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linuxmo Usuario


Registrado: Apr 19, 2006 Mensajes: 9
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Publicado: Mie, 19 Abr 2006 9:15 pm Asunto: Duda sobre aumento de patrimonio |
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Los beneficios de la venta de una vivienda destinados a cancelar la hipoteca de esa misma vivienda están excentos de 15% por aumento de patrimonio.
Ej.
vivienda escriturada en 24000 €
es vendida en 150000 pero escriturada en 120000 € el resto en B
aumento patrimonio 96000 €, si yo de estos 96000 € destino parte a la cancelacion de la hipoteca que tenía la vivienda 36000 € y el resto lo reinvierto en nueva vivienda??
Me pedirá cuentas hacienda por el dinero aplicado a la cancelación, es decir, 15% sobre 36000 €
Gracias a todos. |
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NAMAR9988 Moderador


Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
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Publicado: Mie, 19 Abr 2006 9:30 pm Asunto: |
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Hola LINUXMO:
No, no te pedirán cuentas sobre esa cantidad: el beneficio, como su propio nombre indica, es la cantidad neta obtenida por la venta de la vivienda, esto es: precio actual de escrituración menos precio de compra: beneficio bruto. De ahí se descuenta: cargas a liquidar, gastos de cancelación, pago de comisiones, pago de impuesto de plusvalía: ése es el beneficio neto, y a éste se le aplican una serie de coeficientes reductores por antigüedad (consultar en Hacienda). Lo que resulte, se puede reinvertir en vivienda habitual (comprada ó en reformar en obras "imprescindibles para ser habitada" otra que pase a ser vivienda habitual), y hay dos años de plazo para hacerlo. Sino, se aplica el 15% sobre esta cantidad, y ésa es la cantidad a pagar.
Saludos  _________________ Ana S.T. |
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linuxmo Usuario


Registrado: Apr 19, 2006 Mensajes: 9
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Publicado: Mie, 19 Abr 2006 9:43 pm Asunto: Cuando hablas de cargas.... |
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Cuando hablas de cargas.... te refieres a la hipoteca noo??
Otra cosita, que ocurre si este beneficio obtenido una vez pagada la hipoteca es decir 60000 € lo doy de entrada en una vivienda de nueva promoción, que no la entregan hasta tres años despues. tendría que pagar el 15% ?? |
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Neeskens Asiduo


Registrado: Jan 17, 2006 Mensajes: 149 Ubicación: Alicante
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Publicado: Mie, 19 Abr 2006 11:03 pm Asunto: |
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Hola:
Ojo a la hora de calcular la ganancia patrimonial (beneficio que dice linuxmo), ya que la cancelación de la hipoteca sólo se considera únicamente en caso de reinversión. _________________ Salut i força. |
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linuxmo Usuario


Registrado: Apr 19, 2006 Mensajes: 9
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Publicado: Jue, 20 Abr 2006 12:03 am Asunto: Buen detalle gracias |
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| gracias por este punto. un saludo. |
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