Publicado: Jue, 08 Jun 2006 11:38 amAsunto: Vivienda habitual y alquiler.
Una dudilla fiscal:
Tu estás pagando tu piso, desde antes de que te lo den, y desgravándote cada año el 15% de lo que pagas en concepto de 'pagos al promotor'.
Llega el momento en el que te lo dan y, por motivos económicos, no puedes irte a vivir allí y lo tienes que alquilar (y seguir viviendo con los padres, por ejemplo).
¿Tendrías que devolver todo lo que te desgravaste porque no ha llegado a ser tu vivienda habitual?
Registrado: Jan 17, 2006 Mensajes: 149 Ubicación: Alicante
Publicado: Jue, 08 Jun 2006 9:58 pmAsunto:
Si el inmueble que has adquirido no se convierte en tu vivienda habitual, deberás devolver las cantidades deducidas. Para que dicho inmueble sea tu vivienda habitual a efectos fiscales debe ser habitada por ti en el plazo máximo de un año desde su adquisición y luego debes vivir en ella ininterrumpidamente durante un periodo de tres años, salvo algunas excepciones. _________________ Salut i força.