Publicado: Vie, 17 Feb 2006 4:30 pmAsunto: COMPRA DE VPP TENIENDO UNA DE RENTA LIBRE
ME GUSTARÍA COMPRAR UNA VIVIENDA DE PROTECCIÓN PUBLICA, Y TENGO UNA DE RENTA LIBRE. SE QUE PARA COMPRAR UNA VPP NO DEBO TENER VIVIENDA, MI PREGUNTA ES: ¿PUEDO COMPRAR UNA VPP SI ANTES DE FIRMAR LAS ESCRITURAS VENDO LA DE RENTA LIBRE?
SI NO PUEDO HAY ALGUNA FORMA.
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Vie, 17 Feb 2006 4:55 pmAsunto:
Hola YOMISMO.
Para poder acceder a la compra de una vivienda protegida, es condición imprescindible el no ser propietario ( ni a tu nombre ni al de nadie que vaya a componer tu unidad familiar) de ninguna otra vivienda. Ni libre ni protegida.
Como, además, hablas de protección pública (lo que indica el mayor grado de protección de las VPOs), cabe la posibilidad de que ni tengas la posibilidad de ser "agraciado" con una. Me explico. Este tipo de viviendas son "adjudicadas" a solicitantes que opten a ellas previamente a su construcción, y la adjudicación se hace previa verificación de datos de tipo personal del solicitante: ingresos, edad, residencia y/ó lugar de trabajo, miembros de la unidad familiar...y no ser propietario de otra vivienda.
Por tanto, deberías tener ya vendida la vivienda libre no en el momento en que puedan adjudicar la VPP, sino en el momento de solicitarla. Y aún así, es probable que el hecho de haber sido ya dueño de una vivienda te reste "puntos" a la hora de valorar la necesidad real de vivienda protegida.
Otro tema pueden ser las VPO de promoción privada, las de cooperativa...En esos casos, como la venta se hace por parte de las promotoras a quien declaran su interés de comprarla ( y que se supone que reunen las condiciones para optar a ellas, en el caso de las VPO privadas ) y, en el caso de las cooperativas ó comunidades de propietarios en régimen de autopromoción, son éstos quienes se "autoregulan"..., pues bastará, de momento, que a la hora de escriturar la VPO ya no tengan la libre a su nombre... y que ni la Administración ni el resto de cooperativistas tengan derechos de retracto adquiridos si se considerase irregular el haber sido propietario de una vivienda de renta libre previa a la compra de la VPO (tema que creo que ya se ha tratado, y que no quedó nada claro ).
Un saludo y suerte _________________ Ana S.T.
Publicado: Sab, 18 Feb 2006 1:10 pmAsunto: Es un caso parecido al mio, NAMARR9988 ¿podrias ayudarme?
HOLA! VENGO DEL FORO DE ANDALUCIA!
La compradora de mi piso poseee una casa "libre" en otra ciudad , por motivos laborales la destinan aqui y quiere comprar un pisito "vpo" (el mío)...
La ley dispone que "por razones de movilidad laboral...podrán establecerse reglamentariamente excepciones..."
Después del pequeño alivio de ser de antes del "92", nos encontramos con esto.Tenemos certificado de su empresa ( el traslado fue hace un año y estaba de alquiler) y cumple el requisito económico
390000 ME CONTESTÓ
Según el punto 3 del artículo 4 de la ley entraría dentro de las excepciones marcadas, lo que ocurre es que no está desarrollado el punto, por lo cual no hay criterio establecido. Hasta que no haya un reglamento de ejecución no se puede saber nada con seguridad. Entiendo que es un caso claro en el que se permítirá la excepción, pero es que tratándose de la Junta...
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Sab, 18 Feb 2006 5:35 pmAsunto:
Hola CASTRO.
Estoy totalmente de acuerdo con la opinión de 390000: sobre el papel, si la venta se hace por el precio VPO, el comprador reune todos (salvo el relativo a no ser propietario de otra vivienda) los requisitos previstos para ser beneficiario de una VPO y el traslado es justificable..., se supone que la transmisión estará libre de ser "revisada" con el objetivo de que la Junta ejerza el derecho de retracto, pero..., no te lo puedo asegurar. Más que nada, por lo que está previsto como "requisito" a la hora de adquirir una vivienda protegida: la compradora ya es dueña de otra vivienda, aunque no sea en la misma CCAA.
¿La compradora conserva la vivienda libre? ¿La ha destinado al alquiler? ¿El traslado tiene carácter provisional?
Creo que los únicos que van a poder asegurarte una respuesta fidedigna son los responsables de vivienda de la Junta.
Ah, y traslado este tema (lo copio) al Foro de Andalucía, para no líar más el tema...
Un saludo y suerte. _________________ Ana S.T.
Y si el caso es que accediste al sorteo VPP por no tener una vivienda de ningún tipo, hiciste la declaración jurada en aquel momento y efectivamente no tenías vivienda, y posteriormente antes del sorteo te compras una de renta libre? ¿Seguirias teniendo derecho a ella si vendes la que te compraste en el mientras tanto?