Publicado: Mar, 04 Jul 2006 4:31 pmAsunto: Contrato compra-venta
Hola a todos,
Estoy en proceso de venta de un piso y resulta que una de las agencias que me lo lleva me ha conseguido un comprador. Por lo que me dicen se va hacer un contrato de compra-venta de 6000€ y el resto el día de la escritura.
Que por cierto me piden una copia de la escritura para hacer la paga y señal ¿es normal?
Entiendo que diferencia hay entre un contrato de arras y uno de compra-venta. No he visto ninguno nunca, alguien podria enseñarme o al menos explicarme en que detalles me tengo que fijar el día la firma, a ver si voy a firmar uno de arras y no me voy a enterar. ¿Hasta que punto puede echarse atras el comprador en un contrato de compra-venta? ¿Habeis vivido algún caso?
Lo normal es que sea un contrato de arras penitenciales, de tal modo que si tu te echas atrás das al comprador 12.000 euros y si es el comprador el que se echa atrás, tú te quedas con los 6.000 euros.
Fíjate en cómo se especifica que el comprador entrega los 6.000 euros, lo común es que sea en concepto de arras penitenciales o confirmatorias, siendo las más comunes y menos problemáticas las primeras.
Otro aspecto importante, asegúrate que se pone fecha tope para escriturar, lo común es dar un plazo entre un mes y medio y dos meses, esto se hace porque a veces el tasador tarda en hacer su trabajo y además pueden surgir problemas con la financiación, en cualquier caso el plazo lo suelen fijar la partes de común acuerdo en casos más complejos.
Comprueba que los datos del comprador y los tuyos son correctos y antes de firmar, aclara con la agencia cómo y a quién cobrarán la comisión.
Que te pidan copia de las escrituras es normal, también deberían de tener una nota simple del registro de la propiedad con información de tu inmueble.
Comprueba que el precio fijado para la compraventa que será el de la señal más lo que quede para el día de la firma sea correcto.
A veces se pone que la señal se devuelve si el comprador no consigue financiación, aunque te puedes negar a firmar eso.
Más adelante te pedirán si tienes hipoteca, el certificado bancario del saldo pendiente que te quede, se encargarán de contactar con el presidente de la comunidad o el administrador para que éste les proporcione un certificado de que estás al corriente de pagos.
Los gastos de cancelación de hipoteca y la plusvalía municipal suelen ir por cuenta del vendedor.
Suerte.
¿Y no hay otro tipo de contrato que no sea arras?
El caso es que el tope de escritura me piden 6 meses. Yo le comenté al de la agencia que lo encontraba excesivo y que durante estos meses yo ya no tendría el piso en venta y por tanto esto podria perjudicarme gravemente si finalmente el comprador se echase atras ya que con 6000€ es muy facil echarse atras. Pero el caso es que el de la agencia me comenta que es un contrato de compraventa y que llegado los 6 meses tanto el comprador como el vendedor están obligados a cumplir con la venta o compra. Vamos que no es un contrato de arras, sino de compraventa. Y esto es con lo que no me acabo de aclarar
¿ Tu piso está para reformar ?.
te lo pregunto porque quizá te lo compra un reformista, lo reforma y vnede a un tercero sacando un beneficio y ese tercero lo escritura contigo por el precio al que vendes, a mi también me extraña tanto plazo.
Otro motivo puede ser que el comprador tenga que vender su piso para poder comprar el tuyo.
Sí, puede llegar la fecha y obligar a cumplir el contrato, lo malo que si no hay acuedro acabes en los tribunales y quizá dictamine el juez que la indeminización suponga la señal.
En tu caso preguntaría los verdaderos motivos de ese plazo tan amplio y si te suena raro, ya llegará otro comprador, y además pediría más señal.
El piso no está para reformar, todo lo contrario ya está casi reformado.
El motivo es que tiene que vender el suyo para comprar el mio.
Lo que comentas que el juez dictaminé que la indemnización es la señal me parece lamentable en caso de ser cierto. Para eso que desaparezcan los contratos de compraventa y nos quedamos con los de arras.