Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Mie, 03 May 2006 11:11 pmAsunto:
Hola BETOR.
¿Techo? ¿No querrás decir "terreno" (esto es, superficie edificable del total de una parcela)?
Si es esto, consúltalo en el Ayuntamiento: suelen tener planes urbanísticos que controlan y limitan la edificabilidad de las diferentes zonas.
Saludos _________________ Ana S.T.
Registrado: Jun 11, 2004 Mensajes: 476 Ubicación: Vinaros (CASTELLON)
Publicado: Jue, 04 May 2006 2:23 pmAsunto:
Hola, dentro de los planes de ordenación urbana de cada ayuntamiento, se da un dato que es el coeficiente de edificabilidad.
El resultado de multiplicar la superficie del terreno por el coeficiente de edificabilidad da el valor en metros cuadrados de techo edificable, también llamado aprovechamiento lucrativo total.
La formula es :
E (m2t) = S (m2s) * e (m2t/m2s)
E= TECHO EDIFICABLE
S= SUPERFICIE TOTAL DEL TERRENO
e= COEFICIENTE DE EDIFICABILIDAD.
El valor de "e" que sería el factor determinante y más "político" de la formula , representa que cuanto más cercano sea a la unidad, mayor cantidad del terreno se puede edificar con lo que mayor es el aprovechamiento lucrativo de la operación. _________________ Saludos Cordiales
José Luis
Simplificando: El hablar de techo y de suelo puede ser confuso. Por techo edificable se entiende la cantidad de m2 que puedes construir en una parcela de acuerdo con los parámetros urbanísticos, distribuidos en tantas plantas como te permitan. Que no es lo mismo que suelo edificable, porque sobre una cantidad de suelo edificable se pueden construir muchos metros de techo.
También se distingue entre edificabilidad bruta y edificabilidad neta, según se aplique sobre terrenos sin urbanizar, o sobre parcelas netas ya urbanizadas aptas para edificar (es decir, en este caso, una vez cedidos viales, zonas verdes obligatorias, etc.). Los ratios de edificabilidad bruta son variables, y pueden ir, por ejemplo, desde 0,30 en zonas de viviendas unifamiliares aisladas, hasta por encima de 2, en zonas de densificación urbana.
Los parámetros de edificabilidad, de ocupación en planta, de densidad de viviendas y de altura reguladora, acostumbran a ser definitorios de la volumetría de los edificios.
Si tienes alguna parcela urbana, y quieres saber de cuánto techo edificable dispondrás, debes aplicar los ratios que te dará el ayuntamiento correspondiente a tu parcela, sector o unidad de actuación en que radica la misma. Será diferente según esté urbanizada o no, y dependiendo de su desarrollo deberás restar un 10% en concepto de cesión de edificabilidad obligatoria al ayuntamiento.
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Jue, 04 May 2006 8:53 pmAsunto:
Hola
Cita:
Por techo edificable se entiende la cantidad de m2 que puedes construir en una parcela de acuerdo con los parámetros urbanísticos, distribuidos en tantas plantas como te permitan. Que no es lo mismo que suelo edificable, porque sobre una cantidad de suelo edificable se pueden construir muchos metros de techo.
Cita:
Este es uno de los temas que aparece en cualquier curso de gestor inmobiliario.
Teneis toda la razón : no sé porqué yo esta mañana "ví" el tema como si fuese una parcela donde construir un unifamiliar de una sola planta
Es obvio que el "techo" va a ser el nº de plantas que se puedan edificar en la parte del suelo edificable (según planes urbanísticos). Y que, por término medio, también los Ayuntamientos tienen potestad para autorizar hasta qué número de alturas se puede construir en según qué zonas del municipio...
En definitiva, BETOR (y aparte de aplicarte la fórmula que te facilita INMOVE): con una Nota Simple y la referencia catastral de la parcela, pásate por el Ayuntamiento en cuestión (concejalía de Urbanismo, por término medio) y consúlta el caso concreto.
Un saludo (y gracias a INMOVE, URBANO Y MENCEY) _________________ Ana S.T.