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda) |
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mirenba Invitado
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Publicado: Vie, 17 Mar 2006 11:53 am Asunto: |
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| el dinero me lo prestan unos familiares . el prestamo que me hacen es de 1/3 ,si tengo que pagar 30 millones me prestan diez. lo que quiero es máximo rendimiento cara a hacienda , parece ser que por consulta hecha en hacienda no es necesario marcar intereses y puede ser en una sola cuota cuando yo elija o en varias . yo ando muy pez en este tema pero muy agradecida por todo. |
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pipiolo Administrador


Registrado: Dec 13, 2003 Mensajes: 1213
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Publicado: Sab, 18 Mar 2006 12:29 am Asunto: |
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Neeeesskeeeeennsss ¡¡Te necesitamos!! _________________ "El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda) |
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Neeskens Asiduo


Registrado: Jan 17, 2006 Mensajes: 149 Ubicación: Alicante
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Publicado: Sab, 18 Mar 2006 10:09 am Asunto: |
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Hola:
Todas las cantidades destinadas a la adquisición de la vivienda habitual son desgravables con el límite de 9.015 euros independientemente de la forma en que se instrumente el pago. Por tanto es perfectamente posible deducirse por las cantidades amortizadas en un préstamo familiar.
En ese contrato de préstamo se debe hacer constar fundamentalmente el capital prestado, la duración, las amortizaciones y el tipo de interés. Es conveniente que las amortizaciones sean variables para así adecuarlas a tu declaración de renta. Y en cuanto al tipo de interés, mucho ojito con la presunción de onerosidad ya que hacienda puede entender que tus familiares te están cobrando intereses y por tanto tendrían que declararlo en su IRPF. De todas formas te aconsejo que pongas un interés del 0% ya que al ser familiares no se suelen meter.
Para no tener ningún tipo de problema con la Administración es importante que ese contrato de préstamo se registre en el Registro de la Propiedad a través de un modelo 600 que será cero según el artículo 45, I, B, 15 de la Ley del ITP donde se establece la exención sobre los préstamos. _________________ Salut i força. |
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pipiolo Administrador


Registrado: Dec 13, 2003 Mensajes: 1213
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Publicado: Sab, 18 Mar 2006 9:50 pm Asunto: |
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Fenomenal, como siempre.
¡¡Es un honor tener participantes con nivel!!. Y no me refiero al nivel de conocimientos, que por la respuesta ya quedan demostrados, sino por el nivel de generosidad en ayudar a los demás. _________________ "El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda) |
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