VPO Andalucía: tengo una VPO y me quiero que mi novia sea propietaria
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VPO Andalucía: tengo una VPO y me quiero que mi novia sea propietaria: Forums

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tengo una VPO y me quiero que mi novia sea propietaria

 
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Autor Mensaje
GIORGIOJP
Invitado





MensajePublicado: Jue, 08 Jun 2006 1:07 pm    Asunto: tengo una VPO y me quiero que mi novia sea propietaria

Holas buenas tardes a todos y todas,

mi pregunta o mi duda es la siguiente, hace unos días firme el contrato de compra de una vpo nueva en granada, el caso es que yo llevo mucho tiempo con una chica con la que pretendo casarme. existe alguna manera de poder poner el piso a nombre de los dos, ya que por lo visto si nos casamos aunque sea por bienes gananciales el piso nunca estará a nombre de ella y como ella quiere colaborar lo más justo es que esté a nombre de los dos.
Gracias de antemano y un saludo
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GIORGIOJP
Invitado





MensajePublicado: Vie, 09 Jun 2006 6:44 pm    Asunto: PODRÍA RENUNCIAR????

ES MAS... PODRÍA RENUNCIAR A EL PISO UNA VEZ YA FIRMADO EL CONTRATO?????
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Invitado






MensajePublicado: Vie, 14 Jul 2006 10:27 am    Asunto:

Si firmaste hace poco el contrato y es de emuvyssa lo mismo somos vecinos (edificio albatros?). Yo estoy en el mismo caso y pregunté en emuvyssa y parece ser que no se puede hacer nada.
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NAMAR9988
Moderador
Moderador


Registrado: Jun 07, 2005
Mensajes: 2289
Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)

MensajePublicado: Mar, 18 Jul 2006 9:48 pm    Asunto:

Hola GIORGIOJP:
Las VPOs se adjudican (sea por sorteo, sea por compra "voluntaria" en una promotora ó por participación en una cooperativa) en base a una serie de requisitos. Y la variación de éstos puede suponer que el beneficiario deje de tener derecho a la VPO. Caso que puede darse cuando éste aumenta la unidad familiar...
De momento, la VPO va a ser tuya con carácter privativo. Tu pareja podrá vivir en ella (lo que, por otra parte, se traducirá en no poder optar a otra VPO... aunque para qué iba a quererla) y, si lo decidís así, participar en el pago de los gastos de la misma. Lo normal en una convivencia, vamos...
En caso de matrimonio en gananciales, pasará a ser dueña de la parte proporcional de la vivienda que esté sin terminar de pagar en ese momento (por ejemplo, si te costó 100.000,-€, de los cuales financiaste 80.000,-€, y en ese momento quedan por amortizar 70.000,-€... si un día quereis vender la vivienda por separación -toquemos madera- ella podrá defender sus derechos sobre la titularidad del inmueble desde la fecha de la boda, contrastándolo con los extractos de los recibos pagados de la Hipoteca (en la vivienda libre pasa lo mismo: si se compra por porcentajes, por ejemplo, él 40% y ella 60%, estando solteros, y luego se casan en gananciales, y con la vivienda pagada deciden separarse y repartir, serán dueños con caracter privativo en los porcentajes pagados hasta la fecha de la boda y al 50% indiviso con carácter ganancial desde ese momento. Cosas del régimen de gananciales, en la práctica...)
Hay un método para proteger los intereses de tu pareja (lo he comentado otras veces).
En primer lugar, la Hipoteca podeis pagarla a medias "de hecho". Para ello, haced los pagos por trasferencia. Desde cuentas independientes donde ingreseis vuestro sueldo, ordenar una trasferencia todos los meses del importe correspondiente al pago de la mitad de la cuota de la hipoteca. Conviene que en el impreso de trasferencia (ó en el apunte que el Banco os haga en cuenta) quede reflejado así: cantidad trasferida para pago cuota mes tal de Hipoteca vivienda. En caso de problemas (no me quiero poner en lo peor, pero estoy pensando en herencias), ambos podreis demostrar vuestros derechos sobre la vivienda.
Además, podeis suscribir un contrato privado. Por duplicado y guardando las copias por separado en lugares seguros (la confianza se presupone, pero aquí estamos hablando de otros temas).En él, manifiestas ser dueño por adjudicación (ó compra, ó lo que sea) de la vivienda sita en tal sitio, con tales datos y tal nº de finca registral, y, a ese respecto, decides ceder los derechos de propiedad del 50% (ó el porcentaje que decidais) de la misma a (tu pareja). Manifiestas qùe por tratarse de una VPO, la finca consta en el Registro a tu sólo nombre y con carácter privativo, y que (tu pareja) no puede constar como titular de pleno derecho por imperativos legales derivados de la Naturaleza Protegida del inmueble. En el mismo contrato, tu pareja se compromete a hacer frente de forma indistinta y solidaria de los gastos de la vivienda, tanto los referidos a la Hipoteca (podeis mencionar en qué Banco está, qué nº de préstamo tiene, cuanto capital queda pendiente en ese momento) como a los propios de suministros, impuestos, tributos... Y os comprometeis, en el momento en que sea posible, a suscribir en Escritura Pública los derechos de propiedad que (tu pareja) adquiere en privado en este momento y con la firma de ese documento privado de cesión de derechos compartidos sobre el inmueble descrito...
Como digo, a las malas, sería defendible los derechos de tu pareja sobre la VPO...
Cita:
PODRÍA RENUNCIAR A EL PISO UNA VEZ YA FIRMADO EL CONTRATO?????

Sí, pero igual conlleva pérdida de cantidades a cuenta, ó te imposibilita para poder optar a otra VPO... Si la vivienda te gusta, sigue adelante con la compra. En el peor de los casos, podrás venderla una vez la tengas a tu nombre (si lo que quereis es tener una a nombre de los dos) y compraros otra libre... Pero ya te digo que la firma de un contrato entre vosotros es legal y puede serviros para lo que necesitas.
Un saludo Very Happy
_________________
Ana S.T.
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