Publicado: Mar, 18 Jul 2006 3:58 pmAsunto: Mi novia con vpo y yo con otra VPO, si nos casamos q ocurre?
Hola buenas, os planteo mi caso.
Yo me compré una vivienda VPO. Con el tiempo conocí a una chica que tambien tenía VPO para entregar en el 2007. Ahora nos queremos casar (con separación de bienes por otro temas). Que pasa con ambas viviendas VPO?, las podemos mantener?
Gracias
Así es el destino, unos que no consiguen una VPO ni en pintura y otros que las tienen a pares.
Las podeís mantener para uso como vivienda habitual, también alquilar a precio VPO o bien vender a precio VPO (en este caso con autorización de la CCAA) _________________ "El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda)
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Mar, 18 Jul 2006 7:55 pmAsunto:
Hola ANDREAAA:
Como supongo que vuestro deseo de casaros va a incluir el de vivir juntos y que el desdoblamiento físico no existe..., creo que vais a tener que decidir qué VPO os gusta más para fijar en ella vuestro domicilio conyugal.
Con respecto a la otra, como ya os indica PIPIOLO, teneis que decidir qué hacer: sólo podeis alquilarla ó venderla a precio VPO. Para ambas cosas es posible que preciseis de permiso expreso por parte de la Administración, y encontrar, además, un comprador/inquilino que reuna los requisitos imprescindibles para ser beneficiario de una VPO. El precio, huelga decirlo, debe ser el máximo previsto para una vivienda protegida...
Cabe la posibilidad de que la venta (si la vivienda tiene menos de 5 años) conlleve el que tengais que devolver ayudas y subvenciones por no haber residido en ella el mínimo previsto... aunque igual el matrimonio conlleva la exención de esa obligación de devolución (consultarlo en el Organismo que regule la venta de VPOs en vuestra CCAA). También cabe la posibilidad de que si os casais antes de que tu novia escriture su VPO, la Administración le niegue la posibilidad de comprarla (que os caseis en régimen de separación de bienes no tiene nada que ver para este tema: constará como casada con alguien que tiene una VPO, y, por tanto, como parte de su unidad familiar... por lo que dejará de cumplir los requisitos previstos para ser beneficiaria de la vivienda). En ese supuesto, la Administración estará decidiendo por vosotros: devolverá las cantidades aportadas hasta el momento y ejercerá su derecho de compra preferente (tanteo).
En cualquier caso, enhorabuena por vuestro próximo matrimonio. _________________ Ana S.T.