Publicado: Sab, 05 Nov 2005 6:21 pmAsunto: DESCLASIFICACIÓN V.P.O
Compré una VPO en Marzo de 1.996. Por lo que sabía entonces, se podia recalificar a libre en 5 años. Años después salió una ley que alargaba el plazo a 15 años (potestativo) y 30 años (obligatorio).
¿Puede alguien confirmarme estos puntos? ¿Podría solicitar la descalificación como VPO en 2.011? ¿Me la concedería la Comunidad de Madrid?
No puedo responder a tu pregunta correctamente pq desconozco lo que esta ocurriendo en la CAM y sé que es mucho: por los foros encontraras mensajes.
Solo puedo aportarte un pequeño dato: nunca ha habido planes de vivienda que permitan la descalificación a los 5 años. Que yo sepa, los planes menos estrictos -años 80- eran a 10 años. Por el año que tu citas serian 15.
Hay que distinguir tres conceptos que se recogen en los planes de vivienda:
-la no transmisión intervivos en 5 años sin devolver las ayudas percibidas (eso quiere decir que si vendes antes de 5 años, al precio que correponda de VPO, debes devolver las ayudas percibidas). Bajo otras condiciones es ilegal.
-el periodo de calificación. Esto quiere decir que, pasado el periodo de calificación- puedes vender la vivienda al precio que corresponda de VPO sin necesidad de devolver las ayudas percibidas hasta el momento. Por lo tanto el precio VPO sigue vigente.
-la descalificación. Esto quiere decir levantar todas las cargas de la vivienda y devolver todo lo percibido como ayudas. Es un acto discrecional de la administración, a instancias del propietario, que solo puede producirse una vez finalizado el plazo de calificación. Si se obtiene la autorización, desaparece la obligación de vender a precio de VPO.
Antipatrias: me parece que no te he aclarado nada concreto, pero igual sirve para otros foreros.