Publicado: Mie, 05 Jul 2006 1:18 pmAsunto: cédula de habitabilidad
Hola ,otra vez por aquí ...es para hacer una pregunta ..
¿alguien sabe si para vender una VPO se debe de tener la "cédula de habitabilidad"? (tengo entendido que eso no es necesario en viviendas nuevas)
Lo pregunto porque estoy vendiendo mi VPO y han venido un 99% de especuladores por el precio que tiene la casa. (es increible)
uno de ellos me pide un montón de papeles que no se ni si los tengo .entre otros me pide eso, la "cédula de habitabilidad" de la casa.
En esta casa soy el primer dueño ,es hecha hace 6 años.. gracias por vuestra respuesta .
La cédula de habitabilidad es una competencia autonómica: tiene regulaciones distintas y incluso hay CCAA donde no existe.
Efectivamente, el régimen de VPO establece que la calificación definitiva de la vivienda sustituye la cédula y garantiza la habitabilidad en el caso de nuevas promociones.
En el caso de Catalunya, por poner un ejemplo, esto es así para la primera transmisión. Pero es necesario pedir la cédula de habitabilidad de segunda ocupación para segundas transmisiones.
Desconozco la situación en otras CCAA pero es posible que vaya por el mismo camino.